xavi escribió:Hola a todos, poniendo lo siguiente en el estatuto de autonomía de la Comunidad valenciana, ¿que creeis que puede pasar en un futuro?
«Artículo 55.
1. La Generalitat, mediante una Ley de Les Corts,
creará un Cuerpo único de la Policía Autónoma de la
Comunitat Valenciana en el marco del presente Estatuto
y de la Ley Orgánica que determina el artículo
149.1.29.ª de la Constitución Española.
2. La Policía Autónoma de la Comunitat Valenciana
ejercerá las siguientes funciones:
a) La protección de las personas y bienes y el
mantenimiento de la seguridad pública.
b) La vigilancia y protección de los edificios e
instalaciones de la Generalitat.
c) El resto de funciones que determina la Ley
Orgánica a la que hace referencia el punto 1 de este
artículo.
3. Es competencia de la Generalitat, en el
marco de la Ley Orgánica a que se refiere el artículo
149.1.29.ª de la Constitución, el mando supremo
de la Policía Autónoma y la coordinación de la actuación
de las policías locales de la Comunitat Valenciana,
sin perjuicio de su dependencia de las autoridades
municipales.
4. La Policía Judicial se organizará al servicio, y
bajo la vigilancia, de la Administración de Justicia de
acuerdo con lo que regulan las Leyes procesales.
5. De acuerdo con la legislación estatal, se
creará la Junta de Seguridad que, bajo la Presidencia
del President de la Generalitat y con representación
paritaria del Estado y de la Generalitat, coordinará
las actuaciones de la Policía Autónoma y de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.»
Un saludo
Lo verdaderamente importante para mi, será saber (el día que se sepa), de que cuerpo/s se nutrirán, o si por el contrario habrá un oposición "desde cero" (desde gente de la calle).