A ver si me podeis ayudar

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A ver si me podeis ayudar

Notapor Charlie Picoleto » Jue Nov 11, 2010 9:38 pm


Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Necesito que me resolvais la siguiente duda compañeros. Cuanto seria la sanción a un chofer que no ha pasado la revisión del tacógrafo ni la revisión del limitador de velocidad de su camión?? y cuanto le costaria la revisión de los mismos una vez caducada??

Muchas gracias
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor te70 » Jue Nov 11, 2010 10:13 pm


1.501 € cada una.
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor Charlie Picoleto » Vie Nov 12, 2010 12:33 am


Dios!! Y detraeria algun punto tambien no?? me puedes poner el articulo compañero?? Es que estuve buscandolo pero no lo encontraba.

Gracias
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor te70 » Vie Nov 12, 2010 11:08 am


Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
El taco BB03 art. 198.5 de la ROTT, los limitadores no pasan revisión, de estos se denuncia la carencia, mal funcionamiento y la manipulación.
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor EL SEPIA » Dom Nov 21, 2010 7:01 pm



60?
materialpolicial.com
Hola a todos,,, como veo que este foro es visitado por gente del cuerpo de la g.c. de trafico , y las respuestas son siempre super claras . ahi va mi pregunta,,, soy conductor de autobus, y el año pasado fui a zaragoza desde valencia y e visto que en el B.O.P de zaragoza esta publicado el nombre de la empresa con el R,D.L 339/90 art,0,72,3 y mi pregunta es, a que infraccion correspnde pues estoy echo un lio . a la cuantia es de 310 e. muchas gracias. y buen servicio
EL SEPIA
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor Charlie Picoleto » Lun Nov 22, 2010 9:38 pm



intervencionpolicial.com
Ok gracias T70
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor TrendMicro » Lun Nov 22, 2010 9:59 pm


Academia Acceso CNP

sector115.es
Las sanciones de transportes no conllevan la pérdida de puntos.

http://www.coet.es/Coet_codificado_BARE ... entado.pdf
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor ATGC » Jue Dic 30, 2010 11:22 am


EL SEPIA escribió:Hola a todos,,, como veo que este foro es visitado por gente del cuerpo de la g.c. de trafico , y las respuestas son siempre super claras . ahi va mi pregunta,,, soy conductor de autobus, y el año pasado fui a zaragoza desde valencia y e visto que en el B.O.P de zaragoza esta publicado el nombre de la empresa con el R,D.L 339/90 art,0,72,3 y mi pregunta es, a que infraccion correspnde pues estoy echo un lio . a la cuantia es de 310 e. muchas gracias. y buen servicio

Pues esa infraccion sino me equivoco hace referencia a un articulo del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial el cual ha sido modificado varias veces (la ultima por la Ley 18/2009 que entro en vigor el 24 de noviembre y que modifico precisamente este articulo) y cuyo precepto dictaba lo siguiente:
"...
3. El titular o el arrendatario del vehículo con el que se haya cometido una infracción, debidamente requerido para ello, tienen el deber de identificar verazmente al conductor responsable de la infracción. Si incumpliera esta obligación en el trámite procedimental oportuno, sin causa justificada, será sancionado pecuniariamente como autor de la infracción muy grave prevista en el artículo 65.5.i.

En los mismos términos responderán las personas especificadas en el párrafo anterior cuando no sea posible notificar la denuncia al conductor que aquellos identifiquen, por causa imputable a ellos.

Las empresas de alquiler sin conductor a corto plazo, acreditarán el cumplimiento de la obligación legal de identificar al conductor responsable de la infracción mediante la remisión, al órgano instructor correspondiente, de un duplicado o copia del contrato de arrendamiento donde quede acreditado el concepto de conductor de la persona que figure en el contrato.
..."
En resumen, que tu empresa debia identificar al conductor, posiblemente por una denuncia de radar fijo.
Se me olvidadaba, consulta si quieres la Ley 17/2005 que es el que modifico el art.72 al que hace referencia al texto que te he puesto yo sobre la infraccion.
Si en algo me he equivocado que alguien me corrija.
Un saludo y espero haberte sido de ayuda.
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor ATGC » Jue Dic 30, 2010 11:25 am


Prueba Gratis La Plataforma

7 días de prueba
nola2hurtu.eus
"Se me olvidadaba, consulta si quieres la Ley 17/2005 que es la que modifico el art.72 que hace referencia al texto que te he puesto yo sobre la infraccion."
Es que me sonaba un poco mal la redaccion. jeje
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor EL SEPIA » Vie Dic 31, 2010 10:41 am


gracias por esa informacion tan detallada ya consultu ese nuevo articulo, sabia que habria alguien en este foro que me aclararia algo, perdoba por haberte robado algo de tiempo , muchas gracias hombre un saludo y feliz 2011
EL SEPIA
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor ATGC » Vie Dic 31, 2010 10:48 am


Carteras Portaplaca Desde 9?

Alta calidad, fabricada en piel
desenfunda.com
He visto que ya habias planteado tu problema en otro post, y creo que el compañero se confundio de Real Decreto y te hizo referencia al art.72 pero del Reglamento General de Circulacion no del texto articulado.
Un saludo. Feliz 2011.
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor EL SEPIA » Vie Dic 31, 2010 5:02 pm


HECKLER & KOCH SFP9 - SK

Subcompact 9mm x 19
uspsuministros.com
bueno lo que pone en el boletin oficial de la provincia es R.D.L 339/90 / 072.3 CUANTIA 310 EURSOS ,Lo que no sé es que infraccion es, ni tampoco se a que vehiculo corresponde ya que lbamos varios autobuses, ( es lo que más me interesa), ya que cada uno paga sus multas, y a pesar de que yo suelo respetar los limites de velocidad , en cualquier descuido me puedo haber eccidido y cazado, bueno si me puedes ayudar te estaria muy agradecido un saludo y buen servicio
EL SEPIA
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor ATGC » Vie Dic 31, 2010 7:31 pm


Pntalon Chester Cnp

29 euros
militariapiel.es
Esa infracción me imagino que se la habran notificado a tu empresa y tu empresa no ha dicho quien es el conductor del vehiculo en cuestion. Normalmente despues de que la empresa dice quien es el conductor se remite otra notificacion al conductor indicandole que se le ha abierto expediente sancionador por una infraccion X. Ahi es cuando te dicen lo que ha hecho el conductor. Si tu empresa no lo ha dicho, la sancion que tu has visto en el boletin es la que le corresponde por no haber comunicado los datos del conductor. Pregunta de todas formas en la jefatura provincial de trafico con el boletin en la mano a ver que te dicen ellos.
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Re: A ver si me podeis ayudar

Notapor EL SEPIA » Vie Dic 31, 2010 8:06 pm


Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
gracias .... por la respuesta, ahora a esperar a que un dia me lo diga el jefe de la empresa , (si es que e sido yo) bueno un saludo y gracias otra vez,
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