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Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 15:56
por platinium

60?
materialpolicial.com
no me gustaría estar a mí en el pellejo de los compañeros que han intervenido.

Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 16:48
por metalico89

intervencionpolicial.com
Charlie_CNP escribió:
metalico89 escribió:
Acabo diciendo que he leído la supuesta comparecencia de los compañeros y parece ser que es un piso dedicado a la fiesta y ninguno de los presentes residía de manera temporal ni nada similar. Aún así sigo viendo la actuación arriesgada.


¿Si tú alquilas una habitación de hotel por una noche o dos y no duermes allí ninguna noche, no tiene protección legal, la policía podría entrar allí como si lo hiciera en un establecimiento abierto al público?


Si la alquilo para beber cubatas y no pernoctar ni desarrollar mi vida personal más privada entiendo que no.
Pero no deja de ser una interpretación.

Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 17:43
por Charlie_CNP
Academia Acceso CNP

sector115.es
Escuchando bien el vídeo, creo que la voz del policía que habla al otro lado de la puerta es la misma que la del del vídeo del papel de cocina... Ahora ato todos los cabos.

Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 17:45
por Haides
No sé qué leches hace este tema en el abierto. Menuda imagen se está dando...

Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 17:57
por metalico89
Conviértete En Ertzaina

Todo online
nola2hurtu.eus
Charlie_CNP escribió:Escuchando bien el vídeo, creo que la voz del policía que habla al otro lado de la puerta es la misma que la del del vídeo del papel de cocina... Ahora ato todos los cabos.


Ese no lo conozco yo. Resumen?

Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 18:30
por poterra
Absuelto de un delito de desobediencia grave tras una fiesta covid ilegal en Madrid
Agentes de la Policía Nacional alertados por los ruidos acudieron a una vivienda para que cesara una fiesta ilegal que estaba teniendo lugar en pleno barrio de Salamanca

LOS HECHOS
Los hechos se remontan a la madrugada del lunes 22 de marzo, cuando los agentes de Policía Nacional que se encontraban patrullando a la altura de la calle Juan Bravo, (Barrio de Salamanca) se alertaron al escuchar ruidos y numerosas voces, que provenían de una vivienda próxima al lugar por el que circulaban.

Los agentes de policía acudieron al inmueble pudiendo comprobar desde la puerta principal del edificio que se escuchaba música a un volumen excesivo, constantes gritos provenientes de un grupo muy numeroso de jóvenes e incluso se visualizaba a diferentes individuos que no guardaban la distancia social de seguridad ni portaban mascarilla asomándose por el balcón.

Al observar los individuos la presencia de la patrulla, se alertaron y se metieron dentro de la vivienda. Ante esta situación, los agentes de policía procedieron a llamar al timbre del portal, no recibiendo respuesta alguna por parte de los moradores del piso. Sin embargo, pudieron acceder al portal gracias a uno de los vecinos del edificio que se encontraba alertado por la fiesta que impedía el sueño y descanso de los demás individuos del bloque.

Una vez dentro del edificio, los agentes acudieron a la puerta del piso donde estaba teniendo lugar la fiesta ilegal y llamaron al timbre, en repetidas ocasiones sin obtener respuesta alguna. En el momento las luces del piso se apagaron y los ruidos cesaron, sin embargo los agentes continuaron dando golpes a la puerta del piso durante varios minutos hasta que, desesperados por la ausencia de contestación, procedieron a abrir la puerta del piso por sus propios medios, pese a no contar con la autorización judicial requerida para proceder a vulnerar el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio de los moradores.


En el momento de la apertura de la puerta, uno de los asistentes de la fiesta opuso resistencia con fuerza frente a uno de los agentes, que aplicó la fuerza necesaria y proporcional para conseguir reducirlo, siendo este detenido por un delito de atentado a la autoridad. Por otro lado, también se solicitó la presencia del propietario del inmueble que fue identificado y detenido por un delito de desobediencia grave a los agentes de la autoridad, ante su negativa a abrir la puerta, cesar con la fiesta y actuar con lo interesado por los agentes. Los detenidos pasaron la noche en comisaría y fueron puestos al día siguiente a disposición judicial.

LA DEFENSA
Los detenidos pasaron a disposición judicial siendo acusados de un delito de atentado a la autoridad y desobediencia grave a agentes de la autoridad, respectivamente. El propietario del inmueble procedió a contratar los servicios jurídicos de Ospina Abogados despacho de abogados penalista con sede en Madrid.

El abogado Juan Gonzalo Ospina fue el encargado de asistir al detenido en sede policial aconsejando a su representado que se acogiese al derecho a no declarar, con el fin de, una vez con el atestado policial en sus manos, poder determinar cuáles eran los hechos concretos y diseñar la mejor línea de defensa.

En sede judicial, una vez examinado el atestado policial por la defensa, se incoaron diligencias urgentes de juicio rápido. Tras la celebración del mismo, se pudo determinar que, aunque existió un requerimiento expreso de los agentes para la apertura de la vivienda, desde la perspectiva penal existían dos elementos que podían acordar el archivo de la causa respecto de uno de los detenidos; en este caso concreto, la del propietario de la vivienda.

La defensa acreditó que no se podía demostrar, más allá de una duda razonable, que el propietario de la vivienda hubiera recibido el requerimiento formal para abrir la puerta, toda vez que en su declaración como investigado expresó que no se encontraba presente con los asistentes en la fiesta, ya que se encontraba en una de las habitaciones de la vivienda durmiendo. Pero más allá de ello, se demostró que la desobediencia del propietario sería leve, no grave, constituyendo en su caso, únicamente una infracción administrativa.

A preguntas de este diario, Ospina se mostró muy satisfecho ante la actuación de la Fiscalía, quien retiró la acusación respecto de su representado, sin nada que señalar sobre la actuación de los agentes de la autoridad por el hecho de forzar la puerta y abrirla por sus propios medios para cesar la fiesta, pese a que la inviolabilidad del domicilio es un derecho fundamental y que el mismo solo se puede violar si existen 3 circunstancias concretas y concurrentes que son: la comisión de un delito fragrante, la necesidad de intervención inmediata para cesar el mismo, y un criterio de proporcionalidad.

Por otro lado, Juan Gonzalo Ospina entiende como abogado penalista, que el tirar la puerta para cesar la fiesta ilegal está en el límite de la legalidad constitucional, ya que los agentes podrían haber esperado al cese de la fiesta para identificar a los asistentes y sancionarles por vía administrativa, pudiéndose discutir jurídicamente sobre la necesidad o proporcionalidad del allanamiento de la vivienda.

https://www.periodistadigital.com/perio ... Aj1JKVaoQM

Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 19:24
por Cervelus
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Se podría decir que esta vez ha dado el balón al larguero.....

Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 20:50
por Charlie_CNP
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matmata escribió:Un letrado con mala h***** estaría ahora redactando una querella criminal. Mejor no tentar a la suerte.
La suerte es que ningún letrado quiere echarse encima a la opinión pública con ayuda de los medios de comunicación por ir a por los policías que persiguen a estos "peligrosísimos" jóvenes que hacen fiestas ilegales y son los culpables de los ciento y pico mil fallecidos. Lo mismo sucede con los jueces.

Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 21:16
por brabo
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El tiempo es ese juez insobornable que da y quita razones... José Maria García dixit

Re: Jurisprudencia vecinos ruidosos e inviolabilidad domicil

NotaPublicado: Sab, 27 Mar 2021, 23:15
por poterra
¿Quieres ser Policía Nacional?

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Cervelus escribió:Se podría decir que esta vez ha dado el balón al larguero.....


+1

Cuidadín con estas prácticas, que son cosas que no puede hacer dar alguna explicación incómoda...

Netpol es férreo defensor de estas actuaciones...