Cartera porta placa CNP |
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Desde mi humilde punto de vista, dudo mucho que el Govern llegue a convocar nada de manera ilegal; y sea como fuere, yo confio plenamente en la profesionalidad de los Mossos; además de que ya han dejado clara su postura en unas declaraciones hechas hace un año para despejar cualquier tipo de duda a unos y otros:
Desde el Sindicato de Policías de Cataluña de los Mossos d’Esquadra (SPC-ME) advirtieron de que los agentes de la policía autonómica ‘están obligados a actuar, en el cumplimiento de sus funciones, con absoluta neutralidad política e imparcialidad y, tal y como define la propia ley [autonómica] catalana, la obediencia debida no puede amparar órdenes que comporten la ejecución de actos que constituyan manifiestamente delito o que sean contrarios a la Constitución o las leyes‘.
Fuente: http://www.vozbcn.com/2013/08/24/142507/mossos-preparados-referendo-ilegal/Otra cosa es que se solicitasen refuerzos para controlar la situación (para lo cual, muy mal tendría que ponerse la cosa; y dudo mucho que se llegue a esos extremos, ni de lejos, ya que como dice Eranos todas las grandes manifestaciones independentistas hasta la fecha han sido de tinte familiar y festivo).
Y no, al igual que mugikorra, no creo que el Gobierno estatal pase por encima de la autonomía y haga actuar al CNP.
Y ahora que he vuelto a ver el video de los disturbios de Barcelona durante la Huelga General del 2012, me ha surgido una pregunta.
Es en lo referente a la competencia en custodia de edificios oficiales por parte de la CNP en comunidades autónomas en las que se han transferido las competencias en seguridad ciudadana. Volviendo al 2012, ¿hasta que punto tiene competencias el CNP en dicha custodia? Territorialmente hablando, ¿qué zonas comprende? ¿sería tan sólo aplicable al interior de los edificios, o también alrededores? Y en caso de, por ejemplo, cometerse un delito en el interior y el responsable huir hacia la calle, ¿tendrían los agentes del interior derecho (competencialmente hablando) a perseguirlo por las calles de, en este caso, Barcelona (al momento, se entiende)?
No sé si alguien podrá aclararme la duda o indicarme la ley donde se trata; gracias de antemano de una forma u otra.
Un saludo.