TRANSPORTES Y NORMATIVA

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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor Espiell » Vie Jun 11, 2010 3:35 pm


DEPOL Guardia Civil

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de-pol.es
Si incumples los tiempos de descanso / conduccion no pueden. El tiempo de descanso tiene que ser eso, descanso. Piensa que el hecho de esperar a que carguen un camion por ejemplo no se considera descanso. Creo yo vamos, aun soy novato.
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Espiell
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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor Heavy CME » Sab Jun 12, 2010 12:14 am


Guante Corte-trauma

Excelente oferta solo **25?**
materialpolicial.com
Espiell escribió:Si incumples los tiempos de descanso / conduccion no pueden. El tiempo de descanso tiene que ser eso, descanso. Piensa que el hecho de esperar a que carguen un camion por ejemplo no se considera descanso. Creo yo vamos, aun soy novato.


Si te refieres a que el tacografo marque descanso, que yo sepa sólo lo hace cuando esta parado el motor. Aunque creo que la pregunta original no va por ahí.

Un saludo!
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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor pakepake » Sab Jun 12, 2010 7:18 am



intervencionpolicial.com
Descanso: Cualquier período ininterrumpido duernta el cual un conductor puede disponer libremente de su tiempo.
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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor conductor escolares » Sab Jun 12, 2010 8:47 am


Academia Acceso CNP

sector115.es
Heavy CME escribió:
Espiell escribió:Si incumples los tiempos de descanso / conduccion no pueden. El tiempo de descanso tiene que ser eso, descanso. Piensa que el hecho de esperar a que carguen un camion por ejemplo no se considera descanso. Creo yo vamos, aun soy novato.


Si te refieres a que el tacografo marque descanso, que yo sepa sólo lo hace cuando esta parado el motor. Aunque creo que la pregunta original no va por ahí.

Un saludo!



Tienes razón la pregunta no va por ahí, lo que no tenia claro es, si el transporte urbano estaba regulado, distinta-mente , que la conducción de vehiculos pesados, desde luego no había oído nada al respecto , por lo visto estan exentos del descanso de 45 minutos. y claro tambiem infringen el descanso diario y semanal ya que terminan su trabajo y empalman discrecional.

No creo que sea responsable, el utilizar sus días y ratos de descansos para realizar, servicios de escolares, o viajes con estos mismos, u otros grupos.

Se puede hacer algo al respecto ?

saludos
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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor Chuchi » Sab Jun 12, 2010 8:47 pm


Por lo que se comento en otro hilo para poder conducir un vehiculo de transporte, sea de viajeros o mercancias con tarjeta de servicio publico hay que tener obligatoriamente relaccion laboral con la empresa, por tanto una persona que trabaja en una empresa de transporte urbano no puede trabajar sin contrato en otra empresa de servicio publico.
Antiguamente esto no se miraba mucho y era frecuente que por las buenas condiciones laborales de muchas empresas de transporte urbano por lo que sus conductores tenian bastantes dias libres y al no estar estos conductores sujetos a la ley de tiempos de conduccion y descanso estos prestaran servicios ocasionales en empresas de discreccional.
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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor Fan-Hunter » Dom Jun 13, 2010 10:19 pm


Acceso al cuerpo de policía autonómica del País Vasco

nola2hurtu.eus
En teoria no se podría, en la practica sí, porque no tiene tacografo, así que...
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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor conductor escolares » Mié Jun 16, 2010 8:41 pm


Fan-Hunter escribió:En teoria no se podría, en la practica sí, porque no tiene tacografo, así que...



Vale un supuesto: conductor de transporte urbano realiza su semana laboral en este servicio, sus dias de descanso los trabaja en discrecional ,
tiene un accidente, con este último vehículo, trafico investigaría las causas del accidente, en el que descubren que lleva 7 dias trabajados en volante, mas varias semanas anterionres, no tendria que llevar de sus dos empresas el certificado de actividades 561/2006 más tacografos de discrecional?
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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor Juanete » Mié Jun 16, 2010 9:05 pm


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Pero es que el conductor de autobús urbano no llega a las horas máximas de conducción en un camión o un autobús discrecional, esto es, que hace al día (por lo menos en mi municipio) 7 horas y media, cinco días a la semana, por lo que hacen un total de 37 horas y media de conducción.

Según establece la norma el tiempo máximo de conducción semanal no excederá de las 56 horas, por lo que todavía le quedan 18 horas y media de conducción, y de este tiempo no creo que llegue a agotarlo, quiero decir que hará algún viaje que otro extra, nada más. Nadie en su sano juicio después de trabajar toda la semana se coge el sábado y el domindo para meterse en el cuerpo aún más horas. Una cosa es hacer algún viaje extra de unas pocas horas; otra cosa distinta es que agote las 18 horas, que entonces tiene que tomar (tras seis días consecutivos) 45 horas continuadas de descanso, y no creo que en la primera empresa le den ningún día libre para descansar después del fin de semana.

Pero vamos, alguno estará aún más empollado. Yo es que hace poco tuve que estudiar de nuevo el carnet del autobús y lo tengo fresco; y eso de los tiempos de conducción y descanso había que aprendérselo de memoria.
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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor GR159 » Jue Jun 17, 2010 12:39 am


Sioen Ballistic Protection

Proteccion balistica anticorte y punzon
uspsuministros.com
1º La relación laboral con la empresa solo la tienen que justificar los PRIVADOS COMPLEMENTARIOS, es decir que la actividad principal de la empresa no es el transporte de viajeros (traslada sus alumnos, trabajadores, etc).

Esto es complicado y dificil de controlar. En el urbano, no tiene que cumplir con el 561/2006, pero si con la Directiva 2002-15 CE ( Ordenación del tiempo de trabajo de las personas que realizan actividades móviles de
transporte por carretera)......creo, a no ser que los excluya por lo de "Carretera".
Puede trabajar una media de 48 horas semanales en periodos de cuatro meses. (Puede llegar a las 60, pero la media en cuatro meses no debe de pasar de 48). Esta directiva tambien dice que las empresas solicitaran al conductor las horas de trabajo con otras empresas y que en el tope de las 48, estarán recogidas las horas de las distintas empresas.

Con el 561, si esta semana trabajas el tope de 56 horas.......la siguiente solo 34, tenemos el limite de las 90 BISEMANALES.

Si primero lleva un transp. urbano "deberia" de llevar encima los discos o tarjeta de conductor ( 3821/85) de los días de discrecional. Cuando coge el discrecional deberia de llevar certificado de actividades de los días de urbano (561/06).

La verdad es que no se que tipo de documentación tiene que cumplimentar un conductor cuando realiza un servicio urbano.

Saludos.
Típica frase: "PUES UN COMPAÑERO SUYO ME DIJO QUE PODÍA HACERLO ASÍ"
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Re: MUCHAS HORAS DE CONDUCCIÓN

Notapor GR159 » Jue Jun 17, 2010 8:16 pm


Camiseta Guardia Civil

militariapiel.es
..............Y pensandolo bien, como conduce un discrecional, se somete al 561, y este le dice que tiene que realizar un descanso semanal normal de 45 horas( luego podra reducirlo ....blablabla...etc). Así que el descanso semanal lo tiene que realizar.
Saludos.
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Re: Conductor de autobus con varias dudas...

Notapor conductor escolares » Sab Jul 03, 2010 4:43 pm


Curso Online ascenso a Oficial

joyfepolferes.es
nacker escribió:
GR159 escribió:
prodigo escribió:Hola, el libro de ruta debe de estar relleno antes de comenzar el servicio y usted ya estaba recogiendo a las personas.
En cuanto al TC2, ¿Tiene usted copia del contrato?. Tenga en cuenta que ustede debe de ser trabajador de la empresa qeu tiene la tarjeta de transporte.
Un salu2



Bajo mi punto de vista, subiendo pasajeros con el motor parado y denunciar por no anotar el libro de ruta, me parece rizar el rizo.
Hay que leer un poco entre lineas cuando dice lo de " antes de su iniciación", por que entonces la "iniciación del servicio" tambien podria ser la salida de su base para ir hasta ....el hotel...¿No?. Yo desde luego me buscaria alguien que me hiciera un buen pliego de descargo...si es que la inspección abre expediente.

Otra cosa, ¿Un conductor de un vehículo de transporte público, tiene que acreditar relación laboral con la empresa titular de la tarjeta de transportes...en carretera? Un privado complementario seguro que si, pero ¿Un publico?.
Las denuncias de transportes (Boletin autonomico) son siempre para el titular de la tarjeta.
Saludos.




Muchas gracias por el interés mostrado, pero ¿que quiere decir con rizar el rizo? Lo he consultado con el resto de compañeros y me han dicho que yo no cometí ningún error, todos los hacen asi, que lo malo sería si te paran en la carretera con los pasajeros y no lo llevas relleno, unas dudas que aún tengo, en las dos denuncias que me dio, el boletín era diferente al de cuando cometes una infracción, por ejemplo, si no te pones el cinturon o te pillan hablando por el móvil,... en la parte superior izquierda, ponía algo de la Junta de Andalucia, (fue en la provincia de Málaga), debajo el hecho denunciado, abajo a la izquierda los datos del vehículo y a la derecha creo que mis datos, no quiero ser pesado, pero me preocupa que ve vengan las multas a mi, si sigue adelante ¿seguro que las sanciones si procedieran, serían para la empresa?

Gracias por vuestra ayuda,

Un saludo



Yo también soy conductor de autocares , hay veces que vas a recoger a un grupo de personas, que en teoría van a ir a visitar la ciudad A , y rellenando tu el libro de ruta mientras hace aire el autocar, llegas a recoger al cliente , y te dicen que han cambiado de opinión y van a ir a la ciudad B . En el libro de ruta está prohibido realizar tachones, yo creo que la mayoría de agentes comprenderán estos casos, si te han denunciado sin salir para el punto de destino pienso que está mal hecho. Saludos
conductor escolares
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Re: TRANSPORTES Y NORMATIVA

Notapor POLILLA67 » Mié Jul 07, 2010 11:44 am


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
No se pueden hacer tachones en ningún documento, pero si se pueden hacer diligencias salvando errores.
Caballeros del asfalto
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Re: Conductor de autobus con varias dudas...

Notapor full_uesv » Mié Jul 21, 2010 9:37 am



foropolicia.es
conductor escolares escribió:Un salu2

Muchas gracias por el interés mostrado, pero ¿que quiere decir con rizar el rizo? Lo he consultado con el resto de compañeros y me han dicho que yo no cometí ningún error, todos los hacen asi, que lo malo sería si te paran en la carretera con los pasajeros y no lo llevas relleno, unas dudas que aún tengo, en las dos denuncias que me dio, el boletín era diferente al de cuando cometes una infracción, por ejemplo, si no te pones el cinturon o te pillan hablando por el móvil,... en la parte superior izquierda, ponía algo de la Junta de Andalucia, (fue en la provincia de Málaga), debajo el hecho denunciado, abajo a la izquierda los datos del vehículo y a la derecha creo que mis datos, no quiero ser pesado, pero me preocupa que ve vengan las multas a mi, si sigue adelante ¿seguro que las sanciones si procedieran, serían para la empresa?


Totalmente de acuerdo con lo que te han informado. Las sanciones si proceden son responsabilidad de la empresa titular de la autorización de transportes.
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Re: TRANSPORTES Y NORMATIVA

Notapor full_uesv » Sab Jul 24, 2010 5:48 pm


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
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Estoy construyendo un Blog sobre tacógrafos y todo lo relacionado con la profesión de transportista, os invito a visionarlo y si no es mucho pedir, y a todo aquel que le guste, se haga seguidor...agradecería mucho algún comentario...muchas gracias por vuestro tiempo en visionarlo.

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Re: TRANSPORTES Y NORMATIVA

Notapor botaalta » Vie Ago 06, 2010 9:54 pm


Muy buena idea compañero. :okguay:

Reconozco que tenemos muchas dudas y que a la hora de consultarlo no siempre te hechan una mano, por lo menos en mi Subsector de los que se dedican a Transportes solo puedes contar con uno, el resto no te ayudan para nada, quizas porque si se descuidan hasta ponemos en mi dto. mas denuncias que ellos.ja,ja,ja. :risitas:
:bailar: :bailar: :bailar: :bailar: :bailar: :bailar: :bailar:
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