www.Desenfunda.com - Descuento! |
desenfunda.com |
otra cosa es que en la denuncia no viene ni la cuantia, ni ante quien se puede recurrir ni nada, salvo los hechos y los datos del agente. eso significa que me la tienn que volver a notificar?
saludos
Moderador: Moderadores Zonales
www.Desenfunda.com - Descuento! |
desenfunda.com |
HECKLER & KOCH SFP9 - OR |
Corredera Optical Ready |
uspsuministros.com |
JcM escribió:el otro dia me denuncio un PP por estacionar en un sitio donde estaba prohibido, mi duda es si la cuantia es la misma que por estacionar en un lugar prohibido pero fuera del puerto.
otra cosa es que en la denuncia no viene ni la cuantia, ni ante quien se puede recurrir ni nada, salvo los hechos y los datos del agente. eso significa que me la tienn que volver a notificar?
saludos
Chaleco Guardia Civil |
militariapiel.es |
Er chachi escribió:JcM escribió:el otro dia me denuncio un PP por estacionar en un sitio donde estaba prohibido, mi duda es si la cuantia es la misma que por estacionar en un lugar prohibido pero fuera del puerto.
otra cosa es que en la denuncia no viene ni la cuantia, ni ante quien se puede recurrir ni nada, salvo los hechos y los datos del agente. eso significa que me la tienn que volver a notificar?
saludos
Tal circunstancia depende de si fue usted denunciado por el articulo 114 de la ley de puertos y su correspondiente letra (ocupación de DPP, entorpecer una operativa portuaria, etc) o por la LSV. En cualquier caso, por cualquiera de las vías, le llegará notificación, no obstante puede presentarse usted en la Autoridad Portuaria a la que pertenece el agente denunciante y solicitar la información pertinente y el estado del proceso administrativo, así como abonarla si está en periodo de descuento.
Saludos.
Curso Online ascenso a Oficial |
joyfepolferes.es |
Usuarios navegando por este Foro: No hay usuarios registrados visitando el Foro y 0 invitados