Intervenciones
Publicado: Dom, 17 Sep 2017, 16:22
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El primero:
Un hombre de origen Pakistani que se dedica a la venta ambulante de lasers verdes y juguetes varios ( sin licencia). La patrulla se dirige hacia el y le pide la documentacion. Este solo presenta DNI de su pais Pakistan, y un papel donde dice que esta censado en Zaragoza, y un papel escrito a mano donde pone una dirección de un municipio de Gerona. (dice que actualmente reside alli temporalmente).
Este hombre no habla casi nada de Castellano, asi que mis compañeros siempre le incautan el material y le informan que queda denunciado por ordenanza municipal por venta ambulante ilicita.
Fin de la actuación.
Usted como CNP procedería de alguna forma mas en cuestion de extranjeria? Procederia a su detencion ya que no lleva pasaporte ni NIE? O se limitaría a denuncia por venta ambulante e incautacion del material?
Ahora me gustaría exponerle otro caso que tambien se da mucho en mi localidad:
Muchas noches de madrugada recibimos llamadas de vecinos informandonos de que ven gente sospechosa intentando entrar en domicilios.
La patrulla se dirige y suele encontrar a las personas. Una vez se identifican las personas, resultan ser de origen rumano, con multiples antecedentes en robos con fuerza y un variado historial delictivo.
La actuación se basa en identificarlos, comprobar por informatica que no tengan ninguna causa pendiente, y acompañarlos hasta la salida de población.
Se sabe de buena tinta que este tipo de gente viene a robar en domicilios, ultimamente ha habido muchos casos, no suelen llevar instrumentos para aplicar fuerza (palancas, ganzuas...)
Aún asi, me gustaria saber, si usted procederia a detencion cojiendose al 490 de la LECRIM ( En el momento de ir a cometer el delito, o al delincuente in fraganti).
Ya que estos individuos se encuentran siempre a las afueras de la casa donde quieren asaltar esperando la oportunidad propicia.