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Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Mar, 10 Abr 2018, 15:00
por Xav0
Academia Acceso Cnp

sector115.es
naranjita escribió:Que no te parezca tan fatal que aqui hay una esperando desde 2015... no metas a toda la gente en el mismo saco
Compañero.

No he metido ningún saco, simplemente digo que no me parece bien una pasarela, sea de mosso independentista o constitucionalista. Aquí cada uno ha optado a un cuerpo y ha hecho la oposición a su cuerpo. El que quiera ser PN que se presente a nueva convocatoria. Así de sencillo. Y no me considero mala persona por pensar así ni hago distinción entre constitucionalista o golpista.

Otra cosa sería de pasar de PN a GC y viceversa, lo vería con otros ojos. Pero ni de lejos autonómicos o locales con el debido respeto hacia ellos.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Mar, 10 Abr 2018, 17:41
por poterra
Xav0 escribió:
naranjita escribió:Que no te parezca tan fatal que aqui hay una esperando desde 2015... no metas a toda la gente en el mismo saco
Compañero.

No he metido ningún saco, simplemente digo que no me parece bien una pasarela, sea de mosso independentista o constitucionalista. Aquí cada uno ha optado a un cuerpo y ha hecho la oposición a su cuerpo. El que quiera ser PN que se presente a nueva convocatoria. Así de sencillo. Y no me considero mala persona por pensar así ni hago distinción entre constitucionalista o golpista.

Otra cosa sería de pasar de PN a GC y viceversa, lo vería con otros ojos. Pero ni de lejos autonómicos o locales con el debido respeto hacia ellos.


Comentarios como este sobran. Se podría decir lo mismo con la equiparación salarial, quien quiera más dinero y libranza que oposite a Autonómico o Local, pero de estos últimos solo a los municipios buenos ¡eh! Los de 1200 euros no molan... ¿Yo debería de rechazar a mis compañeros venidos de Guardia Civil o Policía Nacional, qué por diversos motivos han optado a la Policía Local? Tela.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Mar, 10 Abr 2018, 18:29
por Rivendel
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nola2hurtu.eus
De articularse dicha pasarela debe ser acordada con la Generalitat en doble sentido, si no, crea un precedente muy peligroso.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Mar, 10 Abr 2018, 19:48
por Xav0
poterra escribió:
Xav0 escribió:
naranjita escribió:Que no te parezca tan fatal que aqui hay una esperando desde 2015... no metas a toda la gente en el mismo saco
Compañero.

No he metido ningún saco, simplemente digo que no me parece bien una pasarela, sea de mosso independentista o constitucionalista. Aquí cada uno ha optado a un cuerpo y ha hecho la oposición a su cuerpo. El que quiera ser PN que se presente a nueva convocatoria. Así de sencillo. Y no me considero mala persona por pensar así ni hago distinción entre constitucionalista o golpista.

Otra cosa sería de pasar de PN a GC y viceversa, lo vería con otros ojos. Pero ni de lejos autonómicos o locales con el debido respeto hacia ellos.


Comentarios como este sobran. Se podría decir lo mismo con la equiparación salarial, quien quiera más dinero y libranza que oposite a Autonómico o Local, pero de estos últimos solo a los municipios buenos ¡eh! Los de 1200 euros no molan... ¿Yo debería de rechazar a mis compañeros venidos de Guardia Civil o Policía Nacional, qué por diversos motivos han optado a la Policía Local? Tela.

No sabía yo que luchar y reivindicar unos derechos esté mal o sea igual que pedir que te cambien de cuerpo por la cara.

Además, ya que lo dices... ¿Cuántos de esos policías locales pasados de FFCCSE han pasado sin oposición por pasarela? ¿Ninguno verdad? Pues eso mismo.

No sé por qué sobran esos comentarios, en absoluto, hay que saber respetar opiniones de todo tipo, y yo pasarelas no quiero, el que quiera que venga y será bien recibido, pero que se saque su plaza como todos.

Y si existiera algo para hacer lo mismo para pl pensaría igual, pero no existe no existirá una pasarela para que FFCCSE pasen a pl.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Mié, 11 Abr 2018, 19:13
por M.A.
Navajas De Rescate desde 10?!

desenfunda.com
Si hay pasarela debería ser en ambos sentidos.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Lun, 07 May 2018, 18:08
por alcalainocnp
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Buenas tardes, cuanto más leo al respecto, más cacao tengo,en relación a la titulación de acceso a la categoría de subinspección, en la L.O //2007 del Estatuto Basico del Empleado Público, en el Artículo 76, indica lo siguiente" Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera.

Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos:

Grupo A, dividido en dos Subgrupos A1 y A2.

Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la Ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta."

Lo que yo no entiendo es porque cuando finalice la moratoria en 2020, se dice que con Bachillerato se podrá ascender, cuando en el citado artículo de la Ley indica que se exigirá estar en posesión de Grado?

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Lun, 07 May 2018, 21:50
por pugnator
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militariapiel.es
Hay por ahí rulando un borrador Real Decreto / , por el que se aprueba el Reglamento de procesos selectivos y formación de la Policía Nacional.
En el tema de ascensos, dice que hay que estar en posesión de la titulación del subgrupo de clasificación correspondiente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.3 y 5 de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.
Mirando esos artículos y en lo que se refiere al ascenso a Oficial, dice que hará falta estar en posesión del Bachiller o equivalente (a secas), sin especificar que la equivalencia ha de ser a efectos académicos, por lo que entiendo que también vale a efectos laborales, como por ejemplo tener el acceso a la universidad para mayores de 25 años más la E.S.O.
A ver si alguien que lo tenga claro, lo explique.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Lun, 07 May 2018, 21:55
por Dr. Fate
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Con respecto a lo de las titulaciones para ascender también pone en el borrador:

"En este contexto, la Dirección General de la Policía facilitará la carrera profesional de sus miembros, y para ello realizará cuantas actuaciones sean necesarias, en colaboración con universidades públicas y privadas, para facilitar la obtención de la equivalencia de la formación recibida a las titulaciones del Sistema Educativo Español en los términos expresados en el punto anterior, al objeto de satisfacer las exigencias de titulación académica oficial contenidas en el artículo 17 de la referida Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional."

A ver en qué queda todo respecto a las titulaciones para ascender...

Enviado desde mi Redmi Note 4 mediante Tapatalk

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Lun, 07 May 2018, 23:08
por Bávaro
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Me ha llamado la atención este artículo y me imagino que todos pensamos lo mismo sobre cuál es el motivo de esas modificaciones......

Artículo 16. Concurso-oposición.
Para poder concurrir a las pruebas de ascenso en la modalidad de concurso-oposición, los aspirantes, además de los requisitos establecidos en el artículo 13 de este Reglamento, deberán reunir el siguiente tiempo mínimo de servicios efectivos en la categoría inmediata inferior:

a) Para Oficial de Policía, tres años.
b) Para Subinspector, cuatro.
c) Parar Inspector, cinco años.
d) Para Inspector Jefe, siete años.
e) Para Comisario, siete años.
f) Para Comisario Principal, siete años.

Re: Nueva Ley de Personal de la Policía Nacional

NotaPublicado: Lun, 07 May 2018, 23:16
por M.A.

foropolicia.es
Bávaro escribió:Me ha llamado la atención este artículo y me imagino que todos pensamos lo mismo del motivo de las modificaciones......

Artículo 16. Concurso-oposición.
Para poder concurrir a las pruebas de ascenso en la modalidad de concurso-oposición, los aspirantes, además de los requisitos establecidos en el artículo 13 de este Reglamento, deberán reunir el siguiente tiempo mínimo de servicios efectivos en la categoría inmediata inferior:

a) Para Oficial de Policía, tres años.
b) Para Subinspector, cuatro.
c) Parar Inspector, cinco años.
d) Para Inspector Jefe, siete años.
e) Para Comisario, siete años.
f) Para Comisario Principal, siete años.

Es de traca, me he leído el borrador entero y está claro que está pensado para retrasar la carrera profesional de los que han entrado desde abajo beneficiando únicamente a los que ingresaron directamente en la escala ejecutiva, mientras que a ellos les rebajan el número de años para poder presentarse a Inspector Jefe se lo suben a los que ascendieron desde la escala de subinspección, suben también el número de años requeridos para oficial, subinspector, inspector desde subinspector, etc. También suben las plazas para ingreso libre en ejecutiva quitándoselas a los que ya sean subinspectores.