DEFENSAS EXTENSIBLES

Temas relacionados con la Intervención, Armamento y Material Policial

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Notapor Frankcme » Dom Nov 12, 2006 6:51 pm



intervencionpolicial.com
algodon-alfa, no habia leido los dems mensajes, gracias por la aclaración. Como puedes ver aun no he podido estar en la calle y no entendia el uso del bastón extensible, dada su peligrosidad, pero viendo lo que expones se me hace mas comprensible su uso. Tambien decirte sobre lo de los cursos, en la PL's que comparten escuela con migo en estos momentos no les han dado a sus agentes ningun tipo de formación para poder llevar ese baston extensible, por lo que por eso ellos al no conocer el correcto uso del arma que llevan se ven a veces con miedo a usarla, temiendo las consecuéncias que pueden causar a la persona golpeada. Cuando salga a "la calle" entonces veré las cosas mas claras y seguramente me decante entre una opción u otra, mientras tanto me declaro neutro en este tema. Saludos.
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Notapor Algodón - Alfa » Dom Nov 12, 2006 10:17 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
No hace falta salir a la calle para opinar sobre un tema compañero, estos foros son para opinar y aclarar dudas, asi que si he podido aclararte alguna me alegro. Un saludo y suerte en la escuela. :wink:
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Notapor Algodón - Alfa » Lun Nov 20, 2006 6:15 pm


Bueno, pues recupero el tema por que después de mucho buscar por todas partes por fin hoy he encontrado explicación a la dichosa "circular interna de la D.G.P. sobre la prohibición de uso del bastón extensible".
NO EXISTE NINGUNA CIRCULAR A ESTE RESPECTO
Me explico. Después de llamar a un montón de amigos de Madrid, hoy me ha resuelto la duda la única persona que podía hacerlo... el responsable último de todo lo relacionado con la defensa personal en el CNP.
Tras charlar con él sobre este tema me comento lo siguiente, no existe ninguna circular sobre este tema, lo más parecido que ha habido ha sido una prohibición de portarlo de uniforme (por falta de uniformidad) en Andalucía oriental por parte del Jefe Superior. Esta prohibición fue originada por dos incidentes protagonizados por sendos compañeros, uno en Sevilla y otro en Granada, que tras realizar un "Curso de instructor de bastón policial XXX" impartido por un "profesional" de una marca comercial de material policial en Barcelona (este curso no tiene validez ninguna ni dentro ni fuera del CNP, son unos vendedores de humo). El incidente consistió en que ambos funcionarios causaron graves lesiones el mismo día, por golpear en la cabeza a un individuo en el transcurso de una intervención. Como consecuencia de tan enorme burrada y a in de evitar futuros problemas el Jefe Superior hizo lo que hizo hasta que hace un par de meses dos instructores de Defensa Personal Policial desplazados desde la División de Formación y Perfeccionamiento mostraron en Sevilla al Jefe Superior el manejo real de un bastón extensible, tras lo que este retiró la prohibición de portarlo a todo el personal que acreditase mediante el diploma correspondiente conocimientos de manejo de este tipo de bastón.
Por otro lado la "circular fantasma" no es otra cosa que un INFORME que ordenó redactar el Consejo de la Policía a un grupo de expertos del CNP tras lo que este consejo acordó que sería recomendable prohibir su uso dentro del CNP. Cosa que nunca se llevó a cabo una vez se comprobó que en manos adiestradas este bastón es muy útil para la actividad policial.
En la actualidad la única circular que existe en el CNP a este respecto prohibe a las UIP´s portar este bastón de servicio por razones de falta de uniformidad (y ahí... con la iglesia hemos topado...)
Con todo esto expuesto nos queda lo siguiente, necesitas acreditar conocimientos de manejo de esta defensa (Curso de Técnicas de detención y manejo de la defensa reglamentaria 30 horas y 0,25 ptos. de baremo), debe de autorizarnos a portarlo de servicio nuestro jefe directo (preferiblemente por escrito, aun que seguro que dirá que va a ser que no) y tras ello debemos tener en cuenta que si causamos una lesión por un uso indebido de esta defensa, al no ser reglamentaria (no nos dota el Estado de ella) la responsabilidad civil y la civil subsidiaria recaerá enteramente sobre nosotros.
Con todo esto valoradlo, y bueno pues obrad en consecuencia.
Un saludo.
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Notapor gk » Lun Nov 20, 2006 6:37 pm


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
o lo que es lo mismo

NO HAY NINGUNA CIRCULAR QUE AUTORICE A LLEVARLO

porque aquí no se prohíbe lo que no se puede llevar, sino que se autoriza aquello que se puede llevar.

5000 post después, hemos llegado a la conclusión de partida :D
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Eso depende de los jefes

Notapor kiski » Mié Nov 22, 2006 1:33 am


¿Y porqué no voy a estar autorizado a llevar mi defensa extensible si precesamente es eso una "Defensa"? Cada uno sabe lo que tiene que hacer y lo que lleva en el cinturón o en el ceñidor. En mi caso me he encontrado ante una botella rota, yen varias ocasiones, y es una situación muy muy jodida cuando vas de paisano. ¿Dónde llevo la defensa reglamentaria? ¿Cruzada en la espalda? ¿asomando por la pierna? Yo lo siento por el malo pero ante ir a por el entre la mano, piernas, pecho, etc descubiertos y la pistola pues a mi juicio creo es elgo intermedio.
Ya os contaré las historias que me pasaron en el barriochino de BCN cuando estaba de prácticas...

Aquí en Madrid, vayas de uniforme o de paisano NUNCA nadie te va a decir nada. ¿Nunca nadie se ha olvidado la defensa reglamentaria de dotación en el coche y la intervención es una pelea? Además al abrirla ya asusta ya.

Aquí en Madrid no se lleva ni la ropa de uniforme de reglamentación, unos van sin camisa, otros como es mi caso, con los pantalones de la academia (son más cómodos y además voy en moto), botas compradas en vez de zapatinos de esos que cuando corres la que te ads es buena...

A la Guardia Civil destinados en tráfico, según tengo entendido, se la dan de dotación; pero de plástico. Las he visto y valen unos 36€.

Todo depende de los jefes y de dón de se esté destinado; bueno, y de cómo la use cada uno...


Recuerdos a todos.
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Notapor portox » Mié Nov 22, 2006 2:48 am


Fundas Para Arma Corta

desenfunda.com
Todos teneis parte de razón, pero el tema está claro:

NO EXISTE PROHIBICIÓN ALGUNA DE PORTARLA PERO DE SU USO EL ÚNICO RESPONSABLE SERÁS TÚ.

A mi me gusta llevarla pero sé que no puedo (o no debo) golpear con ella y si lo hago me tendré que atener a las consecuencias por que doy por descontado que los jefes, la DGP y los jueces van a ir a por mi.

Es un arma buena para ir de paisano, para hacer conducciones y especialmente por si hay que romper algún objeto como un cristal de un vehículo por ejemplo para sacar a un detenido que se da a la fuga (caso real).

Para saber más sobre este tipo de defensas y su reglamentación: http://www.policiajudicial.es/ver.php?id=11

Aquí señalo algunos apuntes de interés:

Estos son los hechos:
- Mas de 52 paises de todo el mundo utilizan ASP.
- Mas de 2.700 unidades de policia de todo el mundo utilizan el ASP (adjunto relacion).
- Naciones Unidas (ONU) ha adquirido mas de 2.500 defensas ASP para sus fuerzas de paz.
- Mas de 2.000.000 de ASP suministrados en todo el mundo.
- El Cuerpo Nacional de Policia de España dispone de un programa completo de formacion para el manejo y uso de la defensa policial rigida extensible.
- Los bobbies, la policia metropolitana de Londres, la exquisitez de la policia y el ejemplo por excelencia disponen del ASP como arma reglamentaria.

Una vez leido esto se preguntaran ¿Si es asi, por que esta "caza de brujas"? Por ignorancia, pura y dura. Un profesional se da cuenta que entre las manos y el arma de fuego necesita de un arma que le permita la utilizacion proporcional de la fuerza policial, y el ASP cumple con estos requisitos por eso la ONU (el organismo internacional encargado de velar por el respeto de los derechos humanos) las adquirio, puede alguien imaginar que la ONU o paises como Suecia, Suiza, Noruega, ... puedan adquirir armas que puedan vulnerar los derechos humanos ?

1. En su dia, y antes de importarlas, Andreu Soler i Associats consulto a la Intervencion Central de Armas de la Guardia Civil acerca de la legalidad de estas defensas policiales. La DGGC le contesto con fecha 21.JUL.1998 en su escrito Ref JVP/jgd nº 6267 (adjunto copia).
2. El Reglamento de Armas RD137/93 en su disposicion final nº4 establece: "Se consideraran armas prohibidas, en la medida determinada en los articulos 4 y 5 del Reglamento, las armas o imitaciones que en lo sucesivo se declaren incluidas en cualesquiera de sus apartados mediante Ordenes del Ministro del Interior, dictadas a propuesta de la DGGC, previo informe de la CIPAE." Hasta la fecha no se ha publicado ninguna Orden Ministerial que incluya las Defensas Policiales Rigidas Extensibles ASP en el art.4 del RD 137/93.
3. Y aunque asi fuera el Reglamento de Armas RD 137/93 esta hecho para los civiles, no para policias. Tal y como indica el Art.1 del citado Reglamento: " Quedan excluidos del ambito de aplicacion de este Reglamento, y se regiran por la normativa especial dictada al efecto, la adquisicion, tenencia y uso de armas por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad ..."
4. Conviene distinguir entre Legal y Reglamentario. El Baston Policial Rigido Extensible ASP es legal. Otra cosa es que no sea reglamentario. Por ejemplo, un policia que va al servicio de uniforme con botas rojas. Son ilegales las botas rojas ? No, rotundamente no; las botas rojas son legales pero no son reglamentarias.
5. En varias sentencias judiciales en España se cita la defensa policial rigida extensible como arma utilizada por agentes de policia en las diferentes intervenciones como alternativa a las armas de fuego.


Salu2
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Notapor SWAT » Jue Nov 23, 2006 6:20 am


Municion Marcadora 9mm Fx

Force on force
uspsuministros.com
Pués lo que yo tengo entendido sobre el tema es lo siguiente; si haces uso de la ASP u otro arma de otro tipo no estando debidamente habilitado para ello (por que no te han dado un curso a nivel oficial sobre su uso, o por que el arma no es de dotación), es que el asunto tendrá mal arreglo
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Uso del bastón extensible

Notapor s poli » Jue Feb 01, 2007 6:12 pm


Camiseta Geo

mas de 100 modelos
militariapiel.es
Hola forer@s, sabe alguien porque se está dando tan mala imagen a los bastones extensibles? yo no he probado ni una cosa ni la otra pero las lesiones ¿no son iguales a las que pueda causar una porra? .
No es por nada pero yo veo mil veces mejor darle un palo a aulgun chorizo que intente agredirte que meterle un tiro en un pie ¿no? quiero decir que tienes derecho a defenderte pero con cierto sentido común.
Un saludo a todos.
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Notapor gk » Jue Feb 01, 2007 6:39 pm


Curso Online ascenso a Oficial

joyfepolferes.es
Hola

Yo no creo que se le esté dando mala imagen, se la dan al instrumento y a sí mismos los que la llevan "porque es guay" sin haber hecho con ella nada más que sacarla del blíster y ponérsela en el cinturón.

En general yo creo que se tiene una concepción bastante buena de la extensible, aunque partiendo de la base de que no se inventó para pegar y respondiendo a tu pregunta, la respuesta es no, usuada igual que una defensa no causa las mismas lesiones ni de lejos.

Sabiendo usarla y para qué la llevas es útil, el problema es que salvo a quienes se la dan de dotación, no es reglamentaria.

Un saludo!

P.D. Sobre la utilización, autorización para portarlas y demás polémicas se habló aquí, aquí, aquí y de soslayo aquí
gk
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a colación

Notapor elfo241 » Jue Feb 01, 2007 6:45 pm


Edición 175 Aniversario Gc

gafaspolicia.com
a colación de lo que ha dicho el compañero GK y tampoco queriendome extender mucho ya que este tema está tratado en otro apartado...te diré que lo que despues de diversos cursos ddp, conferencias de legalistas, etc...me que da claro que lo que se fiscaliza es el uso que hagas de ella y otra cosa es que sea reglamentaria o no...desde mi modesta opinión lo que ocurre es que los que nos dedicamos a esto ,y viendo la desidiasde nuestras corporaciones en temas de seguridad personal, han ido apareciendo en el mercado una gra gama de productos destinados a las FCS que no aparecen reglamentados...con el vacio legal que esto conlleva...vamos QUE EL REGLAMENTO DE ARMAS ASÍ COMO LOS INTERNOS DE LAS DISTINTAS CORPORACIONES "EN ESTE ASPECTO" SE HAN QUEDAD OBSOLETOS!!

Una vez mas esta es mi modesta opinión!!!
Saludos!
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Notapor RHCarter » Jue Feb 01, 2007 7:06 pm



foropolicia.es
Llendo por partes....
Una de las diferencias mas notables entre una defensa tradicional y una extensible es q la primera es maciza mientras q la segunda viene hueca por dentro, luego a la pregunta de si causan las mismas lesiones, la respuesta es NO.
Coincidiendo con gk quiza donde radica el mayor problema es en q hay q tener una preparacion bajo mi punto de vista mas especifica q para una defensa tradicional, teniendo un gran manejo de lo q se denomina Kali (arte marcial filipino basado en los palos kali) y posibilidades de luxación, estrangulacion e inmovilización. Para golpear sobre todo miembros inferiores ya q los superiores causarian mayores daños q los anteriormente citados.
Destaca por comodidad y otras muchas facetas.
El problema, el de siempre, la formacion, si este tema cambiase creo q todo cambiaria, pero de momento....
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Notapor s poli » Jue Feb 01, 2007 9:11 pm


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Muchisimas gracias por responder con tanta prontitud a mis dudas, sois muy "enrrollados" me quedo con lo aqui leido que por aqui se aprende mucho.
Gracias de nuevo.
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Notapor orion14 » Vie Feb 02, 2007 1:26 pm


Respecto al uso de bastones extensibles, hay que tener siempre en cuenta un par de cosillas:
Dejar claro que no voy a entrar en el tema legal-ilegal ya que a estas alturas estrá suficientemente claro y así lo disponen multitud de consultas a la ICAE respecto a su clasificación como arma prohibida a particulares.

-Dotación: El primer escollo que nos podemos encontrar. Que el mismo sea adquirido de forma oficial o a nivel particular esto solamente a efectos de salvar posibles responsabilidades civiles en caso de utilización ilegítima.
-Utilización: Está claro que este elemento está considerado como arma, partiendo de esa base tenemos que adecuar su uso al posible efecto provocado por el mismo. No es lo mismo golpear un cuadriceps que golpear a la cabeza o a la articulación del codo por ejemplo así como no es lo mismo utilizar el arma de fuego para disparar a una pierna que a la cabeza no?.

Partiendo de estas bases y aplicando los principios famoso de congruencia oportunidad y proporcionalidad su uso no genera problemas.
Respecto a los sistemas de entrenamiento mi consejo es que se compare el sistema de formación auspiciado por las federaciones deportivas oficiales (auspiciadas bajo el Consejo Superior de Deportes) y los sistemas de entrenamiento fomentados por los fabricantes, ASP da cursos gratuitos de formación a sus clientes.
Esta es la mejor manera de comparar y buscar el sistema que más se adecua a nosotros mismos.

Para cualquier información sobre cursos consultar estas webs:
www.aasias.com (pagina del improtador de ASP)
www.felucha.com (pagina de la Federación Española de Lucha)
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MI OPinon sobre el BASTON

Notapor palotero » Sab Feb 03, 2007 2:52 pm


:P
hOLA,
mi opinión es y será siempre a favor de la extensible.
En varias ocasiones he salido con prisas del coche, y me ha hecho falta la defensa reglamentaria, y vamos a ver, que me la he olvidado en el coche.
Desde que tengo la ASP, siempre la llevo conmigo, como la pistola. Puesto que no me moesta ni para conducir ni para nada.

Por otra parte "he oido" que a la hora de verse obligado a usarle la mínima fuerza imprescindible, y usandola en zonas correctas y no vitales (no cabeza) la marca que deja una defensa tradicional es apenas una moratura en los bordes,
pero la marca que deja la extensible, es muy acusada, en ella casi se pueden leer las letras.

Eso si, usada correctamente no presnta ningun problema.
Un saludo
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Defensa Extensible de Polímero

Notapor sddf » Sab Mar 03, 2007 1:59 pm


DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Hola¡ Estoy pensando en comprar una extensible no metalica, en concreto el modelo zytel de hiatts, y quería saber vuestra opinion; si alguno de vosotros la ha usado, que resultado le dio etc. Muchas gracias¡
sddf
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