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Bávaro escribió:chino94372 escribió:Es un delito cometido fuera del ejercicio de sus funciones totalmente, por lo tanto judicialmente no se le pide la separación ni de lejos y por el expediente abierto tampoco.
Pregunto, ¿y si cometes un homicidio fuera del ejercicio de tus funciones?
Creo que lo he respondido también, depende de la gravedad del hecho y la pena que lleve aparejada, antiguamente cuando la pena pasaba de tres años posteriormente te separaban del servicio, hoy creo que es a partir de seis, pero hablo de oidas, los delitos que llevan inhabilitacion absoluta o especial aunque sea de un día de tiran, después hay delitos que aun estando de servicio como puedan ser unas lesiones no llevan la separación. Despues el expediente disciplinario no te pueden meter el máximo de la pena si en la sentencia te han metido el mínimo, pero bueno casi todo esto es sobre el papel y es muy variable. Espero haberte sacado algo de dudas, un saludo.