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Astro29 escribió:Nights escribió:Unas cuestiones, si el cese fuera el 6 de junio ese día se trabaja? Los días de traslado comienzan a contar a partir del 6 o del día siguiente? Y por último, cuentan sabado y domingo?
Por saber, si el 6 se causa baja y me corresponden 3 días cuando me tocaría incorporarme?
Saludos
El día del cese te pueden hacer trabajar hasta el turno de tarde aunque lo normal es que no se haga (pero por poder se puede)
El plazo para la toma de posesión comienza a partir del día siguiente al cese. Si es en la misma localidad o no implica cambio de residencia son 3 días hábiles (sin sábados, domingos ni festivos). Si implica cambio de localidad y residencia 1 mes (si se cesa un 7 la fecha de incorporación es el 7 del mes siguiente)
No estoy de acuerdo.
El día del cese es el día que firmas, y firmas por la mañana. En el momento que firmas ya estas cesado en esa plantilla, vamos, lo que tarde el compañero en meterlo en la aplicación, por lo que ni trabajas esa tarde, ni esa mañana, ni la noche anterior porque te deberían dos días.
Y la prueba es lo que tu mismo dices, el día 7 cesas y el día 7 mes siguiente te presentas en la plantilla. Si tu trabajases el día 7, sumas 30 días y te tendría que presentar el día 8, porque lo que si es cierto y lo he visto es que el día que te presentes trabajes esa tarde.