Actuación correcta G.C con extranjero

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Re: Actuación correcta G.C con extranjero

Notapor plus ultra » Mar Abr 07, 2009 12:11 am



Increibles precios
materialpolicial.com
Yo como GC he tenido un par de actuaciones con extranjeros.
1º Extranjero irregular en España ( Indocumentado, con pasaporte sin sello de entrada etc) se llama al CNP si lo pueden recibir, se traslada al Cuartel y de ahí a la Comisaría en base a la L.O 1/1992, normalmente larga espera e incluso relevo de otra patrulla de otro turno y exposición de hechos.

2º No se hace nada.

3º Se hace un acta/ denuncia a la L.O 8/2000, nos creemos los datos que aporta verbalmente y adiós, casi mejor no hacer nada.

4º Me ha pasado hoy mismo, entro a las 14.00 de servicio, me encuentro con un extranjero en dependencias que se encuentra irregular en España, que ha tenido un incidente con una patrulla.

Se llama al CNP y nos indican que le enviemos un fax con una exposición de hechos de lo sucedido y fotocopia de la documentación que aporta, posteriormente nos indican por teléfono que le detengamos y que a las 18:00 lo traslademos a Comisaría de CNP.

Total detenido al calabozo, atestado completo( lectura de derechos, etc, además de diligencia de entrega de detenido con efectos a otra unidad) se informa al juez, fiscal, traslado al CNP, llegamos y en 5 minutos nos vamos, 3 me imagino que compañeros vestidos de paisano, no recogen el atestado, nos sellan la copia casi ni hablamos le pregunto a uno de ellos si el procedimiento es correcto y nos indica que SI adiós y gracias, un saludo al compañero de la garita de entrada y para nuestra demarcación a las 20:00 tomando un café.

Y en base a que le tengo en el cuartel a una persona desde las 14:00 hasta las 18:00 si no está detenido. :confuso: :confuso: :guardiacivil:
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Re: Actuación correcta G.C con extranjero

Notapor rikart » Mar Abr 07, 2009 5:47 pm



intervencionpolicial.com
Mas correcto es eso, ojala en mi Demarcacion se trabajara asi, y se detuviera a un Extranjero cuando corresponda. Mas legal es lo que haceis vosotros aunque lo tengais un rato esperando al extranjero. Ten en cuenta que al extranjero puede ser que le corresponda un Expediente Ordinario de Multa o una Salida Obligatoria, donde no se contempla la detencion. Y para eso hay que tener al Extranjero delante o saber que documentacion porta y comprobar bien en el Programa de Extranjeros si anteriormente ha tenido residencia, consultar sus antecedentes policiales y de la G.C.,..Mi opinion seria que nada mas saber la situacion de ese Extranjero es trasladarlo a la Comisaria mas cercana con una Minuta de Denuncia. Y si os dicen que procede su detencion, le podeis entonces adjuntar a la Minuta una Lectura de Derechos. Pero no hacer una Atestado, con diligencia de Remision al Juez, diciendo que lo proponeis para expulsion, puesto que somos nosotros los que debemos dar cuenta de esa detencion, ya nosotros en el Expediente ponemos que lo habeis detenido y presentado vosotros.
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