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Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Mié, 27 Abr 2022, 22:02
por luigi55

intervencionpolicial.com
Ese es el gran problema, que los sindicatos van a tragar con todo esto, cuando lo que tenían que hacer es liarla en la calle.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Jue, 28 Abr 2022, 05:36
por Auxpol
Academia Acceso CNP

sector115.es
Orden UNI/124/2022, de 22 de febrero, por la que se modifica la Orden ECD/775/2015, de 29 de abril, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico universitario oficial de Grado, y se modifica la Orden EDU/3125/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico de Máster Universitario Oficial.

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, establece en su artículo sexto, apartado 2.b), con respecto a la formación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que los estudios que se cursen en los centros de enseñanza dependientes de las diferentes administraciones públicas podrán ser objeto de convalidación por el Ministerio de Educación y Ciencia, que a tal fin tendrá en cuenta las titulaciones exigidas para el acceso a cada uno de ellos y la naturaleza y duración de dichos estudios.

Por su parte, la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, establece, en su artículo 30, apartado 2, que a propuesta del Ministro del Interior, los estudios de formación que se cursen en los centros docentes podrán ser objeto de reconocimiento en el ámbito del Sistema Educativo Español, según la normativa vigente. Lo anterior fue desarrollado por el reglamento de los procesos selectivos y de formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por el Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, que en concreto, en su artículo 3, dispone que podrá establecerse la correspondiente equivalencia u homologación de dichos estudios con los niveles del sistema educativo general, de acuerdo con la normativa vigente.

En virtud de lo anterior, se aprobó la Orden ECD/775/2015, de 29 de abril, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico universitario oficial de Grado, y se modifica la Orden EDU/3125/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico de Máster Universitario Oficial.

En su artículo 2 se establecen las condiciones para la declaración de equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico universitario oficial de Grado y, entre ellos en el apartado b) se exige estar en posesión del título de Bachiller al que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o titulación equivalente.

Por su parte, el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, expresa en su artículo 3 que podrán acceder a los estudios universitarios oficiales de Grado en las universidades españolas, en las condiciones que para cada caso se determinen, quienes reúnan alguno de los requisitos expresados en dicho artículo, siendo el primero de ellos el de estudiantes en posesión del título de Bachiller del Sistema Educativo Español o de otro declarado equivalente, pero contemplando también otras posibilidades.

La actual redacción del artículo 2, apartado b) de la precitada Orden ECD/775/2015, de 29 de abril, da lugar a situaciones en las que personas que reúnen los requisitos académicos para el acceso a estudios universitarios oficiales de Grado conforme a la legislación vigente, sin embargo, no pueden obtener la equivalencia contemplada en la mencionada orden al no contar con la titulación expresada en el citado apartado.

Comoquiera que la equivalencia establecida por la Orden ECD/775/2015, de 29 de abril, lo es al nivel académico universitario oficial de Grado, parece coherente que la misma pueda ser obtenida si, reuniendo el resto de requisitos expresados en su artículo 2, la persona interesada cumple los requisitos de acceso a estudios universitarios oficiales de Grado en las universidades españolas de acuerdo con la normativa vigente.

Por todo lo anterior, parece oportuno revisar los requisitos académicos exigibles previstos en el artículo 2, apartado b), de la Orden ECD/775/2015, de 29 de abril, con la finalidad de ampliarlos de acuerdo con lo previsto en la normativa de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.

Por otra parte, igualmente como condición para la declaración de equivalencia, el artículo 2, apartado c), exige haber cursado la formación conducente al nombramiento de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía conforme al plan de estudios de 240 créditos ECTS diseñado al efecto y hayan obtenido el nombramiento a partir del año 2014.

En la disposición transitoria única de la referida orden se estableció la posibilidad de obtener la equivalencia a los nombramientos de los Subinspectores del Cuerpo Nacional de Policía anteriores al año 2014, siempre que cumplan las condiciones establecidas en los apartados a) y b) del artículo 2 y, además hayan cursado los complementos formativos establecidos a los efectos de completar los 240 créditos ECTS del plan de estudios conducente a la obtención del citado nombramiento.

Teniendo en cuenta que la citada orden se aprobó en el año 2015, se considera que el régimen transitorio previsto también puede ser aplicable a los nombramientos efectuados en el propio año 2014, por lo que se hace necesario modificar dicha disposición transitoria.

Esta orden se ajusta a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En particular, se adecúa a los principios de necesidad y eficacia, al considerarse que es preciso adecuar las condiciones para la declaración de equivalencia del nombramiento de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía al fin de garantizar promoción profesional. Al de proporcionalidad, toda vez que la orden ministerial contiene la regulación imprescindible y no conlleva medidas restrictivas de derechos, ni impone obligaciones a los destinatarios. Al de eficiencia, permitiendo un funcionamiento ágil de las administraciones públicas al adaptar la regulación del régimen de equivalencias a la realidad académica. Al de seguridad jurídica, ya que se garantiza que esta norma es coherente con el resto del ordenamiento jurídico interno. Al de transparencia, finalmente, toda vez que en la tramitación de esta norma se ha garantizado la participación de los sectores afectados.

En el proceso de elaboración de esta orden han sido consultados el Consejo de Universidades y las Comunidades Autónomas en el seno de la Conferencia General de Política Universitaria.

Esta orden se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales.

En su virtud, a iniciativa del Ministro del Interior, a propuesta del Ministro de Universidades, y con la aprobación previa del Ministro de Hacienda y Función Pública, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden ECD/775/2015, de 29 de abril, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico universitario oficial de Grado, y se modifica la Orden EDU/3125/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico de Máster Universitario Oficial.

La Orden ECD/775/2015, de 29 de abril, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico universitario oficial de Grado, y se modifica la Orden EDU/3125/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece la equivalencia de la formación conducente al nombramiento de Inspector del Cuerpo Nacional de Policía al nivel académico de Máster Universitario Oficial, queda modificada como sigue:

Uno. El apartado b) del artículo 2 queda redactado del siguiente modo:

«b) Que estén en posesión del título de Bachiller al que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, o titulación equivalente, o que cumplan los requisitos establecidos por la legislación española en materia de acceso a la universidad.»

Dos. La disposición transitoria única queda redactada del siguiente modo:

«Disposición transitoria única. Nombramientos de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía anteriores al año 2015.
La equivalencia establecida en el artículo 1 de esta orden será de aplicación, asimismo, a los nombramientos de los Subinspectores del Cuerpo Nacional de Policía anteriores al año 2015, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en los apartados a) y b) del artículo 2 de la presente orden y, además, se hayan cursado los complementos formativos establecidos a los efectos de completar los 240 créditos ECTS del plan de estudios conducente a la obtención del citado nombramiento.»

Disposición final única. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 22 de febrero de 2022.–El Ministro de Universidades, Joan Subirats Humet.

https://boe.es/boe/dias/2022/02/28/pdfs ... 2-3104.pdf

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Jue, 28 Abr 2022, 10:38
por mklpol
luigi55 escribió:Y después de tirarte 4 años con el grado, trabajando y estudiando, a ponerte con el idioma, todo para poder ascender.
Ya se están pasando con exigencias y lo peor es que va a salir adelante lo de los idiomas.


El problema es que no les faltan candidatos.
Muchos vienen ya con el grado de fuera, otros se lo sacan, casi todos los que tienen estudios universitarios tienen también cierto nivel de inglés.
No sé, ojalá me equivoque, pero creo que con la escusa de que económicamente vamos a estar mal y sabiendo que tienen a gente suficiente con titulación o dispuesta a sacársela, no van a tener más prisa ahora en crear la Universidad Policial de la que no han tenido en estos últimos años...

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Jue, 28 Abr 2022, 10:49
por luigi55
Prueba Gratis La Plataforma

7 días de prueba
nola2hurtu.eus
Puede ser, pero los sindicatos deberían pelear esto.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Jue, 28 Abr 2022, 13:15
por mklpol
luigi55 escribió:Puede ser, pero los sindicatos deberían pelear esto.


Deberían...pero hay sindicatos y sindicatos, todos sabemos cómo funcionan las cosas...
Siempre hay la escusa de que están liados con temas que afectan a más colectividad, véase el 6x6, el plus para Cataluña y Campo de Gibraltar, el aumento de CPT, la subida salarial...
No sé, ojalá me equivoque, pero creo que si alguien quiere poder ascender en el corto plazo lo mejor es que estudie por fuera.
Otra cosa es el compañero que ahora esté en la ENP o en prácticas...entre que jura, que consigue ascender a Ofi y que pueda presentarse a Subins...para entonces igual sí que ya está en funcionamiento la Universidad Policial o igual nos sorprenden y en septiembre sacan ya las 400 plazas para los Ofis más antiguos que quieran cursar el grado universitario por dentro, ojalá!!!

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Jue, 28 Abr 2022, 13:21
por lolailo931

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Jue, 28 Abr 2022, 13:22
por lolailo931
Municion Marcadora 9mm Fx

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mklpol escribió:
luigi55 escribió:Y después de tirarte 4 años con el grado, trabajando y estudiando, a ponerte con el idioma, todo para poder ascender.
Ya se están pasando con exigencias y lo peor es que va a salir adelante lo de los idiomas.


El problema es que no les faltan candidatos.
Muchos vienen ya con el grado de fuera, otros se lo sacan, casi todos los que tienen estudios universitarios tienen también cierto nivel de inglés.
No sé, ojalá me equivoque, pero creo que con la escusa de que económicamente vamos a estar mal y sabiendo que tienen a gente suficiente con titulación o dispuesta a sacársela, no van a tener más prisa ahora en crear la Universidad Policial de la que no han tenido en estos últimos años...


Pues compañero yo discrepo contigo para, mí que los nuevos compañeros nuevos vengan con grado o idiomas y la administración sepa que tiene gente de sobra no es algo negativo o una eXcusa

Pero bueno es el debate de siempre. Esto ya pasó hace 10 años cuando empezaron las micropromociones, y mucho antes también entraba gente con grado en macro promociónes , no voy a entrar en el debate de si vienen sin motivación y tal ñ, pero que una persona se forme nunca creo que sea un problema.

Tengo varios compañeros, bastantes, que entraron hace ya unos años en este tiempo se han sacado la carrera o están ello o han ascendido , admirable porque mientras otros protestan ellos se forman.

Es una simple elección personal, yo sigo estudiando idiomas no porque me lo vayan a pedir sino porque me es útil para viajar … y me alegro que en la policía se empiece a exigir.

Que con todo el respeto hacia los que no tienen las titulaciones, un policia se forma con los años de servicios y hay grandes profesionales sin carrera o sin idiomas , pero otros policías formados también pueden serlo con los años de servicio

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Jue, 28 Abr 2022, 13:31
por mklpol
Chaleco Guardia Civil

militariapiel.es
Ah no, no, no me malinterpretes, yo no digo que sea malo para el CNP que la gente venga ya con titulación universitaria y con idiomas de la calle o que se estén formando una vez ya dentro de la Institución.
Me refiero a que ese extremo puede llegar a atrasar/ralentizar la implantación de la Universidad Policial para aquellos compañeros que carezcan de titulación universitaria y quieran seguir promocionando dentro del CNP y eso es negativo para dichos compañeros.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Jue, 28 Abr 2022, 13:35
por Olivaman
Temario Escala Básica

90 euros. Hacemos envíos a toda España.
joyfepolferes.es
Dudo mucho que empiece a funcionar en septiembre las universidad policial , es que sinceramente les da lo mismo … han sido muchos años viéndolas venir y no van a correr ahora , ( y los sindicatos… son los padres .. tragaron hace mucho y como mucho poner escritos en redes sociales .. Twitter, instagram etc pero no hacen mucho más en ese sentido) sino acordaros de esto, tanto el 6x6 nos lo terminarán quitando, el nuevo reglamento de procesos selectivos también lo aprobarán con exigencia de idiomas ,en fin que será más de lo mismo , y en septiembre tampoco empezará la universidad policial
Es que ya son muchos años , y siempre pasa lo mismo.. con calzador , y dicho esto es mi opinión , que ojalá me equivoque en todo , pero me guardo el mensaje para ponerlo más adelante
Si entraran 400 es lo de siempre , que para que te toque Para llamarte muchos de los que han aprobado de oficial recientemente o se plantean sacarlo y gastar la pasta por fuera .. o mínimo unos 8 o 9 años no se los quita nadie .. es que por números no sale . Sería una antigüedad selectiva como hasta ahora

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Lun, 09 May 2022, 17:50
por mklpol
CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
No sé si la nueva ley de personal se mete en esto, pero alguien sabría decirme cuáles son las edades actuales de segunda actividad y jubilación?

Segunda actividad 55 y jubilación 58?
Segunda actividad 58 y jubilación 65?

También se nos alarga la edad de jubilación a los 67 años?

Todo depende de en qué año hayas entrado en el CNP al igual que ocurre con Clases Pasivas y Seguridad Social?

Gracias.