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Z-Z escribió:Hola a todos. Quería presentar la siguiente cuestión, ya que en mi turno vamos a presentar una instancia para reclamar las horas que hacemos de más con la nueva jornada.
La norma dice que tenemos que hacer 1642 horas anuales, suponemos que hay que repartir entre 11 meses de trabajo y tenemos la duda sobre a la hora de aplicar los índices correctores.
Si pido una noche (aquí son de 9 horas) por asuntos particulares, entiendo que habrá que aplicar el índice corrector sobre 7,5 horas, ¿no?. He hablado con el teléfono de atención al policía y me falta porque me confirmen si hay que presentar la instancia a la División de Personal o la propia comisaría de destino.
Si alguien sabe cómo hay que actuar... Muchas gracias de antemano.
Se me olvidaba, se entiende que dentro de las 1642 ¿entran las vacaciones?
Pues calculadlas antes que os puede entrar la risa floja y tened presente que el exceso de jornada ya se paga con la turnicidad.
Y otra cosa, si antes con el africano se hacían 20 jornadas más que alguien me explique como ahora se han hecho unos cálculos mas negativos que antes.