DEFENSOR DEL PUEBLO EN MATERIA DE EXTRANJERIA

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DEFENSOR DEL PUEBLO EN MATERIA DE EXTRANJERIA

Notapor rikart » Sab Sep 27, 2008 3:57 pm


Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
Mi pregunta es si es frecuente como en mi Comisaria que el Defensor del Pueblo pida la revisión de un expediente de expulsion, incluso cuando está a punto de ser expulsado ese extranjero. Esto ha sido siempre así, es por la Ley de Extranjería que tenemos actual, digo esto pues me sorprendió la primera vez, y también que es más frecuente de lo que pensaba.
Digo esto pues no llevo tanto tiempo destinado en el GOE,
Y mi otra pregunta sobre el tema es, si tiene este Organismo además de la facultad de pedirnos la revisión de un expediente , si también en un caso dado podría llegar a exigirnos la suspension de una expusión.





Pdta. Cada vez que me introduzco en este Foro, aprendo algo.
rikart
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Re: DEFENSOR DEL PUEBLO EN MATERIA DE EXTRANJERIA

Notapor zujh » Mar Sep 30, 2008 10:59 pm


CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
Hace unos meses, desde el Defensor del Pueblo nos mandaron un escrito sobre una mujer que teníamos ingresada en el CIE y para explicarle el asunto, tuvimos que hacer un escrito que parecía un libro.
Respecto a lo de suspender la pena, pienso que no, que quien podrá hacerlo será un Juez o quizás también la Delegación o Subdelegación correspondiente.
El caso nuestro es que ingresamos en el CIE a una mujer que tenía un hijo pequeño nacido en España, pero nosotros solamente le hicimos el expediente ya que la detenida era de la ODAC. De todas formas, cuando la mujer pasó a disposición judicial debería haber explicado su situación al Juez. Además, si el Juez estima oportuno su ingreso, qué nos viene a decir nosotros el Defensor del Pueblo...lo que pasa que es más fácil meterse con la Policía que con un Juez.
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zujh
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