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Condenados por allanamiento, detención ilegal, falsedad docu

NotaPublicado: Mar, 08 Ene 2019, 23:38
por Bávaro
Chaleco Guardia Civil

militariapiel.es
Condenados dos policías nacionales a cuatro años y nueve meses por allanar la vivienda de un traficante

Los agentes entraron en la vivienda sin pedir permiso a los moradores y sin orden judicial, y en la comparecencia aseguraron que el arresto se había producido en la vía pública

JORGE MUÑOZ
08 Enero, 2019 - 15:29h


La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos policías nacionales de la Comisaría de la Macarena a cuatro años y nueve meses de prisión por haber entrado sin permiso ni orden judicial en el domicilio de un presunto traficante, al que intervinieron 80 gramos de cocaína, y asegurar luego en los atestados que el sospechoso fue arrestado en la vía pública.

En concreto, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial ha condenado a los agentes E. M. C. y A. I. C. M. por sendos delitos de allanamiento de morada, detención ilegal y falsedad en documento oficial, y les ha impuesto una condena de 21 meses de prisión y seis años de inhabilitación por el primero de estos delitos; el pago de una multa de 1.080 euros por el delito de detención ilegal; y a otros tres años de prisión y multa de 1.080 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de su profesión de Policía por tiempo de 2 años, por la falsedad.

La sentencia recoge como hechos probados que sobre las 21:45 horas del día 14 de Febrero de 2014, los dos acusados, “aprovechando su condición de agentes de Policía Nacional de servicio”, adscritos a la Comisaría del distrito Macarena de Sevilla y convenientemente uniformados, se personaron en el domicilio de J. M. M. T., “del que sospechaban se dedicaba al tráfico de sustancias estupefacientes”, en la avenida de Pino Montano.

Tras llamar a la puerta, que les fue abierta por la madre del sospechoso, le dijeron a la referida que buscaban a su hijo, y al contestarles la misma que estaba en el cuarto de baño, procedieron “seguidamente, sin pedir permiso a los moradores y sin estar provistos de mandamiento judicial para la entrada y registro del domicilio, a entrar en la vivienda”.

Los agentes contactaron entonces con el sospechoso, que salía en ese momento en albornoz del baño y le dijeron que entrara en su dormitorio, donde los acusados permanecieron con él durante unos 15 minutos, lugar donde los agentes “encontraron una bolsa conteniendo alrededor de 80 gramos de cocaína, así como otra bolsita pequeña con una monodosis de cocaína y una pequeña navaja, de los que se incautaron”.

A continuación los agentes abandonaron la vivienda, llevándose con ellos, en calidad de detenido, al individuo. Ya en Comisaría los dos acusados, realizaron una comparecencia, iniciada sobre las 22:44 horas y finalizada sobre las 23:45, presentando en calidad de detenido al sospechoso, comparecencia en la que hacían constar que habían procedido a la detención “en la vía pública, a la altura de la calle Faura con Pilistras”, relatando asimismo que cuando interceptaron al detenido y a otro individuo -que se dio a la fuga y al que no consiguieron ni detener, ni identificar- incautaron una bolsa con 80 gramos de cocaína que se hallaba en el suelo cerca del sospechoso.

Asimismo confeccionaron sendas actas de sanción administrativa dirigidas a la Subdelegación del Gobierno, en las que constaba que a las 21:56 horas los referidos agentes habían cacheado en la vía pública al sospechoso y que le habían incautado una dosis de cocaína y una pequeña navaja.


La Audiencia ha absuelto a los agentes de otro delito de robo, que también se les imputaba, al considerar el tribunal que no ha quedado acreditado que los acusados se incautaran de otros efectos o dinero, al margen de la cocaína referida y de la navaja.

El presunto traficante aseguró que los dos policías cuando entraron la noche de autos en su casa le exigieron que les entregara "30.000 ó 40.000 euros y que él les dijo que sólo tenía 3.000 euros, que es la cantidad que les entregó y que los policías se llevaron". Sin embargo, la "realidad de tal supuesta sustracción no ha sido acreditada". De hecho, la juez instructora ni siquiera incluyó la hipotética sustracción en la descripción de hechos del auto acordando la continuación de las actuaciones por los trámites del procedimiento abreviado, "omisión de tal hecho en el referido auto que no fue objeto de recurso por la parte que se proponía acusar por robo, como debería de haberlo sido para poder formular luego tal acusación".

No se estaba cometiendo un delito flagrante

Dicen los magistrado que los policías cometieron un delito de allanamiento porque "prevaliéndose de su condición de funcionarios públicos del Cuerpo Nacional de Policía, uniformados y hallándose de servicio, entraron en el domicilio" del presunto traficante, "sin autorización ni de los titulares de la vivienda, ni de la autoridad judicial, no hallándose en ninguno de los casos permitidos por la ley para la entrada en el domicilio de un particular sin autorización, pues no mediaba causa por delito, ni se estaba cometiendo un delito flagrante".

El tribunal considera, no obstante, que no ha quedado acreditado que los agentes de Policía acusados emplearan fuerza o intimidación para entrar en el domicilio o para permanecer en el mismo. "Se limitaron a entrar prevaliéndose de su condición de Policías uniformados, para lo que no necesitaron ejercitar fuerza y tampoco precisaron amenazar o intimidar a los moradores de la vivienda que se vieron sorprendidos por la presencia de los Policías y no opusieron resistencia alguna a la actuación de los agentes", argumenta el fallo de la Sección Cuarta.

En cuanto al otro delito grave por el que se les ha impuesto la pena más grave -tres años-, la falsedad, el tribunal argumenta que los acusados "falsearon en el atestado instruido con motivo de la detención y en las actas de intervención, elementos y requisitos de carácter esencial, faltando a la verdad en la narración de los hechos, pues simularon en el atestado haber detenido" al sospechoso en la vía pública.

"Tratándose, tanto el atestado instruido como las actas de intervención elaborados por los agentes, documentos de carácter oficial, la contradicción en dichos documentos con la realidad de los hechos integra el delito de falsedad en documento oficial referido, como han solicitado las partes acusadoras", asevera la sentencia.

Los jueces han llegado a la "convicción" acerca de que los hechos acontecieron de esta forma por el "análisis del conjunto de la prueba practicada y más concretamente, no ya sólo de la declaración del perjudicado, sino muy especialmente de las declaraciones de la madre del mismo, así como del contenido de las conversaciones telefónicas" del sospechoso, quien más de un año y medio después comentó con un amigo suyo la intervención policial irregular. Para el tribunal, las declaraciones de la madre son "sinceras, creíbles y verosímiles"

https://www.diariodesevilla.es/juzgado_ ... 68531.html

Re: Condenados por allanamiento, detención ilegal, falsedad

NotaPublicado: Vie, 11 Ene 2019, 00:10
por Bávaro
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Cuando la palabra de un delincuente vale más que la de un policía

La Confederación Española de Policía critica la "injusta" condena a dos agentes, que supone el "punto final" a su carrera

El sindicato denuncia que la sentencia se basa sólo en los "testimonios interesados" de un traficante y de su madre

FERNANDO PÉREZ ÁVILA
10 Enero, 2019 - 19:44h

La condena a dos policías nacionales de Sevilla por allanamiento de morada, falsedad y detención ilegal de un traficante de drogas de la Macarena ha generado un profundo malestar entre la plantilla de este cuerpo en la capital andaluza. La indignación es máxima entre unos agentes que consideran que se ha arruinado la carrera de dos policías muy activos, sólo porque la Justicia ha otorgado mayor credibilidad al testimonio de un traficante y a su madre que al de los funcionarios acusados.

Igualmente, creen que este tipo de resoluciones judiciales sólo lleva a que otros agentes no intervengan ante delitos manifiestos por temor a verse inmersos en un proceso judicial y terminar siendo condenados, como ha ocurrido en este caso. Los dos policías del distrito Macarena han sido sentenciados por la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla a cuatro años y nueve meses de cárcel, así como a diez años de inhabilitación.

El sindicato al que pertenecen los dos condenados, la Confederación Española de Policía (CEP) ha emitido este jueves una nota de prensa en la que califica de "injusta" la pena aplicada a ambos agentes. "En un Estado de Derecho, las sentencias se acatan. Pero cuando se comete una injusticia y se arruina la carrera de dos compañeros empleando sólo el testimonio de familiares de un detenido, con un claro interés y animadversión contra la Policía Nacional, callarse sería no sólo una cobardía sino admitir que en nuestro trabajo existe presunción de culpabilidad", arranca el comunicado de la CEP.

La central que dirige en Andalucía Antonio Díaz Aguilar lamenta que esta sentencia sea el "punto final" a la carrera de los dos agentes y critica que haya pesado más el testimonio del traficante y su madre que el de los acusados. "Esa condena llega por el testimonio de un detenido por tráfico de drogas (al que se le intervinieron 80 gramos de cocaína), por el de su madre (de avanzada edad y que la propia Audiencia reconoce que mostró alguna incoherencia en algún pasaje de sus declaraciones) y por una conversación telefónica intervenida año y medio después en una operación antidroga". En esta charla, el jefe del traficante le indica a éste que diga que lo han detenido en su casa, como así hizo posteriormente en su denuncia.

"Con estas versiones interesadas, a las que la Audiencia otorga veracidad absoluta sin siquiera plantearse el evidente interés contra los compañeros, se condena a dos profesionales", añade la CEP, que también anuncia que recurrirá la sentencia.

"Pero lo que ya resulta escandaloso" para el sindicato es que "la propia sentencia enumere una serie de datos que cuestionan todas esas declaraciones de parte: las divergencias entre el testimonio de la madre del detenido y sus hijas; la ausencia de comprobación de los servicios asignados en ese distrito aquella noche de 2014; el testimonio de un comerciante que tiene un negocio en los bajos del edificio en el que vivía el detenido y que confirma que vio pasar a los agentes por la calle y que no les vio salir del portal con el sospechoso, e incluso la existencia de documentación oficial que, por la hora que figura en ella, hacía incompatible la presencia de los dos policías en el domicilio del detenido".

Los representantes sindicales de los policías insisten en que las pruebas con las que han sido condenados son "en resumen, que una persona a la que se detiene con 80 gramos de cocaína afirma que su arresto se produce en su domicilio y no en la calle, que su madre respalda ese testimonio, y que un año después el detenido le dice a otra persona con el teléfono pinchado por narcotráfico que fue detenido en su casa".

Para la CEP, "esas son las contundentes pruebas que han llevado a la Audiencia a acabar con la carrera de dos compañeros". "Impresionante", ironiza el sindicato. Aunque no hace mención explícita a la investigación de la unidad de Asuntos Internos contra estos dos agentes (en Sevilla este trabajo lo desempeña la Unidad de Coordinación Operativa Territorial, UCOT), el sindicato carga también contra "la forma en la que se ha construido el relato que ha permitido la condena, basado en declaraciones con evidentes intereses y sin objetividad alguna".

"Que la profesión más arriesgada no cuente con la presunción de inocencia que ampara a cualquier ciudadano español es indignante, escandaloso y aleja a la Justicia de quienes más la defienden todos los días", concluye la central sindical.

https://www.diariodesevilla.es/sevilla/ ... 68601.html

Re: Condenados por allanamiento, detención ilegal, falsedad

NotaPublicado: Vie, 11 Ene 2019, 17:46
por M.A.
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Me gustaría leer la sentencia, porque según la noticia han sido condenados por el testimonio de la madre del detenido, testimonio que a mí personalmente no me parece muy neutral.