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Eloisa escribió:Hola,
Si te cojen con una infracción, sea exceso de velocidad, drogas, alcohol o lo que sea si el coche no va al nombre del conductor, o sea que el coche este a nombre de otra persona, la multa, va a nombre del propietario del vehiculo. O sea en este caso vas vale ser decente y asumir tu culpa y no dejar a tu padre sin puntos ya que el no ha cometido la infracción. Creo que cuando llega la notificación de multa certificada,tendras que especificar que eras el conductor o la conductora.
Saludos,
Sigo sin entender.
Creo que no es lo mismo una sanción por exceso de velocidad que dar positivo en alcohol o drogas .
El propietario del vehículo tiene otras responsabilidades de con la reglamentación ,es decir: ITV, seguro en vigor,etc,las propias que exige la Ley, o eso creo yo , nada que ver con el
conductor infractor , al que supongo que para hacer las pruebas correspondientes , habrá sido identificado plenamente y por lo tanto responsable de sus actos no el propietario , y sea el vehículo de una amigo ,familiar ,alquiler o de empresa , si das " positivo " el tratamiento es otro y del autor del post, estoy seguro que hay cosas que no nos lo cuenta.
A nadie se le puede cagar un delito ( Seguridad vial ) que no ha cometido, o eso creo yo,pero puedo estar equivocado .