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Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Vie, 15 Ago 2014, 06:20
por Z-50

foropolicia.es
http://www.elmundo.es/espana/2014/08/15 ... b4592.html

El Ministerio del Interior ha blindado la jubilación de uno de los policías condenados por el caso del chivatazo a ETA justo cuando debía ser expulsado. En concreto, la Dirección General de la Policía ha dado el visto bueno a la solicitud de pasar a situación de jubilación solicitada por el inspector José María Ballesteros. Este agente fue quien entregó el teléfono móvil a Joseba Elosua, dueño del bar Faisán, donde le alertaron de que iba a producirse una actuación policial contra el entramado de extorsión de ETA.

El chivatazo se produjo el 4 de mayo de 2006, cuando el Gobierno de Zapatero estaba en pleno proceso de diálogo con los etarras y el día en que el entonces líder del PNV, Josu Jon Imaz, iba a arropar al presidente del Gobierno en estas gestiones.

Este inspector presentó el 20 de julio un escrito de 11 folios ante el Ministerio de Justicia. Una petición de indulto en la que reconocía los hechos y aseguraba que el jefe superior de Policía del País Vasco nunca le explicó que la gestión que le encomendó era para dar un soplo a ETA.

"Me limito a cumplir un cometido policial, la orden de un superior; no sólo de un superior, sino del jefe superior de Policía del País Vasco, pero evidentemente sin conocimiento alguno del cometido", dijo José María Ballesteros en su escrito de 11 folios. La defensa del policía pidió a la Audiencia Nacional que suspendiera la ejecución de la condena hasta que el Gobierno se pronuncie sobre el indulto.

Según explicaron fuentes policiales, Ballesteros "causó baja médica del servicio" al día siguiente de presentar el escrito en Justicia, el 21 de julio; 11 días después de que el Supremo ratificara su condena. Ballesteros está destinado en la Jefatura Superior de Policía de La Rioja.

Una semana después, el 28 de ese mismo mes, el inspector entregó una instancia en el Registro General de la Policía en la que solicitaba la apertura de un procedimiento para su jubilación "por incapacidad permanente". Aportaba varios informes médicos. Al día siguiente, su instancia entró en el registro general de la División de Personal de la Policía, área competente para tramitar estas peticiones.

A partir de ese momento, según explicaron fuentes conocedoras del proceso, se iniciaron los trámites para estudiar la solicitud. Se remitieron copias de los informes médicos aportados por el inspector.

Al día siguiente, el día 30, con una celeridad destacable, el inspector fue recibido por el tribunal médico que tenía que evaluar los informes aportados y contrastarlos con su estado de salud. Ese mismo día, el tribunal dictaminó "la incapacidad total para desempeñar las funciones en la Policía Nacional" de este funcionario.

El día 1 de agosto se gestionó ya la "propuesta de jubilación". Los responsables de la decisión se basaron en la legislación sobre el empleado público y los decretos sobre clases pasivas del Estado.

El 4 de agosto, la decisión del tribunal médico llegó a la Jefatura Superior de Policía de La Rioja, donde la recibió el inspector afectado. Éste, tras no poner objeción alguna, la remitió a la Jefatura de Personal de la Policía, adonde llegó el 8 de agosto.

Cuatro días después, el 12 de agosto, el jefe de la División de Personal firmó la resolución por la que se concedía la situación de jubilación a Ballesteros "por incapacidad permanente".

En menos de un mes, Ballesteros pasó de estar de baja médica a jubilado. Un tiempo récord, según explicaron fuentes policiales que entienden que este proceso, en la gran mayoría de los casos, lleva una cadencia mucho más lenta. Se sorprenden de que esta celeridad, además, se haya podido llevar a cabo en pleno periodo estival.

Algunas fuentes cercanas al proceso apuntan la posibilidad de que Ballesteros causara baja en el momento en que le fue comunicada la sentencia firme por parte del Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal avaló el pasado 10 de julio la condena impuesta por la Audiencia Nacional contra ambos funcionarios por un delito de revelación de secretos. Fueron condenados a un año y medio de prisión (que no cumplirán al no contar con antecedentes) y cuatro años de inhabilitación. Esta última pena conllevaba la expulsión inmediata del Cuerpo de la Policía una vez que la sentencia fuera firme, circunstancia que se produjo ya el citado 10 de julio pasado.

Sin embargo, fuentes de la Dirección General explicaron que esta sentencia aún no ha sido notificada, lo que supone que oficialmente la Policía Nacional no tiene acreditada la firmeza de la sentencia.

Sin embargo, el pronunciamiento del Alto Tribunal se produjo hace ya un mes. Tras conocerse, desde el Ministerio del Interior, se informó de que el departamento que dirige Jorge Fernández Díaz cumpliría con la legislación vigente en lo que afecta a las consecuencias aparejadas a las faltas y sanciones en las que incurren los agentes de las Fuerzas de Seguridad del Estado.

Su conducta está regulada por la Ley Orgánica de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía de 2010, el Código Penal y el Estatuto Básico del Empleado Público, que establece que «la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta, cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga, produce la pérdida de condición de funcionario».

La condena de inhabilitación supone, así, la inmediata expulsión del Cuerpo de los agentes, aunque es necesario que la sentencia sea firme. La firmeza se produce en el mismo momento en que es notificada.

El hecho de haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso está tipificado como falta muy grave y grave en el régimen disciplinario. Será muy grave cuando el ilícito esté relacionado con el servicio o cause grave daño a la Administración o a las personas, y tendrá carácter grave en el resto de casos.

"Cuando sea firme porque se han agotado los recursos a los que tengan derecho los interesados y los ejerzan, cuando ese fallo sea definitivo y se nos haya notificado, se cumplirá. Hasta que no llegue ese momento no vamos a tomar ninguna decisión en el Ministerio", dijo el ministro del Interior tras la sentencia de la Audiencia Nacional.

La decisión de Interior se produce después de que Ballesteros, que durante el toda la investigación y el juicio había negado haber dado el teléfono al dueño del Faisán aquel 4 de mayo de 2006, admitiera por fin que sí había sido él.

Según fuentes cercanas a las defensas de los condenados, a ambos se les abrió la puerta para solicitar esta jubilación antes de que el Supremo diera firmeza a la sentencia. Tan sólo Ballesteros, que dio un giro radical a su línea de defensa, apostó por esta vía. Enrique Pamies se negó a solicitarla.

La jubilación a policías inmersos en procedimientos judiciales antes de que las sentencias fuera firmes no es una novedad. De hecho, era una herramienta muy criticada por los policías al considerar que se había convertido en un mecanismo político para ayudar a los afines.

Ya en 2007, el Ministerio del Interior concedió la jubilación a otro comisario que fue condenado por detener a dos afiliados del PP a los que acusó de intentar agredir al que fuera ministro de Defensa José Bono, tras una manifestación de víctimas del terrorismo. La Justicia le condenó en primera instancia a cuatro años de cárcel por detención ilegal, al considerar que no había base alguna para ello. Antes de que la sentencia fuera firme, este comisario fue jubilado aduciendo los mismos motivos que ahora se han utilizado para jubilar a Ballesteros: alteración psicofísica.


http://www.elmundo.es/espana/2014/08/15 ... b45a9.html

Como si no hubiese sido inhabilitado.

La celeridad con la que la Administración ha tramitado la jubilación por incapacidad permanente del policía José María Ballesteros llama la atención porque se produce cuando ya es firme la sentencia del Tribunal Supremo que conlleva automáticamente su pérdida de la condición de funcionario. Esa firmeza es la que determina el momento en el que queda expulsado del Cuerpo: el Gobierno, que alega que no ha recibido la resolución, le facilita el acceso a las prestaciones sociales con un régimen privilegiado -para el cálculo de la pensión se le tendrán por cotizados todos los años que le restaban hasta cumplir la edad de jubilación-, frente al que habría tenido de haber sido separado del servicio.

Esto es: él cobrará ya para siempre sin padecer el perjuicio que para su base de cotización habría representado la expulsión y el Ejecutivo se quita de encima la presión sobre su indulto y, quizá, otras situaciones delicadas.

¿Qué efectos tiene la sentencia del Tribunal Supremo?

Los policías Enrique Pamies, actualmente jefe superior de Huesca, y José María Ballesteros, hasta ahora inspector jefe con destino en La Rioja, fueron condenados a un año y medio de prisión y cuatro años de inhabilitación especial. Ambos carecen de antecedentes, circunstancia que facilitará que la pena de cárcel sea suspendida, lo que ocurrirá sin ninguna duda. La inhabilitación, sin embargo, implica la pérdida de la condición de funcionario en cuanto la resolución sea firme, por aplicación del artículo 66 del Estatuto Básico del Empleado Público (la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, vigente cuando se produjo el chivatazo, era idéntica en este aspecto).

La firmeza se produce desde el mismo momento en que la sentencia se haya notificado a todas las partes y transcurra el plazo para plantear recursos. En este caso, no se ha presentado ninguno.

¿Cuándo se produce la pérdida de la condición de Policía?

La jurisprudencia tiene establecido a este respecto que la sentencia penal opera como condición resolutoria y, por tanto, automáticamente: en cuanto que es firme. Ni siquiera es necesario esperar a la providencia con la que el Supremo informará de esa firmeza.

El Ministerio del Interior debería, pues, ejecutar la expulsión en cuanto se le comunique (el Supremo tiene que poner la condena en su conocimiento). Para ello, Interior no tiene que seguir ningún procedimiento administrativo, sino simplemente resolver la pérdida de la condición de funcionario, porque no se trata de una sanción motivada por una infracción disciplinaria, sino del ejercicio de una facultad legal por falta de aptitud sobrevenida.

La expulsión por la vía el Estatuto Básico del Empleado Público no tiene nada que ver con el expediente disciplinario que se abrió contra los policías con motivo de su procesamiento y que se encontraba suspendido a la espera de la sentencia del Supremo. Está fundamentado en la posible falta muy grave del artículo 7 de la Ley de Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, que se refiere a la comisión de un delito doloso relacionado con el servicio. En cuanto Pamies y Ballesteros fuesen expulsados o dejaran el Cuerpo, ese expediente perdería su objeto y sería archivado.

¿En qué consiste la situación en la que queda ahora Ballesteros?

Es él mismo quien, en los días posteriores a recibir la sentencia que conlleva su expulsión e inmediatamente después de haber solicitado el indulto, ha pedido jubilarse por incapacidad permanente. Para ello, ha tenido que acreditar en tiempo récord una "lesión o proceso patológico, somático o psíquico que esté estabilizado y sea irreversible o de remota o incierta reversibilidad, que le imposibilite totalmente para el desempeño de las funciones propias de su Cuerpo". Para calcular la pensión de jubilación por incapacidad permanente se le permite considerar como servicios efectivos, además de los acreditados hasta ese momento, los años que le restasen para cumplir la edad de jubilación.

¿Cabía alguna posibilidad de que no fuesen expulsados?

A priori, sólo una: el indulto. Ballesteros ha solicitado esa medida de gracia al Gobierno con el objetivo de que dejase sin efecto la condena a inhabilitación. Al mismo tiempo, había pedido al tribunal sentenciador -la Audiencia Nacional- que suspenda la ejecución de la sentencia, a lo que accederá con toda probabilidad. Mientras esa situación se mantuviese, el policía conservaría intactos todos sus derechos como funcionario. "Me limito a cumplir un cometido policial, la orden de un superior", decía el escrito de petición de indulto. Sorprendentemente, sólo unos días después pidió jubilarse.

Re: Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Vie, 15 Ago 2014, 07:30
por educas
Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
- Indignante y sorpendente, aunque esto último no tanto. Funcionario de las F y cuerpos de Seguridad condenado y "en un mes" jubilado con todos los derechos.
- Personalmente he estado TRES AÑOS para que me jubilaran por Incapacidad Permanente, a pesar de los informes médicos y las numerosas pruebas que hice y que sigo haciendo. Pero claro, problemas psicosomáticos, las evaluaciones de su Ç"salud mental" son prioritarios por encima de otras enfermedades menos agresivas, como el cáncer, o en mi caso un Enfisema Pulmonar crónico y severo (EPOC) con posibilidades de transplante pulmonar.......
- Y aún hay compañeros que solicitan el indulto para estos señores que TRASGREDIERON LA LEY y toda ética profesional, por mucho que obedecieran órdenes de un superior (totalmente contrarias a derecho)....
- Un mes desde la solicitud a la concesión de la I. P., espero que sirva para que, muchos compañeros que de verdad necesitan esa Incapacidad reconocida, les sirva la decisión del Tribunal Médico para conseguir lo que necesitan y se merecen.... es la única lectura positiva de la noticia.. :) :)

Re: Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Vie, 15 Ago 2014, 07:52
por Juan-27
Como siempre, este cortijo lo manejan como les interesa, les da lo mismo ya la lamentable imagen que dan.

Re: Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Vie, 15 Ago 2014, 09:06
por tsahal
Bienpagá, te llaman la bienpagá....

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Re: Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Vie, 15 Ago 2014, 11:54
por pilrakas
DEPOL Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Vaya cortijo que es España....que vergüenza.

Re: Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Vie, 15 Ago 2014, 16:39
por brabo
Boligrafo Kubotan

28?
materialpolicial.com
educas escribió:- Indignante y sorpendente, aunque esto último no tanto. Funcionario de las F y cuerpos de Seguridad condenado y "en un mes" jubilado con todos los derechos.
- Personalmente he estado TRES AÑOS para que me jubilaran por Incapacidad Permanente, a pesar de los informes médicos y las numerosas pruebas que hice y que sigo haciendo. Pero claro, problemas psicosomáticos, las evaluaciones de su Ç"salud mental" son prioritarios por encima de otras enfermedades menos agresivas, como el cáncer, o en mi caso un Enfisema Pulmonar crónico y severo (EPOC) con posibilidades de transplante pulmonar.......
- Y aún hay compañeros que solicitan el indulto para estos señores que TRASGREDIERON LA LEY y toda ética profesional, por mucho que obedecieran órdenes de un superior (totalmente contrarias a derecho)....
- Un mes desde la solicitud a la concesión de la I. P., espero que sirva para que, muchos compañeros que de verdad necesitan esa Incapacidad reconocida, les sirva la decisión del Tribunal Médico para conseguir lo que necesitan y se merecen.... es la única lectura positiva de la noticia.. :) :)



Qué te puedo decir compañero... asco es lo que siento, ojalá el Karma se encargue de tipos como este y de los que les favorecen

Re: Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Vie, 15 Ago 2014, 18:06
por Sinsentido

intervencionpolicial.com
Lo curioso del asunto es que sea un ministerio llevado por uno del PP (acusación en la causa) el que ahora le facilite la jubilación, y en pleno Agosto.

Y como siempre a las víctimas que las den.

Las cloacas de interior siguen sin limpiarse.

Re: Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Vie, 15 Ago 2014, 20:51
por tsahal
Academia Acceso CNP

sector115.es
Pp o psoe, los dos andan juntos x el mismo "proceso", que diria Otegi

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Re: Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Vie, 15 Ago 2014, 21:56
por Andres
Vaya imagen policial:

-- Inspector imputado por un delito tan grave como colaboración con banda armada y q luego queda solo en revelación de secretos asciende a Inspector -Jefe.

-- A esta persona una vez conocida la imputación CREO q le conceden la medalla roja (me lo han comentado varios compañeros destinados en San Sebastián).

-- A esta persona le conceden la jubilación por baja psicologica antes de expulsarlo del cuerpo cuando hay sentencia firme de condena. La jubilación se la dan en tiempo récord (en menos de un mes y en el mes de agosto q es vacacional).

Que cada uno haga las interpretaciones q quiera, pero parece q a esta persona le han pagado de esta manera por realizar algún acto fuera de la ley (como fue la de la condena por revelación de secretos).

Y q decir de las personas q le concedieron todas esas prebendas.

Lo dicho q cada uno intérprete lo q quiera. Yo lo tengo bastante claro.

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Re: Interior blinda la pensión del inspector del chivatazo

NotaPublicado: Dom, 17 Ago 2014, 18:38
por tiotuso
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Jubilarse antes que un Tribunal pronuncie su sentencia (probablemente condenatoria, con inhabilitación que conlleva expulsión definitiva del CNP) es una vieja argucia utilizada por muchos y concedida por la DGP desde que yo soy Policía (y antes, por supuesto). En casos muchos menos conocidos, de acuerdo, pero igualmente sintomática.
...hay muchas cosas que no tengo claras de este caso, pero sí digo que los caminos de la Policía son como los de DIOS, "inexcrutables".