Orden de Protección (medidas civiles y sociales)

Temas relacionados con la Legislación y la Jurisprudencia

Moderador: Moderadores Zonales

Reglas del Foro
Este foro está CERRADO, visita y participa en nuestro nuevo foro en: https://www.foropolicia.es.

Por decisión de la administración en este foro ya no se podrán escribir temas ni mensajes nuevos y solo permanecerá abierto a efectos de consulta. Si quieres saber los motivos de este cambio pincha aquí.

Para cualquier información, pregunta o duda puedes enviarnos un e-mail a info@foropolicia.es

Re: Orden de Protección (medidas civiles y sociales)

Notapor LARRO » Mar Jul 23, 2013 10:37 am



intervencionpolicial.com
ya existe un calculo para las pensiones de alimentos elaborada por el CGPJ

http://spjusoandalucia.blogspot.com.es/ ... ba-el.html

Calculadora de pensiones alimenticias de hijos en procesos de familia, elaborada por el CGPJ
Descarga de la aplicación informática de cálculo de las pensiones alimenticias de los hijos en procesos de familia. Elaborada conforme a las tablas orientadoras que el órgano constitucional ha puesto a disposición de los Juzgados y Tribunales.
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha puesto a disposición de jueces, magistrados, abogados y ciudadanía en general un instrumento orientador para el cálculo de las pensiones alimenticias de los hijos en los procesos de familia.
La creación de las Tablas Estadísticas de Pensiones Alimenticias era una demanda planteada desde hace unos años por los distintos operadores jurídicos que trabajan en el ámbito del Derecho de familia.
Las Tablas incrementan los niveles de previsibilidad de la respuesta judicial, aumenta la seguridad jurídica y facilita acuerdos y soluciones de auto-composición en este tipo de procesos. El sistema de Tablas para la fijación de pensiones en los procesos de familia viene siendo empleado desde hace años en algunos países de nuestro entorno, como Canadá, Noruega, Estados Unidos y Alemania entre otros.
El sustrato estadístico de las tablas se actualizará cuando se produzcan cambios en la estructura de gastos de las familias y, como mínimo, cada cinco años.
En la Memoria explicativa se detalla cómo han sido elaboradas las Tablas y algunas pautas básicas para su utilización.
Imagen
Avatar de Usuario
LARRO
Nivel:Master II -Comisario General-
Nivel:Master II -Comisario General-
 
Mensajes: 8254
Registrado: Mar Jul 31, 2007 2:51 pm
Ubicación: Madrid

Anterior

Volver a Legislación y Jurisprudencia

¿Quién está conectado?

Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 1 invitado