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Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Lun, 16 Nov 2015, 10:00
por abz
Psicotécnicos Joyfepol FERES

joyfepolferes.es
Estimados compañer@s, alguien me podría señalar en que norma se regula el período mínimo de descanso... Últimamente trabajo por la noche y después regreso por la mañana, se que es totalmente ilegal, he buscado en la ley de prevención de riesgos laborales del 95 y el Rd 2/2006 pero no encuentro nada en concreto.
Gracias por vuestra ayuda.

Re: Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Lun, 16 Nov 2015, 10:10
por Anonimo
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
abz escribió:Estimados compañer@s, alguien me podría señalar en que norma se regula el período mínimo de descanso... Últimamente trabajo por la noche y después regreso por la mañana, se que es totalmente ilegal, he buscado en la ley de prevención de riesgos laborales del 95 y el Rd 2/2006 pero no encuentro nada en concreto.
Gracias por vuestra ayuda.


¿Pero tú eres Policía de verdad?

Re: Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Lun, 16 Nov 2015, 10:26
por abz

foropolicia.es
Anonimo escribió:
abz escribió:Estimados compañer@s, alguien me podría señalar en que norma se regula el período mínimo de descanso... Últimamente trabajo por la noche y después regreso por la mañana, se que es totalmente ilegal, he buscado en la ley de prevención de riesgos laborales del 95 y el Rd 2/2006 pero no encuentro nada en concreto.
Gracias por vuestra ayuda.


¿Pero tú eres Policía de verdad?

Jajajaj. Si, es de risa, el tema es que estamos de guardia 24 horas, lo habitual es que no suceda nada por la noche, el caso es que cuando sucede (últimamente con relativa frecuencia) tenemos que estar por la mañana para realizar trabajitos pendientes que no pueden dilatarse en el tiempo por cierta urgencia. Estoy en un cortijo con pocos funcionarios y entiendo a veces esta predisposición que muchos aceptan como normal pero ya me he plantado y me niego a un futuro ictus o infarto de miocardio. Alguien conoce la normativa concreta por favor?

Re: Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Lun, 16 Nov 2015, 19:36
por Miguel1
Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Entiendo que Ud. lo que hace es servicio de incidencias cuando le toca, fines de semana o festivos. Si es así, tendrá luego los días de compensación por las incidencias o no.-

Un saludo.-

Re: Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Lun, 16 Nov 2015, 21:36
por abz
Miguel1 escribió:Entiendo que Ud. lo que hace es servicio de incidencias cuando le toca, fines de semana o festivos. Si es así, tendrá luego los días de compensación por las incidencias o no.-

Un saludo.-
Efectivamente, incidencias, recibo días de compensación por ello pero la cuestión no es esa, la cuestión es que hay una ley de prevención de riesgos laborables, un real decreto que regula concretamente los riesgos laborables inherentes a nuestra labor y numerosos estudios de la OMS señalando que la privación de sueño es igual a un suicidio biológico, lo mío no es un turno africano en el que por lo menos tienes unas 8 horas entre jornada de tarde y la de mañana, lo mío es dormir 3 horas y volver al trabajo, es ilegal y ya encontré la normativa que buscaba.
No obstante, gracias a todos por vuestras aportaciones.
Un saludo.

Re: Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Jue, 19 Nov 2015, 08:39
por Bosco
abz escribió:(...) y ya encontré la normativa que buscaba.
No obstante, gracias a todos por vuestras aportaciones.
Un saludo.
Hola, ¿podrías compartir la normativa?
Gracias ;)

Re: Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Jue, 19 Nov 2015, 09:32
por CHAGALL
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Hola, ¿podrías compartir la normativa?


Mejor por MP.

Re: Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Jue, 19 Nov 2015, 10:28
por ERNESTO

Materiales de alta calidad
materialpolicial.com
Todo el mundo sabe que en la web corporativa está colgada toda la normativa española y la especifica también.

Re: Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Jue, 19 Nov 2015, 10:48
por CHAGALL

intervencionpolicial.com
ERNESTO escribió:Todo el mundo sabe que en la web corporativa está colgada toda la normativa española y la especifica también.


Pues no lo parece

Re: Riesgos laborales. Horas de sueño

NotaPublicado: Jue, 19 Nov 2015, 19:46
por Spectra
Academia Acceso CNP

sector115.es
Como dice chagall, no debe ser...creo que más bien la cuestión se medirá o regulará por una cuestión de jornada laboral...creo que los riesgos laborales no rigen eso, o no es su espíritu....trabajar con sueño, es una cuestión propia, trabajar muchas horas y no poder descansar lo suficiente entre jornada y jornada una cosa bien distinta....
Ya me gustaría saber la normativa esa que lo regula!! Sería interesante en todo caso verla...

Creo que es más bien una cuestión que queja o exposicion social con una mala previsión de horario y trabajo, más que una cuestión de regulación de riesgos laborales combinados con sueño.