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Re: Competencias legales que puede ordenar un policía

NotaPublicado: Jue, 13 Nov 2014, 16:57
por MIG
opositora 2015 escribió:Estoy opositando y según mis conocimientos q son pocos, creo q se refiere a las competencias q atribuye la ley orgánica 2/86, 13 abril,a las fuerzas y cuerpos de seguridad concretamente en el artículo 53 habla de las competencias de la policía local.


Hola guaperas2015, digo opositora2015, perdón.

¿Quién ha hablado de policía local?

Quizás es que guaperas2015 intenta desmontar una intervención, que PL tuvo con él/ella.

Su pregunta inicial versa sobre el tipo penal de la desobediencia. Nos pregunta sobre las competencias sobre las que, según jurisprudencia, se debe desobedecer para poder imputar este tipo penal.

Viendo este detalle de la PL, y su segundo supuesto donde pone en duda que sea "desobediencia" y alega que sean "cuestiones administrativas del RGC", parece que un PL le ordenó que retirara su vehículo aparcado indebidamente, y por el motivo que sea salió corriendo ante tales órdenes, pensando que le llegaría una multa vía administrativa, cuando finalmente se le imputó una desobediencia.

Resulta que esta persona cree que la PL no tiene autoridad en cuestiones penales como esta, al ser su ámbito competencial más conocido el administrativo. Que no es su competencia, y que no puede denunciar por desobediencia vía penal. Craso error.

Por supuesto, esto solo son suposiciones. En tal caso le diría que "buen intento, la próxima vez siga las indicaciones del agente", pero repito que son suposiciones.

Saludos.