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tiotuso escribió:Si la baja es en acto de servicio, no te descuentan la parte proporcional. Si lo hicieran , cuando tengas la resolución del Director, como que te han reconocido las mismas en acto de servicio, puedes presentar una hoja de incidencias en la secretaria de tu Unidad para que te lo devuelvan.
Si la baja no es en acto de servicio te quitarán la parte proporcional. Ej: si estás de baja del 25 de un mes al 10 del mes siguiente, te quitarán 2 meses, aunque la baja de por sí haya durado 15 días. Por contra, si estás de baja desde el 5 de un mes hasta el 25 del mismo mes, te quitan solo 1 mes.
A partir del 4º mes, la DGP ya no paga ninguna productividad.
Y otra cosa importante al hilo de esto, que no has preguntado, lo cual ha sido novedoso en la DPO de 2014 (ya cobrada).
Si los motivos de la baja están dentro de las excepciones del R.D. 20/2012 (a grandes rasgos, hospitalización o intervención quirurgica), no te descuentan la DPO.
Saludos tt
Refloto el tema y a ver si alguien me puede responder.
Según lo que entiendo si estás en incapacidad temporal por intervención quirúrgica aparte de no haber reducción de la nómina hasta el tercer mes (90 días famosos) la DPO no se ve afectada. ¿Ésto último es cierto?, ¿Alguien lo puede confirmar?
Ando echando cuentas para ver el palo del Sr. Montoro el año que viene y si cuento con la DPO íntegra me vendría bien.