La verdad es que no lo tengo claro, lo que sé es que en el caso de su detención por malos tratos en el ámbito familiar habría que entrar a valorar el porqué se considera que a pesar de no tener un domicilio físico como tal, se puede decir que el entorno que rodea la convivencia con su hermano se puede considerar como su hogar.
Es una cuestión delicada, si estoy en radio-patrullas no me complico la vida y procedo a su identificación para posteriormente comparecer. Eso sí, al ser indigentes a ver qué domicilio me facilitan a efectos de notificación; me valdría el de algún hogar social o similar que frecuentasen. Otra posibilidad es la de investigado no detenido, aunque en el tiempo que estuve en un GAC no lo vi hacer en mi vida.
Vamos, que si me lo presentan en la Guardia toma de declaración y puesta en libertad cagando leches. En una plantilla pequeña cabría la posibilidad de consultarlo con el Juez de Guardia en horas de audiencia.