Curso Oposición a la Ertzaintza |
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BandidoGC escribió:chapulin escribió:
Artículo 316
Los que con infracción de las normas de prevención de riesgos laborales y estando legalmente obligados, no faciliten los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, de forma que pongan así en peligro grave su vida, salud o integridad física, serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses.
Bueno, bueno, ya sabes que las normas de PRL a las FCSE sólo les obligan “siempre que sea posible", es decir, nunca.
En mi opinión, ese caso que comentáis se traduce rápidamente en que sí ese coche no es apto para el servicio y no hay otro disponible, algunos van a ejercitar sus piernas durante ocho horas. Por eso siempre insisto en el cuidado de los vehículos.
Un saludo
Estoy de acuerdo contigo pero un juez no va a opinar lo mismo si se produce un resultado de lesiones graves o de muerte para un trabajador , lo que pasa que los estamentos superiores se agarran a ese clavo ardiendo para intentar colarla, pero si hay que mirar responsabilidades, y sobre todo penales, ya veras como alguno no duerme tranquilo en una temporada....
Pero bueno yo antes de salir en un ataud con ruedas prefiero pasear ocho horitas que es muy bueno para la salud , veo a muchos compañeros de PL hacer el turno a pie y no les pasa nada