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Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Jue, 14 May 2020, 21:18
por osito creasy
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militariapiel.es
Xav0 escribió:
osito creasy escribió:Jupol no lo plantea así

Lo sé, y hoy mismo hablé con un delegado de jupol y en pocas palabras "no tenemos ni p*** idea".

Así que jaja creo que todos andamos perdidos, la DFP la primera.
Pues la DFP no debe demorar mucho más el Reglamento de procesos selectivos, donde se supone debe de quedar todo tasado.

Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Vie, 15 May 2020, 20:47
por JossCnp
¿Quieres ser Policía Nacional?

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joyfepolferes.es
Bávaro escribió:
Xav0 escribió:
policiagallego escribió:A oficial sin bachiller a subinspector con el bachiller! Vamos que no ha cambiado nada!


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Que no que no, que a oficial con bachiller o equivalente y a subi también. Sí o sí bachiller o equivalente para todo desde el 18 de agosto.
Las dudas están en las equivalencias, pero que se necesita sí o sí ya no es duda.


Según JUPOL, que me imagino que se habrá informado, para oficial valdrá la equivalencia de Técnico (ESO o equivalente+Policía) y para subi bachiller a efectos académicos.

Titulaciones para el ascenso en la Policía Nacional a partir de agosto 2020
Según JUPOL, para Subinspector no se puede con Bachiller Académico solo; hay que hacer una formación complementaria (por determinar) para que te reconozcan un grado de 180 Creditos ECTS (como antigua Diplomatura) y ya con eso puedes presentarte a Subinspector.
Una vez jures de Subinspector te dan la equivalencia académica a Grado de 240 ECTS (Orden de 2015)... con eso ya puedes ascender a Inspector....y así sucesivamente.

La clave está en tener bachiller académico, con eso eres imparable :-)

Los que no tengan bachillerato a efectos académicos, solo podrán ascender hasta Oficial y se acabó.

Tiene bastante sentido la información de JUPOL.
De esa manera se soluciona el tema de tener la titulación previamente al proceso de ascenso.



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Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Vie, 15 May 2020, 21:00
por dritz
Edición 175 Aniversario Gc

gafaspolicia.com
JossCnp escribió:
Bávaro escribió:
Xav0 escribió:Que no que no, que a oficial con bachiller o equivalente y a subi también. Sí o sí bachiller o equivalente para todo desde el 18 de agosto.
Las dudas están en las equivalencias, pero que se necesita sí o sí ya no es duda.


Según JUPOL, que me imagino que se habrá informado, para oficial valdrá la equivalencia de Técnico (ESO o equivalente+Policía) y para subi bachiller a efectos académicos.

Titulaciones para el ascenso en la Policía Nacional a partir de agosto 2020
Según JUPOL, para Subinspector no se puede con Bachiller Académico solo; hay que hacer una formación complementaria (por determinar) para que te reconozcan un grado de 180 Creditos ECTS (como antigua Diplomatura) y ya con eso puedes presentarte a Subinspector.
Una vez jures de Subinspector te dan la equivalencia académica a Grado de 240 ECTS (Orden de 2015)... con eso ya puedes ascender a Inspector....y así sucesivamente.

La clave está en tener bachiller académico, con eso eres imparable :-)

Los que no tengan bachillerato a efectos académicos, solo podrán ascender hasta Oficial y se acabó.

Tiene bastante sentido la información de JUPOL.
De esa manera se soluciona el tema de tener la titulación previamente al proceso de ascenso.



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Pero el curso que habría que realizar sería de 180 créditos? Porque eso es bastante...son 3 años de universidad, ya se que está por determinar, pero me parecería raro que la división hiciera un curso tan largo con alguna universidad, a la par que es mucho dinero....pero bueno hay mil interpretaciones de lo que va a ocurrir y hay un lío bueno.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Dom, 17 May 2020, 16:07
por JossCnp

foropolicia.es
dritz escribió:
JossCnp escribió:
Bávaro escribió:[quote="Xav0"]
Que no que no, que a oficial con bachiller o equivalente y a subi también. Sí o sí bachiller o equivalente para todo desde el 18 de agosto.
Las dudas están en las equivalencias, pero que se necesita sí o sí ya no es duda.


Según JUPOL, que me imagino que se habrá informado, para oficial valdrá la equivalencia de Técnico (ESO o equivalente+Policía) y para subi bachiller a efectos académicos.

Titulaciones para el ascenso en la Policía Nacional a partir de agosto 2020
Según JUPOL, para Subinspector no se puede con Bachiller Académico solo; hay que hacer una formación complementaria (por determinar) para que te reconozcan un grado de 180 Creditos ECTS (como antigua Diplomatura) y ya con eso puedes presentarte a Subinspector.
Una vez jures de Subinspector te dan la equivalencia académica a Grado de 240 ECTS (Orden de 2015)... con eso ya puedes ascender a Inspector....y así sucesivamente.

La clave está en tener bachiller académico, con eso eres imparable :-)

Los que no tengan bachillerato a efectos académicos, solo podrán ascender hasta Oficial y se acabó.

Tiene bastante sentido la información de JUPOL.
De esa manera se soluciona el tema de tener la titulación previamente al proceso de ascenso.



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Pero el curso que habría que realizar sería de 180 créditos? Porque eso es bastante...son 3 años de universidad, ya se que está por determinar, pero me parecería raro que la división hiciera un curso tan largo con alguna universidad, a la par que es mucho dinero....pero bueno hay mil interpretaciones de lo que va a ocurrir y hay un lío bueno.[/quote]No han dicho aún como se van a cursar esos 180 creditos. Quiero creer que se hará en 1 solo curso de 60, convalidando por experiencia profesional los primeros 120.

Creo que la division va muy retrasada y no creo que salga el Reglamento tan pronto, hay muchos cabos que atar todavía con este tema. A pesar de finalizar la moratoria, creo que el reglamento de procesos selectivos se retrasará más de lo esperado. Dudo mucho que salga este año. Aunque acabe la moratoria, no pasa nada, mientras no salga el reglamento nuevo, todo sigue como hasta ahora, con lo cual las siguentes convocatorias de ascensos permitirán seguir presentandose como siempre, hasta tanto no esté el reglamento aprobado.
Tened en cuenta que hay varias cosas que gestionar y resolver, entre ellas la creación del Centro Universitario de la Policía Nacional, que eso no lo crea la división, eso lo tiene que aprobar el gobierno, luego diseñar los planes de estudio de los supuestos grados de 180, aprobación de titulaciónes, todo eso tiene que pasar por ANECA, y es un trabajo lento y tedioso, con lo que nos plantamos en 1 o 2 años mínimo, y mas ahora con la que está cayendo con el Covid que todo va más lento. No lo veo a corto plazo.


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Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Dom, 17 May 2020, 17:54
por Cervelus
Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Vamos a ver, de verdad que el cacao que se ha montado por la "basura" que han sacado los sindicatos es desesperante, ni ellos se aclaran, voy a intentar exponerlo conforme me lo explicaron en el curso de Oficial y en el curso de Subinspector, tal como lo enfoca de DFP y como se va a quedar en principio y con algún matiz. A continuación párrafo extraído de la OM de equivalencia a Grado de la categoría de Subinxpector, más claro agua, los 60 créditos que se están nombrando y que Jupol mucho me temo que ha metido la gamba son los que te ganas con el curso de Subinspector (nada fácil por cierto):
"En la actualidad, el Cuerpo Nacional de Policía ha desarrollado, en colaboración con la Universidad de Salamanca, un nuevo diseño curricular de la formación para el acceso a la categoría de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía adaptado a las normas reguladoras de esta nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, configurándose como enseñanzas de Grado con un plan de estudios de 240 créditos ECTS. Dicho diseño curricular ha sido informado favorablemente por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).
El acceso a esta categoría de Subinspector se efectúa exclusivamente por promoción interna desde la categoría de Oficial de Policía de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, categoría que tiene reconocida la equivalencia al título de Técnico Superior correspondiente a la formación profesional por Orden ECI/1995/2007, de 29 de junio y, por tanto, da acceso a los estudios de Grado, de conformidad con el artículo 44.3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, y con el artículo 3.1.e) del Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, por el que se establece la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado.
Teniendo en cuenta lo anterior, dado que se cumplen las condiciones establecidas en la legislación vigente en cuanto a requisitos de acceso, naturaleza y extensión de los estudios de Grado y en aplicación de lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, la presente orden tiene por objeto establecer la equivalencia del nombramiento de Subinspector del Cuerpo Nacional de Policía a este nivel académico universitario."
Si os dais cuenta el asunto de equiparar a los Oficiales con Técnicos Superiores es xq el bachiller por sí mismo y sin la EBAU NO da acceso a la Universidad, sin embargo un CFGS SÍ, es más, es categoría B funcionarial, es por eso que ya hay una sentencia ganada contra la obstinación de la DGP de pedir bachillerato o equivalente académico para el curso de complementos que actualmente se oferta a los Subis del "plan antiguo", y es aquí donde van a tener que matizar en el Reglamento, que es de sentido común que sea cualquier titulación que de acceso a la Universidad, "al igual que la GC". Añadir que en ningún sitio, ni en la LO ni en la OM, hace referencia a la equivalencia académica, simplemente equivalencia, lo de "académica" es algo que se sacaron de la manga para el curso de complementos y lo están tumbando en los Tribunales, evidentemente, de sentido común.
Y ahora....por qué no se pide el Grado antes de echar la instancia? Pues xq NO LO PONE EN NINGÚN SITIO, además nosotros tenemos nuestra propia LOrgánica de Personal, el EBEP no nos afecta!!! es legislación supetoria, artículo 4 EBEP. No nos podemos comparar con cualquier funcionario, hay muchos puestos en la Adminsitración a los que se accede con la titulación previamente, pero es que ellos no tienen la formación específica que nosotros hacemos, es decir, un arquitecto se presenta a una plaza en el Ayuntamiento para aparejador y se le requiere la titulación previamente xq luego no lo mandan a una academia uno o dos años a formarse para ese puesto. A nosotros nos reconocen nuestra formación conforme a nuestros derechos, LO 2/86.
Ahora, nuestra LO de Personal dice "El ascenso por promoción interna exigirá estar en posesión de la titulación del subgrupo de clasificación correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.4", como veis dice el ascenso y eso no ocurre hasta que juras que es posterior al curso, y es durante el curso donde te piden la documentación para el GRado, es decir, que te vas a la jura siendo ya Graduado.
La confusión que se está intentando ocasionar y es por simple interés de los que tienen Grado está en lo siguiente: "Para poder participar en los procesos selectivos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos.....Para el acceso a la categoría de Inspector, será exigible el título universitario oficial de grado." Pero esto NO es aplicable a la promoción interna que está regulada en otro capítulo de la ley, sino para el Ingreso directo desde la calle, así que nada.
Bueno os he soltado una parrafada, espero os sirva, y estudiar duro.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Dom, 17 May 2020, 18:23
por Xav0
Para mí la duda de todo está en ofial. Subi en adelanten está claro que es Bachiller o equivalente académico.

La duda es oficial, ¿bachiller o equivalente académico o la eso y grado medio?

Ese es el tema.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Dom, 17 May 2020, 18:36
por osito creasy
Xav0 escribió:Para mí la duda de todo está en ofial. Subi en adelanten está claro que es Bachiller o equivalente académico.

La duda es oficial, ¿bachiller o equivalente académico o la eso y grado medio?

Ese es el tema.
Tan claro tienes que para subinspector es bachillerato únicamente? Ojalá, pero yo sigo sin tenerlo claro

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Dom, 17 May 2020, 19:10
por policiagallego
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Cada uno barre para su casa! Lo que me quedó claro es que xavo tiene bac desde hace dos mil posts


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Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Dom, 17 May 2020, 19:40
por Cervelus
Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
Xav0 escribió:Para mí la duda de todo está en ofial. Subi en adelanten está claro que es Bachiller o equivalente académico.

La duda es oficial, ¿bachiller o equivalente académico o la eso y grado medio?

Ese es el tema.

Para Oficial lo mismo que están aceptando para entrar en el Cuerpo, no se cambia de Subgrupo.
Para Subí un TITULO que te de acceso a la Universidad, NO un bachiller académico, ya os he explicado arriba que un Oficial lo equiparan a Técnico Superior xq el bachiller no vale para cursar un Grado.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Dom, 17 May 2020, 19:49
por osito creasy

intervencionpolicial.com
Cervelus escribió:
Xav0 escribió:Para mí la duda de todo está en ofial. Subi en adelanten está claro que es Bachiller o equivalente académico.

La duda es oficial, ¿bachiller o equivalente académico o la eso y grado medio?

Ese es el tema.

Para Oficial lo mismo que están aceptando para entrar en el Cuerpo, no se cambia de Subgrupo.
Para Subí un TITULO que te de acceso a la Universidad, NO un bachiller académico, ya os he explicado arriba que un Oficial lo equiparan a Técnico Superior xq el bachiller no vale para cursar un Grado.
Según tu interpretación, con la prueba de acceso para mayores de 25 sería suficiente?