Policia Militar, Naval y Aérea

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Re: La Policia Militar que puede hacer?

Notapor artza » Dom Nov 13, 2011 5:49 pm



intervencionpolicial.com
colde escribió:

Bien mi pregunta es,en estos caso¿Dónde tienen estos compañeros(yo les considero así) su limite para realizar sus intervenciones?Se que estan en recinto militar,pero los incidentes son con personal civil asi que hay me quedo colgando...

¿Cómo intervendríais vosotros en estos casos?

Gracias por las respuestas.




La teoría nos dice:

"Ante un allanamiento en un establecimiento militar, se actuará considerando el mismo un allanamiento de morada, en este caso, se procede a su detención y custodia hasta la llegada de los agentes de los CFSE, previa llamada a éstos. Si porta un arma, se le reducirá y engrilletará, haciendo uso del arma solo ante la propia autodefensa."

Caso práctico: Si el/los individuo/s no porta/n armas, pues intentas disuadirle, llamas a la central y enseguida te envían la patrulla de refuerzo. Casi siempre con eso basta, porque los personajes que se cuelan suelen ser en su mayoría gitanos o drogadictos que solo buscan donde meterse, o simplemente para tocar las narices...
Ya si hay armas por medio (perdona, pero me parece bastante "increíble" que alguien se cuele con un arma de caza en un recinto donde la policía aérea está armada), pues depende. No puedes coger y apuntar a alguien así por las buenas, te buscas la ruina. No hay una ley específica para nuestro caso, no podemos hacer un uso del arma sin que se nos llenen las manos de mierda, el cuerno sería bestial. Hace poco se nos coló un individuo de etnia gitana con aspecto de yonki, iba bastante pasado, simplemente se le identificó (no llevaba documentacion), se le registró una mochila que llevaba y con las mismas lo echaron. a los 10 minutos volvió a colarse, y entonces si que se llamó al CNP. En estos casos, se lo comunicas al jefe, y éste no suele embarrarse mucho con el asunto.

CON RESPECTO A SI SE CONSIDERA AGENTE DE LA AUTORIDAD: La respuesta es SI.

cito:

Real Decreto 194/201
Artículo 29. De la policía militar, naval o aérea

2. Los miembros de las Fuerzas Armadas que presten su servicio como policía militar,
naval o aérea, sin perjuicio de su carácter de fuerza armada cuando proceda, tendrán el
carácter de agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones.


Mucha gente cree o quiere saberlo todo. Como curiosidad, decir que las únicas policías de "índole militar" que se han instruído para ejercer como tales, son la Policía Aérea y la Policía Naval.

Saludos!
¡Ser policía es S-E-R-V-I-R, no vivir la vida chupando de la teta!
Un esfuerzo total es una victoria completa.
NO PAIN, NO GAIN

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Re: Policia Militar

Notapor Juanete » Dom Dic 04, 2011 4:27 pm


Academia Acceso Cnp

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Re: Policia Militar

Notapor Juanete » Jue Dic 29, 2011 6:54 pm


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De la extraordinaria galería fotográfica del compañero Juanillotn en flickr
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policia naval

Notapor vagabundo » Vie Ene 27, 2012 10:00 pm


Prueba Gratis La Plataforma

7 días de prueba
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Hola amigos, quisiera informarme un poco, no he encontrado nada por ahi. Que es la policia naval, que funciones realiza diariamente? son militares que elijen esa unidad? no tengo ni idea.. jeje Pensaba que era la guardia civil la que se encargaba del mar, o en todo caso aduanas o la policia portuaria, pero no sabia nada de la policia naval. Gracias
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Re: policia naval

Notapor toxxo » Sab Ene 28, 2012 3:32 am


vagabundo escribió:Hola amigos, quisiera informarme un poco, no he encontrado nada por ahi. Que es la policia naval, que funciones realiza diariamente? son militares que elijen esa unidad? no tengo ni idea.. jeje Pensaba que era la guardia civil la que se encargaba del mar, o en todo caso aduanas o la policia portuaria, pero no sabia nada de la policia naval. Gracias


El ejercito de tierra tiene policía militar.
El ejercito del aire tiene policía aérea.
La armada tiene policía naval, a ella se accede desde infantería de marina, los marineros no pueden ser policías navales.

Tienen cometido militar, nada que ver con la guardia civil del mar o aduanas ...
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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor JASAN12 » Jue Feb 02, 2012 10:58 pm


Guantes Anticorte Policiales

Nivel 5 - modelos desde 38?!
desenfunda.com
A ver si alguien me contesta, de que depende el color de la boina de la PM, lo pregunto muchas las tienen como su unidad y otras moradas (distintas a la unidad)
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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor P.Aerea » Dom Mar 11, 2012 2:09 am


Formación Oficial H&K

Formación / tutoriales H&K
uspsuministros.com
JASAN12 escribió:A ver si alguien me contesta, de que depende el color de la boina de la PM, lo pregunto muchas las tienen como su unidad y otras moradas (distintas a la unidad)


Me apunto a tu duda. En el Ejercito del Aire como sabrás usamos todos boina negra. A lo qué añado que no es exclusiva de unidades, ni nada así. Hasta hace unos años al menos en mi unidad solo la llevaban la Sección de Intervención Rápida, y el resto con chapiri.

Un saludo.
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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor 112sosgalicia » Dom Mar 11, 2012 3:32 pm


Chaleco Tactico Cnp

20 euros, marcaje incluido
militariapiel.es
P.Aerea escribió:
JASAN12 escribió:A ver si alguien me contesta, de que depende el color de la boina de la PM, lo pregunto muchas las tienen como su unidad y otras moradas (distintas a la unidad)


Me apunto a tu duda. En el Ejercito del Aire como sabrás usamos todos boina negra. A lo qué añado que no es exclusiva de unidades, ni nada así. Hasta hace unos años al menos en mi unidad solo la llevaban la Sección de Intervención Rápida, y el resto con chapiri.

Un saludo.


Por lo que tengo oido, la propia POLICIA MILITAR lleva la boina Marron, es decir los que tienen la especialidad
Los demas depende de la Unidad a la que pertenezcan

Haber si alguien nos aclara mas el tema
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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor JASAN12 » Jue Mar 15, 2012 11:01 am


Temario Escala Básica

90 euros. Hacemos envíos a toda España.
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112sosgalicia escribió:
P.Aerea escribió:
JASAN12 escribió:A ver si alguien me contesta, de que depende el color de la boina de la PM, lo pregunto muchas las tienen como su unidad y otras moradas (distintas a la unidad)


Me apunto a tu duda. En el Ejercito del Aire como sabrás usamos todos boina negra. A lo qué añado que no es exclusiva de unidades, ni nada así. Hasta hace unos años al menos en mi unidad solo la llevaban la Sección de Intervención Rápida, y el resto con chapiri.

Un saludo.


Por lo que tengo oido, la propia POLICIA MILITAR lleva la boina Marron, es decir los que tienen la especialidad
Los demas depende de la Unidad a la que pertenezcan

Haber si alguien nos aclara mas el tema



No tiene nada que ver tú puedes estar destinado a la unidad PM (tierra) sin tener la especialidad, para tener la especialidad haces un curso y te dan la placa hay dos clases de PM , igual puede ser eso PM plaza y la PM (campaña), la diferencia entre ellas es que la primera lleva el brazalete blanco y sus misiones son:
-Vigilancia de acuertalemientos o zonas militares.
-Traslado de presos
-Convoy de armamento y de personal.
La PM de campo tiene el brazalete negro (puede que que la bonina de su unidad?) sus misiones son:
-Dar protección a la unidad en campo.
-Movimientos de soldados, material, armamento en campo .
-Detenidos de Guerra y los propios.
-Patrullas, apoyo a Policías locales, vigilancia de puntos sensibles.

Esta PM seria la de las unidades de acción rápida (Legion, Paracas, Cazadores de montaña), esta unidad trabaja donde este su brigada.

Por cierto ¿ las unidades de canarias de infantería se convirtieron en brigada?
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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor Juanete » Vie Mar 16, 2012 5:45 pm


Gc Edicion 175 Aniversario

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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor Juanete » Lun Jun 04, 2012 7:03 pm



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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor Demonoid » Mar Jun 19, 2012 6:24 am


Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Aquí me presento para echar una mano en algunas dudas.

Sobre el caracter de agente de autoridad mencionar que no se limita a posibles atentados contra uno mismo puesto que se puede realizar una detención, con lectura de derechos incluida, tanto a civiles como a militares. El problema reside en que nuestra experiencia más alla de la propia inmovilización del individuo no es tan extensa como la de un gc o pn, por ello se le cede amablemente el cometido a estos.
Comentar además que la actuación será en función del nivel de alerta y gravedad.

Siento tirar piedras sobre mi techado pero por mi experiencia mucha gente no conoce realmente el trabajo y funciones que tiene :(
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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor Juanete » Sab Jun 23, 2012 7:05 pm


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Policía Aérea

AVIACIÓN, formando parte del Arma de Aviación. Dicha orden dispone de un prologo y cinco artículos en los que se especifica el porque de su creación, quiénes compondrán dichas Unidades, así como sus misiones y competencias (Boletín Oficial del Ministerio del Aire nº 23 de 3 de marzo).

En 1952, en el Boletín Oficial del Ministerio del Aire nº 45 de fecha 17 de Abril, se aprueba el Reglamento provisional de los servicios de las Unidades de Policía de Aviación.

En el B.O. del Ministerio del Aire núm. 114 de fecha 16 de Octubre de 1951, se publican las primeras vacantes para estas Unidades, dando una idea aproximada de la configuración de las mismas. Se establecen unas Jefaturas en cada una de las cabeceras de Regiones o Zonas Aéreas existentes en esa época, con un Capitán al mando y dos Tenientes auxiliándole.

A su vez, dentro de cada Región ó Zona Aérea, se establecen en cada Base o Unidad, una Escuadrilla de Policía, cada una de ellas con uno ó dos Suboficiales al mando, dependientes de cada una de las Jefaturas de Policía existentes en cada Región o Zona Aérea.

Su distribución exacta queda como sigue:

  • Región Aérea Central con cabecera en Madrid, con Unidades en Madrid y las Bases Aéreas de Getafe, Alcalá de Henares, Cuatro Vientos, Matacán, Badajoz y Aeródromo de Torrejón de Ardoz.
  • Región Aérea del Estrecho con cabecera en Sevilla, con Unidades en Sevilla y las Bases Aéreas de Tablada, Granada, Málaga, Jerez de la Frontera, Morón de la Frontera y El Copero.
  • Región Aérea de Levante con cabecera en Valencia, con Unidades en Valencia, y las Bases Aéreas de Manises, San Javier, Los Llanos, La Rabasa, Alcantarilla y Los Alcázares.
  • Región Aérea Pirenaica con cabecera en Zaragoza, con Unidades en Zaragoza y Barcelona, y las Bases Aéreas de Valenzuela, Agoncillo y Reus.
  • Región Aérea Atlántica con cabecera en Valladolid, con Unidades en Valladolid, Burgos y Oviedo, y las Bases Aéreas de Villanubla y León.
  • Zona Aérea de Baleares con cabecera en Palma de Mallorca, con Unidades en las Base Aéreas de de Son San Juan y Pollensa.
  • Zona Aérea de Canarias y África Occidental con cabecera en Las Palmas de Gran Canaria, con otra Unidad en la Base Aérea de Gando.
  • Zona Aérea de Marruecos con cabecera en Tetuán, con Unidades en Melilla y la Base Aérea de Tahuima.

Por Orden del 26 de Julio de 1958 del Estado Mayor del Aire (Boletín Oficial del Ministerio del Aire nº 90), se declara reglamentario como armamento de tropa el Fusil de asalto CETME, calibre 7,62 en sustitución del mosquetón "Mausser" calibre 7,92.

Por Orden de 11 de Mayo de 1963 (BOMA nº 57), se declara como uniformidad reglamentaria para el Servicio de Policía, el uso de la "gorra de plato en lugar del gorro de paseo", así como el "correaje fusilero con pistolera".

Por Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero. BOE de 12 de marzo de 1.984, se crean las primeras Reales Ordenanzas del Ejército del Aire, habiendo en las mismas once artículos, del 442 al 452, en los que se describe nuevamente quiénes compondrán las "Unidades de Policía Aérea", así como sus misiones y competencias.

En el año 1993, fue concedido por la Comisión de vestuario de la División de Logística (SEMIL), el uso de la "boina negra con el emblema del Ejército del Aire, como prenda de uniformidad reglamentaria", a las Unidades de Intervención Inmediata, con la orden de difusión entre las mismas para su solicitud previa, estando entre dichas Unidades, las de Policía Aérea, según Acta nº 5 de Julio de 1993, de la citada comisión

En verano de 2004, se forma una Agrupación integrada por elementos de las distintas Policías Aérea, para su participación en la Operación "Romeo-Mike" relativa a la vigilancia y custodia de puntos sensibles en actos y eventos relevantes.

Con motivo de la EXPO 2008 celebrada en la ciudad de Zaragoza, distintas Unidades de Policía Aérea participan en la Operación "Centinela Aragonés", junto a Unidades como el Escuadrón de Zapadores Paracaidistas, el Escuadrón de Apoyo al Despliegue Aéreo, etc.

En Junio de 2009, se realiza en Los Alcázares (Murcia) el primer ejercicio inter-policías (EXINTPOL-09), organizado por la DSPF. En el mismo participaron las Unidades de Policía Aérea de las Base Aérea de Zaragoza, Torrejón de Ardoz, San Javier, Morón de la Frontera, Albacete y la Escuadrilla de Honores del Grupo de Seguridad (GRUSEG).
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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor Juanete » Sab Jun 23, 2012 7:17 pm


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Policía Naval

La POLICIA NAVAL fue creada en 1960 con la misión de “Garantizar un perfecto estado de policía y comportamiento en tierra del personal de Marinería y Tropa, así como resolver con su pronta y eficaz intervención aquellos incidentes que tengan lugar en tierra” Posteriormente, se le asignaron sucesivamente otras funciones de vigilancia interior y de control de puertas en diversas dependencias que no estaban previstas en su creación. En el año 1969, por Orden Ministerial número 2690, se reorganizó la Policía Naval, refundiendo las mencionadas funciones con objeto de perfeccionar su estructura dentro de la Armada, evitando duplicidades de fuerzas con idénticos cometidos.

La estructura actual de la Policía Naval viene impuesta por los cometidos que se le asignan estando constituida por Mando y PLM de la Cía, una Sección de PN, una Sección de Escoltas y la Unidad Cinológica.

La Tropa de Infantería de Marina destinada en la Policía Naval posee los conocimientos teóricos y prácticos sobre Legislación, Táctica Policial, Armamento, Técnicas de Tiro, Seguridad, Educación Vial y Tráfico, Primeros Auxilios y Defensa Personal, necesarios para los cometidos que lleva a cabo.

La Sección de PN se encarga de la seguridad de establecimientos militares de la Armada así como de las patrullas y escoltas de convoyes que le sean ordenadas. También se encarga del traslado de detenidos a los establecimientos disciplinarios militares que disponga la autoridad judicial.

La Sección de Escolta se encarga de asegurar la protección de las autoridades navales que, por sus cometidos, exigen el más alto nivel de seguridad. Cuando así es requerido, se proporciona servicio de escolta a las autoridades militares extranjeras de visita a nuestro país en coordinación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

La Unidad Cinológica cuenta con perros adiestrados en detección de explosivos y de drogas. También cuenta con perros de seguridad y combate, que son empleados en patrullas conjuntas con la Policía Naval. Esta Unidad Cinológica es la responsable de la representación de la Armada en el Campeonato Nacional de Adiestradores de Perros que se celebra anualmente y que reúne a los equipos cinológicos de los tres ejércitos y la guardia civil.

COMPAÑÍA DE SEGURIDAD

Encuadrada en la Unidad de Seguridad, es la encargada de proporcionar seguridad y protección a las instalaciones de Madrid que se determine.

Asimismo, la Compañía tiene una remarcada presencia en todos los actos de rendición de honores, ya sean en el Ministerio de Defensa, Aeropuertos u otros puntos de Madrid, a autoridades nacionales y extranjeras y, en algunas ocasiones, a los que asistan SS. MM.

Para todas estas actuaciones y cometidos en los cuales se ve inmersa la compañía, el adiestramiento ha de ser lo más completo posible. Nuestra situación en puntos clave de Madrid hace que nuestro personal deba estar adiestrado en todas las técnicas de detención, identificación, reducción, detección de material sospechoso o documentación falsa… y tenga un perfecto conocimiento de sus cometidos.

Por último, pero no por ello menos importante, se completa la formación mediante la realización de salidas a los campos de maniobras de los alrededores de Madrid, donde se completa el adiestramiento en aspectos que el cuartel no cubre: realización de marchas, vivac, rápel, ejercicios nocturnos, manejo de explosivos, ejercicios topográficos y de tiro, etc.

También se buscan otras maneras de completar el adiestramiento de hombres y mujeres mediante la realización de visitas de interés militar, que nos ayuden a conocer a los otros Cuerpos de los ejércitos de las FAS.

UNIDAD DE SERVICIOS

Está constituida por una Plana Mayor, mandada por el Teniente Coronel, una Secretaría, Ayudantía Mayor, mandada por un Comandante de Infantería de Marina a su vez Jefe de la Sección de Logística, Sección de Medio Ambiente, Sección de Mantenimiento, Sección de Comunicaciones, Sección de Transporte-Auto, Servicio de Enfermería, Servicio de Cocina-Comedor, Sección Económico-Administrativa, Pañol de Armamento, Pañol de Cargo, Mantenimiento de Exteriores, Oficina de Apoyo al Personal y Mando de la Unidad de Servicios con su Plana Mayor.

Los diversos cometidos que lleva a cabo la Unidad de Servicios, además de las tareas propias en el acuartelamiento, en apoyo de las Compañias de Seguridad y Policía Naval en sus ejercicios de adiestramiento fuera del cuartel, hacen necesaria una gran especialización de los componentes de la Unidad, así como un gran despliegue de medios, entre los que destaca la adquisición de los nuevos Nissan Terrano y camiones IVECO-PEGASO con cambio automático por parte de la Sección de Transporte-Auto.

El adiestramiento de la Unidad se centra principalmente en aquellas actividades en las cuales se presta servicio como pueden ser el manejo de armamento, marchas de endurecimiento, adiestramiento nocturno-diurno y los ejercicios de conducción por carretera y todo-terreno llevados a cabo por la sección de Transporte-Auto.

BANDA DE MUSICA

Creada en 1950, está constituida por una selección de suboficiales músicos y tropa profesional. Desde la fecha de su fundación ha seguido una trayectoria ascendente impulsada por sus excelentes directores.

Durante las décadas 50-60 la incidencia de esta formación en la vida madrileña fue constante: desfiles, procesiones, cabalgatas, conciertos al aire libre, cuestaciones benéficas anuales de la Cruz Roja y otras instituciones, se vieron realzadas con su presencia.

Por su nivel artístico, ha sido distinguida entre las formaciones musicales más relevantes, desarrollando importantes cometidos institucionales. En 1975 fue designada para rendir los primeros honores que se tributaron a S.M. el Rey Don Juan Carlos I. Entre sus muchas actividades, hay que resaltar su brillante intervención en las Semanas Navales de Barcelona, Santander y Almería.

A lo largo de sus 53 años de servicio, la Banda de Música de la AGRUMAD ha realizado una labor de difusión de la Música Militar realmente notable, pero además ha dado a conocer nuevas obras de música sinfónica contemporánea, obras líricas y música tradicional.

A partir de 1990, fecha fundacional de la Sección de Música de la Asociación de Amigos de los Museos Militares, la AGRUMAD ha participado en los conciertos organizados por la citada asociación.
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Re: Policia Militar, Naval y Aérea

Notapor Juanete » Sab Jun 23, 2012 7:43 pm


Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
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Policía Militar

Las Unidades de Policía Militar estarán organizadas básicamente para el desempeño, tanto en paz como en guerra, de misiones específicas de seguridad y orden. Su personal será especialmente seleccionado e instruido, para el desempeño de sus competencias específicas. En todo momento se le exigirá aquellas condiciones que le cualifiquen para su misión, a la que deberá estar exclusivamente dedicado. El que preste servicio como Policía Militar habrá de ser firme sin violencia, prudente sin debilidad, tendrá presente que sus principales armas son la persuasión y la entereza moral, y sólo hará uso de la fuerza cuando sea necesario.

Los miembros de la Policía Militar estarán capacitados para cumplir cometidos de vigilancia, custodia, escolta y regulación de transportes y convoyes militares, protección de autoridades e instalaciones, identificación de personal y vehículos y otros análogos que se les puede encomendar de los que figuren en su reglamentación específica. En el ejercicio de sus funciones tendrán el carácter de Agentes de la Autoridad. Cuando por la índole del servicio que presten porten armas de guerra, tendrán el carácter de fuerza armada. Podrán actuar en auxilio de Jueces y Tribunales Militares y efectuar detenciones, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Procesales Militares y demás disposiciones de aplicación. De igual forma podrán custodiar y conducir prisioneros, presos y arrestados, y desempeñar cometidos de seguridad en prisiones militares.

En las Bases y Acuartelamientos, las Unidades de Policía Militar podrán montar la guardia de prevención, bien sea totalmente o sólo para los cometidos que exijan una especial preparación; también podrán tener a su cargo la guardia interior, cuando la haya, el control de la circulación dentro del recinto militar y otros análogos que se les encomienden. Los miembros de la Policía Militar que formen parte de una patrulla de vigilancia velarán por el orden, comportamiento y estado de policía del personal de tropa que, estando fuera de los recintos militares, no se halla bajo el control directo de un Oficial o Suboficial. Durante su servicio, de acuerdo con las disposiciones en vigor, prestarán auxilio a la Policía Militar de otros Ejércitos y, en caso de urgente necesidad, a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, a petición de los mismos.

En ausencia de miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad dichas patrullas intervendrán ante flagrantes delitos, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Tan pronto como les sea posible recabarán su presencia y darán cuenta de su actuación a sus superiores. Cuando no se disponga de Policía Militar, determinados cometidos de ésta podrán ser desempeñados por otro personal que se designe. Durante su servicio llevará un distintivo que acredite su condición.
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