Echando un vistazo veo que la normativa a aplicar sería:
-ORDEN ECI/1995/2007, de 29 de junio, por la que se establece la equivalencia de las categorías de Policía y
Oficial de Policía, de la Escala Básica del Cuerpo Nacional de Policía, a los títulos de Técnico y de
Técnico Superior.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-13105-Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Artículo 76. Grupos de clasificación profesional del personal funcionario de carrera.
Los cuerpos y escalas se clasifican, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso a los mismos, en los siguientes grupos:
Grupo A: Dividido en dos Subgrupos, A1 y A2.
Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.
La clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.
Grupo B. Para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo B se exigirá estar en posesión del título de Técnico Superior.Grupo C. Dividido en dos Subgrupos, C1 y C2, según la titulación exigida para el ingreso.
C1: Título de Bachiller o Técnico.
C2: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11719Leyendo algunos artículos se ve que le problema no es exclusivo nuestro, en otras administraciones también se está pidiendo, ya que se creó el grupo, pero por la crisis o lo que fuera no se desarrolló, por ejemplo:
EL GRUPO B
Cuando en el año 2007 se publicó el “Estatuto Básico del Empleado Público” (EBEP), una de las modificaciones que se introducían en la Función Pública era la nueva reordenación de los “Grupos de clasificación del personal funcionario de carrera”.
Los antiguos grupos A, B, C, D y E se integraron en unos nuevos grupos que, de acuerdo con la titulación exigida para el acceso, pasaron a denominarse A (con dos subgrupos A1 y A2), B (de nueva creación) y C (también con dos subgrupos C1 y C2).
El EBEP aclaraba que para el acceso a los cuerpos y escalas del nuevo grupo B, se exigía estar en posesión del título de Técnico Superior (Formación Profesional) y que por lo tanto, no era aplicable una integración automática del personal, por no existir hasta la fecha un grupo de clasificación equivalente.
Sin embargo, hay funcionarios/as que por estar en posesión de la titulación específica, podrían optar a las hipotéticas plazas B que se creasen, si la Administración, de una vez por todas, se decidiese a desarrollar esta opción, cosa que hasta la fecha, no se ha hecho.
El caso es que, de momento el nuevo grupo B duerme el sueño de los inocentes y más en la situación de recortes que vivimos.
Sería interesante que, de cara a esos brotes verdes que según el Gobierno, van apareciendo en el horizonte, alguna Administración se decidiese a dar el primer paso y desarrollase un sistema para crear plazas de este tipo.
Por si aporta algo, recordaré que, de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, el título de Técnico Especialista (FP II) tiene los mismos efectos académicos y profesionales que el título de Técnico Superior de la correspondiente especialidad y que muchas de las actuales plazas C1, se convocaron en su momento con el requisito de estar en posesión del título de Técnico Especialista.
Blanco y en botella. La transformación de plazas del grupo C1 en otras del grupo B, podría ser un buen mecanismo para la promoción del personal, un estímulo para la formación continua de los empleados/as públicos y un incentivo para los estudiantes de la Formación Profesional.
http://www.laopiniondemurcia.es/blogs/el-blog-del-funcionario/el-grupo-b.htmlY los sindicatos generalistas llevan tiempo pidiéndolo:
Llenar de contenido (puestos, funciones y cuerpos) el nuevo Grupo B surgido del EBEP (Técnicos Superiores), dada la necesidad existente en la AGE de funciones propias de este grupo.
http://www.fespugt.es/age/2047-ugt-apuesta-por-el-desarrollo-del-ebep-en-la-age-negociacion-de-su-ley-de-fpEs decir que es algo que habrá que mover a nivel político y tendrán que cambiar los catálogos, lo extraño es que no se incluya entre las reivindicaciones de nuestros sindicatos cuando seremos uno de los grupos en los que la situación sea más clara.