BORRADOR NUEVA LEY DE PERSONAL

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Re: BORRADOR NUEVA LEY DE PERSONAL

Notapor angelitocustodio » Jue Jul 12, 2012 10:55 pm


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nos han vendido
si no me equivoco ésto significa que el que es sancionado con cinco días de suspensión, por una denuncia penal de su vida privada, del tipo de las que están hoy de moda, al querer reingresar, esos cinco días no serían cinco días , si no tres años hasta que cancelen los antecedentes.Espero estar equivocado
http://www.sup.es/01/573.pdf




Artículo 55. Reingreso al servicio activo.
1. El reingreso al servicio activo desde situaciones administrativas que no conlleven
reserva de puesto de trabajo, se efectuará mediante la participación del funcionario
en la convocatoria respectiva de provisión de puestos de trabajo por concurso o
libre designación, o por adscripción provisional a un puesto vacante, condicionado a
las necesidades de servicio.
2. El reingreso desde las situaciones descritas en el apartado anterior, estará
condicionado al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) No haber sido separado del servicio del Estado, de la Administración
Autonómica, Local o Institucional, o hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, ni tener antecedentes penales no cancelados por delito
doloso.
b) Poseer las condiciones psicofísicas necesarias para la prestación del
servicio.
c) Realizar un curso de actualización, en los términos que reglamentariamente
se determine.

3. No obstante, el requisito del apartado a) del punto anterior será exigible a todos
los supuestos de reingreso al servicio activo, conlleven o no la reserva de puesto de
trabajo.
Disposición adicional cuarta.- Reingreso al servicio activo desde suspensión
de funciones.
Los requisitos exigidos para el reingreso al servicio activo desde otras situaciones
administrativas, regulados en el artículo 55.2 de esta Ley Orgánica, se aplicarán a
los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que provengan de la situación de
suspensión de funciones, en los términos que reglamentariamente se determine.
angelitocustodio
EXPULSADO
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Re: BORRADOR NUEVA LEY DE PERSONAL

Notapor Exhumador » Vie Jul 13, 2012 1:13 am


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Pues parece que es asi. Se oyen rumores de que el color gris va a ponerse de moda nuevamente
Exhumador
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Re: BORRADOR NUEVA LEY DE PERSONAL

Notapor TALOS » Vie Jul 13, 2012 10:42 am


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angelitocustodio escribió:nos han vendido
si no me equivoco ésto significa que el que es sancionado con cinco días de suspensión, por una denuncia penal de su vida privada, del tipo de las que están hoy de moda, al querer reingresar, esos cinco días no serían cinco días , si no tres años hasta que cancelen los antecedentes.Espero estar equivocado
http://www.sup.es/01/573.pdf




Artículo 55. Reingreso al servicio activo.
1. El reingreso al servicio activo desde situaciones administrativas que no conlleven
reserva de puesto de trabajo, se efectuará mediante la participación del funcionario
en la convocatoria respectiva de provisión de puestos de trabajo por concurso o
libre designación, o por adscripción provisional a un puesto vacante, condicionado a
las necesidades de servicio.
2. El reingreso desde las situaciones descritas en el apartado anterior, estará
condicionado al cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) No haber sido separado del servicio del Estado, de la Administración
Autonómica, Local o Institucional, o hallarse inhabilitado para el ejercicio de
funciones públicas, ni tener antecedentes penales no cancelados por delito
doloso.
b) Poseer las condiciones psicofísicas necesarias para la prestación del
servicio.
c) Realizar un curso de actualización, en los términos que reglamentariamente
se determine.

3. No obstante, el requisito del apartado a) del punto anterior será exigible a todos
los supuestos de reingreso al servicio activo, conlleven o no la reserva de puesto de
trabajo.
Disposición adicional cuarta.- Reingreso al servicio activo desde suspensión
de funciones.
Los requisitos exigidos para el reingreso al servicio activo desde otras situaciones
administrativas, regulados en el artículo 55.2 de esta Ley Orgánica, se aplicarán a
los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que provengan de la situación de
suspensión de funciones, en los términos que reglamentariamente se determine.


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Re: BORRADOR NUEVA LEY DE PERSONAL

Notapor Enzocop » Dom Mar 10, 2013 11:33 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Hola:

Me gustaria saber en que estado se encuentra el tema del borrador de la Ley de Personal ¿está próxima a aprobarse?¿está estancado el tema?..
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Re: BORRADOR NUEVA LEY DE PERSONAL

Notapor HEROES » Mar Dic 17, 2013 9:01 pm



foropolicia.es
Bulli escribió:Efectivamente zoom, la ley de personal tardará años en salir si es que llega a salir, si hacienda lo para y hay cambio de gobierno en año y medio veríamos a ver como acabaría el tema.
Aqui hay algunos que parece que les va la vida en la ley de personal y son los más beneficiados porque si no, no entiendo tanta ansia con que salga ya :babas:
saludos!

BUCEANDO y viendo este post a dia de hoy esa ley esta echada para atras.
HEROES
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Re: BORRADOR NUEVA LEY DE PERSONAL

Notapor tiotuso » Mié Dic 18, 2013 7:26 pm


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Te digo de memoria, y de las conclusiones que saco de la información que me envía el sindicato a mi correo electrónico, la Ley de Personal se aprobó en el Consejo de Policía, con algún voto en contra, pero se aprobó. A día de hoy la tiene en un cajón el Ministerio del Interior. De momento no está ni siquiera en trámite parlamentario.

La ley de personal que estuvo a punto de aprobarse por muy pocos días y que no lo hico por la llegada de las elecciones generales, venía con mayores avances que la actual. Se ve que la mayoría absoluta no necesita de negociaciones, solo se impone y listo.
tiotuso
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