Gama De Productos Anticorte |
La proteccion ideal |
materialpolicial.com |
Personalmente aseguraría la vivienda, recibiría denuncia del matrimonio afectado y desde la oficina practicaría gestiones con el juzgado de guardia.
Se que estas gestiones con el juzgado dependen mucho del talante de Su Señoría y que es habitual que se nos conteste con una suerte de: ¡Usted ya debiera saber lo qué tiene que hacer!. Pero ya no es como antaño y ahora las llamadas se graban......
Estoy seguro de que la intervención se demoraría unas horas, pero evitamos problemas y complicaciones a la Policía. Trabajar con un mandamiento de entrada da mucha tranquilidad y minimiza las posibilidades de tener que usar la fuerza, y que esa fuerza se vuelva en contra de la Policía.
Además al ser vehiculado el asunto como un delito y no una reclamación civil la demora no seŕia tanta.
Pensemos por otro lado que el bien inmueble y domicilio allanado y ocupado, puede haberse constituido a su vez en domicilio del ocupa allanador........No es lo mismo que si dan la patada y en un breve lapso de tiempo nos presentamos allí, sin tiempo a que el otro ejecute actos que evidencien una actividad propia de la que se desarrolla en un domiciio.
Además, pese a ser delito, la penalidad es muy baja si no hay violencia o intimidación.......
Un saludo.
P.D.: Reconozco que estoy muy oxidado, así que no me metais mucha caña