Gc Edicion 175 Aniversario |
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En el caso de un indocumentado pillado en una falta de hurto habría que detenerlo por falta ( con lectura de derechos ) amparándonos en la excepción que hace la Lecrim con las faltas ( no da fianza al agente ) y también con el apoyo de la 1/92 . Una vez en comisaría y tras haberle vuelto a leer los derechos y declaración con abogado se le cita para Juicio Inmediato y amén .( De lo contrario nos la colarán todos los días)
Y hablando de colarse un caso muy habitual es cuando paramos una fragoneta y nos dice el conductor " mire usté zeñor agente es que meolvidao el carné de conduzí en la shatarra , al sacar la cartera se abrá caío al suelo , pero yo le doy mi nombre y lo mira usté en el ordenadó" ( y nos recita de memoria todos los datos del primo ) ...
En ese caso y para investigar un posible delito de conducción sin el permiso correspondiente tenemos base legal para trasladarlo a dependencias.
Una vez nos costó una hora y media , pero al final "cantó" que no tenía permiso y que nos daba datos falsos ( le podemos meter además suplantación de identidad )
Así es como lo veo yo y así es como os lo he contado y colorín colorado...
PASO CORTO , VISTA LARGA Y MUCHA MUCHA MALA IDEA.