matmata escribió:Gracias Hotmail.
Pero no leo, al menos no lo veo de forma explícita, que las plazas ofertadas en el CGM de nuevos jurados deban ser las "sobras" del CGM de antiguos jurados. Ni lo contrario.
2. A la finalización de los procesos de formación de las promocia·
nes de nuevo ingreso o de promoción interna a categoñas superiores. se
convocará concurso general de méritos,
con las vacantes que hayan
quedado del concurso anual anterior y que el Director general de la
Policía estime deben cubrirse prioritariamente. ajustándose este concurso
a las bases que sesenalen en la convocatoria. Estos destinos
tendrán el carácter de forzoso. pudiendo Quienes los ocupen concursar
a otras vacantt's una vez transcurrido un año a partir de la fecha de toma
de posesión,
3.
Excepcionalmente se podrán convocar para su provisión por los
funcionarías a que se refiere el apartado anterior. otros puestos de
trabajo. en atención a las necesidades de los st'rvicios. dando conocimiento
p-re\-io a la Comisión dt' Personal de! Conseío de Policía.
Ya sabemos que "las necesidades del servicio" sirven para todo, pero hoy en día los tribunales no "tragan" con cualquier cosa (afortunadamente).