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CABALLODEHIERRO escribió:Como Policía local que soy creo no conocer norma alguna que me impida intervenir en infracciones penales o no sobre el resguardo fiscal -Si alguien conoce, lo diga- y si conozco en cambio los principios básicos de actuación de todo cuerpo de seguridad -(...) defensa de la Ley y de la seguridad ciudadana-
Nadie te va impedir que actues ante estas infracciones (como de vez en cuando hace la Guardia Urbana de Barcelona) y menos aun ante un ilícito penal, pero estos cometidos (aunque no haga falta que te lo diga) a día de hoy son responsabilidad de la Guardia Civil entre las distintas Fuerzas de Seguridad.
Lo mismo sucede con otros cometidos como el de velar por el cumplimiento de las ordenanzas municipales o el el control del tráfico en casco urbano, yo como Guardia Civil puedo denunciar a una persona por cometer x infracción o detenerla por cometer un delito contra la seguridad vial pero el Cuerpo responsable/competente para prevenir estas conductas es la Policía Local mediante sus equipos y dispositivos montados al efecto.
Saludos.