Pa mear y no echar gota,lo que piensan estos "compañeros de trabajo"
Comunicado de la Asociación de Técnicos de IIPP (ATIP)
ante los ataques de ACAIP
En su última reunión, el Consejo Ejecutivo de la Asociación de Técnicos de Instituciones Penitenciarias (ATIP), ha tomado el acuerdo en emitir el siguiente COMUNICADO:
Primero.- Mostrar su apoyo con el compañero del Cuerpo Superior de Técnicos de II.PP., especialidad de Pedagogía, D. Juan Antonio Pecero Merchán ante el ataque tendencioso que está sufriendo por parte del Sindicato ACAIP.
Segundo.- Entendemos que los ataques de ACAIP forman parte de una estrategia para dañar la imagen de los Técnicos, y con la intención última y real de erigirse en los únicos protagonistas y dirigentes de la actividad de los Centros Penitenciarios, sin importarles el daño que puedan causar a otros compañeros.
En este sentido, hasta llegan a afirmar: “Contrariamente a la razón y al sentido común la clasificación del los internos por su grado de peligrosidad no la realiza el personal de vigilancia, ni se tiene en cuenta su opinión.
Pues no, señores de ACAIP, lo que la razón y el sentido común dicen es que las clasificaciones tiene que hacerlas quien puede y sabe. Puede por Ley, y sabe por cualificación profesional. Un eventual error en una clasificación no hace menos cierto lo dicho en el punto anterior.
Y mal que les pese a muchos, el cuerpo de Ayudantes pertenece al grupo C1 y se accede con Bachiller superior o equivalente mediante una oposición tipo test, mientras que al Cuerpo Superior de Técnicos se accede mediante titulación superior universitaria y una oposición muchísimo más dura en la que se desarrollan temas por escrito y oralmente, se responde ante un tribunal, etc. Les guste o no a los funcionarios del Cuerpo de Ayudantes, el Cuerpo Superior Técnico tiene una muy superior cualificación profesional y sus tareas son, y deben ser, de mayor dificultad técnica y responsabilidad.
Por lo demás, es rotundamente falso que los vigilantes estén excluidos de las decisiones sobre clasificación, permisos, indultos, etc. El Reglamento penitenciario de 1995 establece la participación de un encargado en los Equipos Técnicos, así como un jefe de servicio en la Junta de Tratamiento. Aunque conviene destacar que, en especial los Encargados de Departamento, no suelen acudir a las reuniones de los Equipos Técnicos. No sabemos el por qué pero nos lo imaginamos. Posteriormente, eso sí, cuando algo no les gusta se quejan amargamente.
Según manifiestan, la clasificación debe ser resultado del “comportamiento de los internos dentro de la prisión”. Esto, además de una simpleza, es absolutamente pretencioso, pues da a entender que el personal de vigilancia conoce el comportamiento de los internos, cuando lo que tienen es un conocimiento muy superficial: buen comportamiento es igual a no causarles problemas y malo, lo contrario.
Por otra parte, muchos en ATIP fuimos “cocineros antes que frailes” (es decir, vigilantes antes que técnicos) y por eso podemos afirmar que es incierto que el personal de vigilancia sea el que “de verdad conoce a los internos”. Muy al contrario, el conocimiento de los internos que tienen los técnicos es bastante más complejo y completo que el que proporciona la supuesta observación que llevan a cabo los vigilantes, ya que se basa en datos objetivos recogidos en el expediente, en su propia observación y/o pruebas específicas, así como en los esquemas explicativos que proporciona su respectiva especialidad científica, aparte de la experiencia del técnico en cuestión, que también la tiene…
En este sentido, conviene poner a cada cual en su sitio y hablamos de funcionarios que pertenecen al grupo C1 para cuyo acceso sólo se ha requerido la titulación de bachiller superior o equivalente, titulación que no es la específica para el conocimiento del comportamiento humano encuadrado en las Ciencias Sociales y por otro lado no tienen, precisamente, un horario orientado al conocimiento y contacto continuo con la problemática de los internos, sino que trabajan 3 turnos (uno de ellos de noche y con los internos cerrados) y libran cinco días, y entre días de Asuntos Propios, Compensación de festivos y vacaciones no están mucho tiempo en los Centros de trabajo.
Sin que pueda aceptarse de ningún modo la agresión a cualquier funcionario, tampoco puede pretenderse que esto determine todo el complejo sistema penitenciario y revele no se sabe que inadmisible situación de incuria en el trato a los funcionarios de vigilancia. Estos cobran un Complemento Específico muy alto que paga precisamente estas circunstancias. El usar la fuerza física u otros medios coercitivos ante una resistencia pasiva o activa (agresión, pelea, etc.) forma parte de las retribuciones y del trabajo específico de los Ayudantes. Si no les gusta, dejen el puesto a alguno de los más de cuatro millones de parados que, seguramente, saltará de alegría ante el ofrecimiento. Concretamente en los Centros Penitenciarios a que se refiere la nota de ACAIP (Valdemoro y Estremera), el Complemento Específico de un Técnico – titulado superior universitario – es de 12.138,56 euros anuales, mientras el de un funcionario de vigilancia – Bachillerato – es de 13.094,76… ¡Menos lloros! Las prisiones son un servicio público que no puede verse determinado ni coaccionado por las ínfulas y perpetuos lamentos de un grupo C1. Además, ahí tienen las oposiciones para promoción interna, las oficinas u otros trabajos.
En definitiva, con la nota en cuestión, ACAIP ha venido a confirmar que el Cuerpo de Ayudantes de Instituciones Penitenciarias, o al menos a los que ellos representan, es un Cuerpo insolidario, consentido, llorón, pretencioso e irresponsable, que se considera el ombligo de la institución y que busca—desgraciadamente, a veces lo logra—condicionar con sus continuas quejas y reivindicaciones toda la política penitenciaria; costándonos, además, una fortuna pagar su escasa productividad.
Sinceramente, a los Técnicos no se nos escapa que lo único que pretenden los funcionarios de vigilancia es acumular todo el poder, y que desaparezcan de la Institución Penitenciaria los profesionales que no pertenezcan al Cuerpo de Ayudantes o Especial para así convertirse en los ejecutores de las penas privativas de libertad como en tiempos pasados, oscuros e indeseables.
Pues bien, no olvidemos que si no fuera por la multitud de actividades, cursos, programas, terapias, etc., que realizamos los Técnicos, las cárceles serían lugares de gran tensión y no pocas veces estallarían. Parece ser que a los funcionarios de vigilancia les molesta el mero hecho de abrir las puertas donde se celebran estas actividades.
En este sentido, ATIP está considerando proponer al Ministro que, si tanto le preocupa a ACAIP la ausencia de personal en interior, se proceda a una modificación del sistema de turnos en vigilancia y que, además, los funcionarios de interior pasen todos al interior, pasando a ocuparse por vigilantes jurados los puestos de puerta principal, torres, rastrillos, comunicaciones y otros similares y las oficinas por funcionarios de los cuerpos generales de la Administración General del Estado. Sin duda éstos resultarían más eficaces, baratos y educados, el trabajo se encontraría mejor cubierto al no disfrutar de turnos de 3x5 y el servicio público mejoraría notablemente frente a los humos de un Cuerpo (o al menos algunos de sus representantes) con unas remuneraciones muy por encima de funcionarios de otras Administraciones notoriamente más útiles, discretos, responsables y capacitados.
En Madrid, a 24 de noviembre de 2010
¿que os parece?