por xavi » Dom Mar 18, 2007 4:55 pm
En la Comunidad valenciana la exención de titulación ha sido posible a través de dos normas:
Decreto 260/1994, de 20 de diciembre, por el que se desarrolla la disposición transitoria primera de la Ley de la Generalitat Valenciana 2/1990, de 4 de abril, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad Valenciana, de dispensa en un grado del requisito de titulación de los policías locales, a efectos de promoción interna. (DOGV nº. 2428 de 16.01.95)
DECRETO 20/2003, de 4 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se desarrolla la disposición transitoria primera de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de la Generalitat, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana, de habilitación a los efectos de promoción interna. [DOGV nº. 4454 de 06.03.2003.
Por ejemplo un policía con Graduado escolar que hiciera en su día el examen de Dispensa, regulado en el primer Decreto, conseguiría una Titulación equivalente al Bachiller, y si posteriomente hiciera el examen del Curso de Habilitación, regulado en el segundo Decreto, conseguiría una Titulación equivalente a un Diplomatura Universitaria.
Si hubiera aprobado estos dos examenes se habría ahorrado el estudiar Bachiller, Cou, Selctivida, y una Diplomatura Universitaria, y se podría presentar al Grupo "B" de la Policía Local.
Un saludo.