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Megane10 escribió:Compañeros a ver si me podeis aclarar una duda, porque un recien jurado no puede pedir en su primera orden si se trata su primer destino como “obligatorio”?? Y porque un oficial recien jurado si puede pedir. He estado leyendo los requisitos de participacion de la orden y no menciona en ningun momento a los traslados obligatorios para que puedan pedir los recien jurados, unicamente nombra los 2 años desde la toma de posesion para los que piden voluntariamente en la CGM
Hola compañero en la orden dice:
"Los funcionarios con destino definitivo (...) con las excepciones previstas en los artículos 12 y 16 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo".
Si vas al reglamento el articulo 16 de provision de puestos dice "la finalización de los procesos de formación de las promociones de nuevo Ingreso o de promoción interna a categorías superiores, se convocará concurso general de méritos, con las vacantes que hayan quedado del concurso anual anterior y que el Director general de la Policía estime deben cubrirse prioritariamente, ajustándose este concurso a las bases que se señalen en la convocatoria.
Estos destinos tendrán el carácter de forzoso, pudiendo quienes los ocupen concursar a otras vacantes una vez transcurrido un año a partir de la fecha de toma de posesión".Es este artículo el que hace referencia a los recién jurados, lo de los oficiales es lo que te han puesto los compañeros.
Un saludo