Buenas.-
Estás opositando: te comento que las intervenciones que implican la aplicación de la normativa y que no acaban en un
procedimiento judicial penal, son competencia de la
Policía administrativa. Todos los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del
Estado, tienen la obligación de intervenir como denunciantes de las infracciones que conozcan ( se tenga o no competencia ).
La
Policía administrativa, es una de las formas de actividad administrativa que consiste en la intervención de la acti-/
vidad administrativa de los particulares por razones de interés general, para armonizar el interés público con el interés
privado.
Me imagino que estarás muy liado buscando temarios, Legislaciones, Decretos, etc., ya que la normativa administrativa
es muy extensa para tener un dominio absoluto de toda. A veces, es más importante identificar que SON infracciones y
SABER realizar la búsqueda de la normativa, que no inhibirse por desconocimiento de los artículos concretos que regulan
la materia, por eso en la Academia o Centros de enseñanza se insiste mucho en Legislación.
Espero que consigas tu propósito, seguro que lo consigues con sacrificio; podrás comprobar por ti mismo lo gratificante
que es ayudar a los ciudadanos y sentirte correspondido.-
SUERTE y un saludo.-