Rivendel escribió:¿Comisiones de servicio? ¿Nominales a la carta, por toda la jeró?
A la cartita sí. Que Cataluña no lo quiere ni Cristo.
Pues eso en mi ámbito ese descaro está algo más controlado a base de Sentencias y Sentencias. Los puestos "a dedo" son las Libres Designaciones (LD) y están reguladas por Ley. Creo que no pueden exceder del 8% de las plazas. Que ya entre Jefaturas de Unidad o División (todos los Superintendentes/Intendentes/Comisarios/Subcomisarios están en LD) y los servicios de Información/Inteligencia, copan ese número. Incluso para puestos de este último caso hay que tener acreditado el Curso Básico de Investigación Criminal aparte de "buenas referencias".
Las Comisiones de Servicio tienen que convocarse y publicarse (casi todas las semanas salen) indicando los plazos, requisitos de acceso y baremo de méritos. Así como su resolución. Cualquier agente puede consultar en Intranet o en los tablones las resoluciones de convocatoria y adjudicación.
Para puestos dentro de la misma Unidad, idem. Se ofertan los puestos (Administración Policial, Violencia de Género, Patrulla Rural Interurbana..) y se presentan los candidatos. La elección más habitual es por antigüedad en el Cuerpo o la Unidad. Menos para los que precisen, por RPT, requisito de Curso (Investigación Local, Información Local....) que si no lo tienes no te aceptan. A igualdad de condiciones se puede recurrir hasta al sorteo.
Cualquier nombramiento sospechoso suele acabar en los Juzgados.
Por eso es interesante que, aparte de Equiparaciones salariales, reguléis vía Convenio vuestras Condiciones para evitar desmanes y que si se cometen, Su Señoría ponga orden con un reglamento actualizado en la mano. Tenemos compañer@s que en una Comunidad Autónoma como Euskadi, más pequeña en total que la provincia de Cadiz, llevan 24 años con su plaza a 110 km de su casa y estos movimientos arbitrarios se controlan bastante.