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Frankcme escribió:Gudarii escribió:Frankcme escribió:¿Me puedes decir donde dice que la inspección de Seguridad Privada es competencia exclusiva del Cuerpo Nacional de Policía?
¿Aqui?Según la Ley Orgánica 2/1986 al CNP le será encomendadas las siguientes funciones exclusivas en todo el territorio nacional:
El control de las entidades y servicios privados de seguridad, vigilancia e investigación, de su personal, medios y actuaciones.
Y ya me dirás tú que competencias invade el CNP
Pues lee ésto;Estatuto de Autonomía de Cataluña:
ARTÍCULO 163. SEGURIDAD PRIVADA
Corresponde a la Generalitat la ejecución de la legislación del Estado en las siguientes materias:
La autorización de las empresas de seguridad privada que tengan su domicilio social en Cataluña y cuyo ámbito de actuación esté limitado a su territorio.
La inspección y sanción de las actividades de seguridad privada que se realicen en Cataluña.
La autorización de los centros de formación del personal de seguridad privada.
La coordinación de los servicios de seguridad e investigación privadas con la Policía de la Generalitat y las Policías Locales de Cataluña.
Ahora hazte una pregunta. ¿Sabes que rango de ley tiene un Estatuto de Autonomía? Ya te lo digo yo, de Ley Orgánica. Y que yo sepa, el estatuto de autonomía de Cataluña es de 2006, lo cual, posterior a la LO2/86...
Vamos...creo que la Audiencia Nacional entenderá un poco de leyes, ¿no crees?
Si si, si todo eso ya lo sabemos, si sabemos la basura de políticos que tenemos en nuestro pais, que se bajan los pantalones ante las inagotables exigencias nacionalistas, ninguneando a compañeros mios y endeudando este pais cada vez mas.
Pero nada, ir asumiendo cada vez mas competencias que algun dia le daremos la vuelta a la tortilla y luego oiremos estas quejas desde ese lado, porque vamos, esto es tan absurdo que todavía no me lo creo.
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