Chaleco Balistico Sioen Sk1-6 |
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Eso mismo que dice usted. depende de cada AP, algunas tienen convenios con la DPT, Servei Catalá, Ayuntamientos, etc. De todos modos el agente denunciante es un PP, por tanto tendrá usted que dirigirse a la AP para hacer alegaciones si aun no ha comenzado el procedimiento administrativo. En caso contrario deberá esperar a que le llegue notificación pertinente y hacer un pliego de descargo tanto por una vía o por otra. Averigüe el órgano sancionador y podrá pagarla en periodo de descuento. La verdad es que desconozco ahora mismo si las sanciones por ley de puertos conllevan descuento en caso de abonarse en un determinado periodo pero se lo averiguaré.
Lo de la atención que le hayan prestado o no, depende del agente, espero que no juzgue usted por ello al colectivo, ya que en mi caso, y valorando los hechos, no suelo poner obstáculos al "corporativismo", ya me entiende, que ya bastantes "palos" recibimos por todos lados.
Un saludo.