También podría cometer un delito de incendios como los actuantes valore que se podria haber puesto en riesgo a las personas( por ejemplo si hubiera que desalojar una vivienda): De los delitos de incendio
Artículo 351
Los que provocaren un incendio que comporte un peligro para la vida o integridad física de las personas, serán castigados con la pena de prisión de diez a veinte años. Los Jueces o Tribunales podrán imponer la pena inferior en grado atendidas la menor entidad del peligro causado y las demás circunstancias del hecho.
Cuando no concurra tal peligro para la vida o integridad física de las personas, los hechos se castigarán como daños previstos en el artículo 266 de este Código.
Por cierto como digan que no tenga arreglo va a ser delito pues el contenedor de vidrio mas o menos viene saliendo a 600 € de venta al publico que como sea a un ayuntamiento a lo mejor va a los 1000€ o asi. Cuidado con las bromitas que pueden salir caras