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1º Extranjero irregular en España ( Indocumentado, con pasaporte sin sello de entrada etc) se llama al CNP si lo pueden recibir, se traslada al Cuartel y de ahí a la Comisaría en base a la L.O 1/1992, normalmente larga espera e incluso relevo de otra patrulla de otro turno y exposición de hechos.
2º No se hace nada.
3º Se hace un acta/ denuncia a la L.O 8/2000, nos creemos los datos que aporta verbalmente y adiós, casi mejor no hacer nada.
4º Me ha pasado hoy mismo, entro a las 14.00 de servicio, me encuentro con un extranjero en dependencias que se encuentra irregular en España, que ha tenido un incidente con una patrulla.
Se llama al CNP y nos indican que le enviemos un fax con una exposición de hechos de lo sucedido y fotocopia de la documentación que aporta, posteriormente nos indican por teléfono que le detengamos y que a las 18:00 lo traslademos a Comisaría de CNP.
Total detenido al calabozo, atestado completo( lectura de derechos, etc, además de diligencia de entrega de detenido con efectos a otra unidad) se informa al juez, fiscal, traslado al CNP, llegamos y en 5 minutos nos vamos, 3 me imagino que compañeros vestidos de paisano, no recogen el atestado, nos sellan la copia casi ni hablamos le pregunto a uno de ellos si el procedimiento es correcto y nos indica que SI adiós y gracias, un saludo al compañero de la garita de entrada y para nuestra demarcación a las 20:00 tomando un café.
Y en base a que le tengo en el cuartel a una persona desde las 14:00 hasta las 18:00 si no está detenido.