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Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Mié, 04 Feb 2015, 12:47
por chapulin
Sigo sin entender porque se viene a este foro a preguntar sobre este tema, si se sabe como se le va a contestar al ser un foro policial...
Si quieren otro tipo de respuesta mejor que vayan a http://www.forodelamaria.es que ahí va a tener compresión le contaran leyendas urbanas como la de no recoger las notificaciones y le dirán que los que se equivocaron fueron los "secretas" y la subdelegación y todos tan contentos...

Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Mié, 04 Feb 2015, 14:01
por HectorCanarias
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
sergiom1985 escribió:Por lo que se ve en este foro, en el que deduzco que la mayor parte de foreros son policías. Cualquier persona culpable de algo, independientemente de la gravedad, pierde todos los derechos. Es decir, en este caso, por fumar marihuana eres responsable de todo lo que te suceda, por que al fin y al cabo eres un drogadicto. Así que para que no te pongan 400 euros de multa, aunque sean excesivos (Si es que lo son) lo que tienes que hacer es no fumar.
"búscate un abogado""los Guardias Urbanos la tienen cogida contigo ( y cuando tengas coche , ¡ prepárate ! :'( )""Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento."

Me pregunto entonces que utilidad tiene un foro de policías, cuando es evidente que se contesta en función de opiniones personales y no de opiniones profesionales, exceptuando algunos casos.

Vaya tela, el único consejo bueno que le han dado ¡Deja las drogas!. Pero hay cosas mas dañinas que las drogas y a la vista está.


Hay foros donde te consolaran y te dirán lo malos que son los "perros del estado" . Se ha montado una película usted sólo , aquí no estamos para reír la gracia a nadie que viene a contar que ha cometido una falta o un delito ,se le dice las claras si le gusta o no, es problema de cada uno , además el sarcasmo no es muy difícil de pillar. un Saludo

Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Mié, 04 Feb 2015, 14:53
por sergiom1985
Chaleco Balistico Sioen Sk1-6

790?
materialpolicial.com
Pete Bondurant escribió:Sr. sergiom1985, ¿quién ha dicho aquí de perder todos los derechos? ¿Quién ha dicho aquí que el autor del post es un drogadicto? ¿Dónde se ha dejado usted su comprensión lectora?

Así que para que no te pongan 400 euros de multa, aunque sean excesivos (Si es que lo son) lo que tienes que hacer es no fumar.


8| Es tan evidente que no sé qué decir. Si la Ley sanciona tomar sustancias estupefacientes en vía pública, pues es evidente que si no quieres ser sancionado, no debes fumar marihuana en la vía pública o en lugares públicos, como el caso que nos concierne.

Por lo demás, dos apuntes. Primero, sí, aquí la mayoría somos policías (por algo el foro se llama Foro Policía...). Y segundo, los comentarios que entrecomilla citando a un compañero, se hacen en tono sarcástico, pero usted vuelve a carecer de comprensión lectora.

Y por último:

"Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento."


¿? ¿Dónde está el problema? La verdad es que no sé en qué mundo vive usted.


Aquí a entrado un señor a hacer dos preguntas muy concretas.
Si la policía está en el derecho de cachearle o registrarle sin motivo aparente. (Evidentemente había motivo, ya que le habían encontrado una bolsa de marihuana)
Y si la multa corresponde a una infracción grave o moderadamente grave. Ya que lo que el entiende es que es una sanción leve, por la cantidad de droga o por el motivo que sea.

Bueno pues de todas las respuestas que le han dado. Solamente una persona se a centrado en contestar a esas preguntas, en mi opinión con mucha educación. Y la mayoría a hecho comentarios que no tenían que ver con ninguna de esas preguntas, dando consejos y escribiendo de forma sarcástica. Sarcasmo o no, no me parece la mejor manera de dirigirse a alguien que viene a hacer una consulta de este tipo.

Así que con respecto a este comentario )"Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento." Está claro que si la multa que debe recibir es de 300€ y a recibido 400€, hay dos partes equivocadas. El infractor y el responsable de que esa multa esté por encima de lo que corresponde.

Yo si se en que mundo vivo. Si tu crees que no vivo en el mismo mundo que tú, seguramente sea por que tu perspectiva es diferente. Ese es el problema.

Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Mié, 04 Feb 2015, 18:47
por chapulin

intervencionpolicial.com
sergiom1985 escribió:Y por último:

"Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento."


Aquí a entrado un señor a hacer dos preguntas muy concretas.
Si la policía está en el derecho de cachearle o registrarle sin motivo aparente. (Evidentemente había motivo, ya que le habían encontrado una bolsa de marihuana)
Y si la multa corresponde a una infracción grave o moderadamente grave. Ya que lo que el entiende es que es una sanción leve, por la cantidad de droga o por el motivo que sea.

Bueno pues de todas las respuestas que le han dado. Solamente una persona se a centrado en contestar a esas preguntas, en mi opinión con mucha educación. Y la mayoría a hecho comentarios que no tenían que ver con ninguna de esas preguntas, dando consejos y escribiendo de forma sarcástica. Sarcasmo o no, no me parece la mejor manera de dirigirse a alguien que viene a hacer una consulta de este tipo.

Así que con respecto a este comentario )"Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento." Está claro que si la multa que debe recibir es de 300€ y a recibido 400€, hay dos partes equivocadas. El infractor y el responsable de que esa multa esté por encima de lo que corresponde.

Yo si se en que mundo vivo. Si tu crees que no vivo en el mismo mundo que tú, seguramente sea por que tu perspectiva es diferente. Ese es el problema.


Respondiendo por alusiones:

1º el susodicho porta droga en la vía pública, como él mismo reconoce, este es su primer error pues la tenencia en la vía pública está prohibida y sancionada por :

Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.


Artículo 25

1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo. (aquí nadie puede valorar la gravedad de la infracción pues la misma ya esta regulada en la Ley es GRAVE)

y la cuantia:

Artículo 28

1. Las infracciones determinadas de acuerdo con lo dispuesto en la Sección anterior podrán ser corregidas por las autoridades competentes con una o más de las sanciones siguientes:

a) Multa de cinco millones una pesetas a cien millones de pesetas para infracciones muy graves. De cincuenta mil una pesetas a cinco millones de pesetas, para infracciones graves(de 300€ a 30.000€). De hasta cincuenta mil pesetas, para infracciones leves.

como ve la cuantia de 400 € es de las más pequeñas que se pueden aplicar y la misma está dentro del rango que permite la ley, por lo cual la subdelegación de gobierno tampoco se ha equivocado

En cuanto al cacheo de los agentes:


Artículo 19

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir, por el tiempo imprescindible, la circulación o permanencia en vías o lugares públicos en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia, cuando fuere necesario para su restablecimiento. Asimismo, podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados para acciones ilegales, dándoles el destino que legalmente proceda.

2. Para el descubrimiento y detención de los partícipes en un hecho delictivo causante de grave alarma social y para la recogida de los instrumentos, efectos o pruebas del mismo, se podrán establecer controles en las vías, lugares o establecimientos públicos, en la medida indispensable a los fines de este apartado, al objeto de proceder a la identificación de las personas que transiten o se encuentren en ellos, al registro de los vehículos y al control superficial de los efectos personales con el fin de comprobar que no se portan sustancias o instrumentos prohibidos o peligrosos. El resultado de la diligencia se pondrá de inmediato en conocimiento del Ministerio Fiscal.
Las drogas son una sustancia prohíbida por lo tanto los agentes actuantes estaban habilitados y tampoco estaban equivocados, ya que de hecho hallaron droga


En resumén el unico que estaba equivocado era el autor de la infracción y creador del post, que en vez de asumir su culpa y pagar la sanción solo se le ocurre es preguntar si los agentes estaban equivocados, si la sanción era equivocada; eso sí se lee el articulo de las cuantías pero no se lee el articulo que gradua las infracciones, achacando la culpa a los agentes cuando otra vez el equivocado es él.

Pero usted sigalo defendiendo que la culpa es de todos los demás....

por cierto :
Como bien le han dicho arriba si pueden registrale, y si no está de acuerdo vaya a un abogado y recurra.
Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento.
Un saludo

En esta respuesta que usted alude, le respondo que si se le puede registrar (primera duda resuelta) y le indico que el equivocado es él y no sobre quien el echa las culpas, todo conciso y sin ninguna falta de respeto, así deje de fliparlo y si no le gusta el foro no participe.

contesteme a una pregunta: ¿se ha registrado en el foro para defender a esta persona o es que no le han gustado las respuestas y ha creado uno, dos o tres perfiles para continuar con la misma? contesteme por favor

PD: hablando de educación a ver si se pasa por el foro de presentaciones y se presenta educadamente...

Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Mié, 04 Feb 2015, 20:06
por munere venator
Academia Acceso CNP

sector115.es
"Pa que " discutir con quien no quiere reconocer su error , solo se consigue perder el tiempo y encontrar mala leche

Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Mié, 04 Feb 2015, 21:00
por Pete Bondurant
sergiom1985 escribió:Aquí a entrado un señor a hacer dos preguntas muy concretas.
Si la policía está en el derecho de cachearle o registrarle sin motivo aparente. (Evidentemente había motivo, ya que le habían encontrado una bolsa de marihuana)
Y si la multa corresponde a una infracción grave o moderadamente grave. Ya que lo que el entiende es que es una sanción leve, por la cantidad de droga o por el motivo que sea.

Bueno pues de todas las respuestas que le han dado. Solamente una persona se a centrado en contestar a esas preguntas, en mi opinión con mucha educación. Y la mayoría a hecho comentarios que no tenían que ver con ninguna de esas preguntas, dando consejos y escribiendo de forma sarcástica. Sarcasmo o no, no me parece la mejor manera de dirigirse a alguien que viene a hacer una consulta de este tipo.

Así que con respecto a este comentario )"Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento." Está claro que si la multa que debe recibir es de 300€ y a recibido 400€, hay dos partes equivocadas. El infractor y el responsable de que esa multa esté por encima de lo que corresponde.

Yo si se en que mundo vivo. Si tu crees que no vivo en el mismo mundo que tú, seguramente sea por que tu perspectiva es diferente. Ese es el problema.


Aquí ha venido una persona con unas dudas que se le han resuelto inmediatamente, con respeto y sin que nadie le haya faltado, dándole explicaciones razonadas. Usted ve cosas donde no las hay.

Y por cierto, no está claro que haya dos partes equivocadas. De hecho sólo hay una, la del infractor. Se trata de una falta grave según la LO 1/92, como ya le han explicado, en donde se establece una cuantía que es la que se le ha aplicado al infractor.

Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Jue, 05 Feb 2015, 09:05
por sergiom1985
Curso Oposición a la Ertzaintza

Original. Más Fácil. Online.
nola2hurtu.eus
chapulin escribió:
sergiom1985 escribió:Y por último:

"Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento."


Aquí a entrado un señor a hacer dos preguntas muy concretas.
Si la policía está en el derecho de cachearle o registrarle sin motivo aparente. (Evidentemente había motivo, ya que le habían encontrado una bolsa de marihuana)
Y si la multa corresponde a una infracción grave o moderadamente grave. Ya que lo que el entiende es que es una sanción leve, por la cantidad de droga o por el motivo que sea.

Bueno pues de todas las respuestas que le han dado. Solamente una persona se a centrado en contestar a esas preguntas, en mi opinión con mucha educación. Y la mayoría a hecho comentarios que no tenían que ver con ninguna de esas preguntas, dando consejos y escribiendo de forma sarcástica. Sarcasmo o no, no me parece la mejor manera de dirigirse a alguien que viene a hacer una consulta de este tipo.

Así que con respecto a este comentario )"Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento." Está claro que si la multa que debe recibir es de 300€ y a recibido 400€, hay dos partes equivocadas. El infractor y el responsable de que esa multa esté por encima de lo que corresponde.

Yo si se en que mundo vivo. Si tu crees que no vivo en el mismo mundo que tú, seguramente sea por que tu perspectiva es diferente. Ese es el problema.


Respondiendo por alusiones:

1º el susodicho porta droga en la vía pública, como él mismo reconoce, este es su primer error pues la tenencia en la vía pública está prohibida y sancionada por :

Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.


Artículo 25

1. Constituyen infracciones graves a la seguridad ciudadana el consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenencia ilícita, aunque no estuviera destinada al tráfico, de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya infracción penal, así como el abandono en los sitios mencionados de útiles o instrumentos utilizados para su consumo. (aquí nadie puede valorar la gravedad de la infracción pues la misma ya esta regulada en la Ley es GRAVE)

y la cuantia:

Artículo 28

1. Las infracciones determinadas de acuerdo con lo dispuesto en la Sección anterior podrán ser corregidas por las autoridades competentes con una o más de las sanciones siguientes:

a) Multa de cinco millones una pesetas a cien millones de pesetas para infracciones muy graves. De cincuenta mil una pesetas a cinco millones de pesetas, para infracciones graves(de 300€ a 30.000€). De hasta cincuenta mil pesetas, para infracciones leves.

como ve la cuantia de 400 € es de las más pequeñas que se pueden aplicar y la misma está dentro del rango que permite la ley, por lo cual la subdelegación de gobierno tampoco se ha equivocado

En cuanto al cacheo de los agentes:


Artículo 19

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir, por el tiempo imprescindible, la circulación o permanencia en vías o lugares públicos en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia, cuando fuere necesario para su restablecimiento. Asimismo, podrán ocupar preventivamente los efectos o instrumentos susceptibles de ser utilizados para acciones ilegales, dándoles el destino que legalmente proceda.

2. Para el descubrimiento y detención de los partícipes en un hecho delictivo causante de grave alarma social y para la recogida de los instrumentos, efectos o pruebas del mismo, se podrán establecer controles en las vías, lugares o establecimientos públicos, en la medida indispensable a los fines de este apartado, al objeto de proceder a la identificación de las personas que transiten o se encuentren en ellos, al registro de los vehículos y al control superficial de los efectos personales con el fin de comprobar que no se portan sustancias o instrumentos prohibidos o peligrosos. El resultado de la diligencia se pondrá de inmediato en conocimiento del Ministerio Fiscal.
Las drogas son una sustancia prohíbida por lo tanto los agentes actuantes estaban habilitados y tampoco estaban equivocados, ya que de hecho hallaron droga


En resumén el unico que estaba equivocado era el autor de la infracción y creador del post, que en vez de asumir su culpa y pagar la sanción solo se le ocurre es preguntar si los agentes estaban equivocados, si la sanción era equivocada; eso sí se lee el articulo de las cuantías pero no se lee el articulo que gradua las infracciones, achacando la culpa a los agentes cuando otra vez el equivocado es él.

Pero usted sigalo defendiendo que la culpa es de todos los demás....

por cierto :
Como bien le han dicho arriba si pueden registrale, y si no está de acuerdo vaya a un abogado y recurra.
Si porta droga y se la pillan el que se ha equivocado es usted y no el "secreta" ni la subdelegacion/departamento.
Un saludo

En esta respuesta que usted alude, le respondo que si se le puede registrar (primera duda resuelta) y le indico que el equivocado es él y no sobre quien el echa las culpas, todo conciso y sin ninguna falta de respeto, así deje de fliparlo y si no le gusta el foro no participe.

contesteme a una pregunta: ¿se ha registrado en el foro para defender a esta persona o es que no le han gustado las respuestas y ha creado uno, dos o tres perfiles para continuar con la misma? contesteme por favor

PD: hablando de educación a ver si se pasa por el foro de presentaciones y se presenta educadamente...



Le contesto encantado. Me he registrado en este foro, por que me surgen muchas dudas con estos temas legales. También por que no me han parecido justos los comentarios que se le han dado a este hombre. Pero bueno estaré flipando como dices.
Lo de los dos o tres perfiles tampoco lo entiendo muy bien, no le veo sentido. Pero para contestar, te digo que no, solo tengo este perfil y es con el que estoy contestando a todo. Tengo trabajo y no tengo tiempo para hacerme varios perfiles y andar haciendo el tonto por el foro. Pero tengo que confesar que hay tratos que me dan mucha rabia y me provocan una gran impotencia. Será que soy un p*** blando.

Contestando a Pete Bondurant, que me comenta que no está claro que haya dos partes equivocadas.
Yo no he afirmado que haya dos partes equivocadas, ni la persona que ha entrado a preguntar (Hubiese sido una afirmación y no una pregunta). Yo he dicho, que en el hipotético caso de que la multa hubiese sido establecida con un valor mas alto que el que le corresponde por el tipo de infracción, el responsable de esto estaría equivocado. Por lo tanto el comentario de que el único culpable es el. No es cierto. Y con esto vuelvo a reafirmar en que el, desde el momento que le pillan una bolsa de marihuana, se le hace culpable de todo. Y si le ponen una multa mas alta de la que le corresponde que se joda. No haber hecho lo que no tenia que hacer. Lo que a mi no me parece justo es que el que piensa eso aquí, también lo piensa en la calle y claro. Y actúa en consecuencia.

Por lo tanto, en mi opinión, la respuesta correcta hubiese sido.
Si, le pueden registrar por que tienen motivos.
No, los policías de paisano no se equivocaron ni la administración tampoco. La multa corresponde a una falta grave y la cuantía es correcta.

Así no.
Usted es el culpable de todo. Búsquese un abogado que no es gratis pero es lo que hay. etc...

Por ultimo y creo que termino. No he entrado al foro a defender a nadie y tampoco a criticar por criticar. Es mas, pensaba que alguien me iba a dar la razón. Y no quiero que nade se enfade de verdad.

Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Jue, 05 Feb 2015, 10:00
por chapulin
Pero si lo que usted considera una respuesta aceptable es la que le di yo la primera vez......

Si los policías acreditados decimos que solo se ha equivocado el infractor es porque sabemos que la cuantía es correcta ( pues es el abc del policía) y por eso afirmamos con rotundidad las cosas...

Y si se fija en la persona que hizo la consulta, su intención es que le dieran la razón, y en cambio como nadie se la ha dado, no ha vuelto ni a dar las gracias.

Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Mar, 22 Sep 2015, 11:43
por urieve
Navajas De Rescate desde 10?!

desenfunda.com
Buenas tardes. En lugar de responder, me gustaría exponer mi caso, pero lo hago en este hilo, porque pienso que es el ideal.

Hará cuestión de un rato, un par de agentes del cuerpo nacional de policia, me han parado en un parque, en el que estaba sentado descansando tranquilamente, y me han pillado un porrro de hachís. no sé la cantidad exacta, pero era realmente poco, una dosis diría yo, inferior a la ultima falange del dedo meñique. El caso es que no estaba haciendome el porro, ni fumandomelo, ni si quiera fumando tabaco. Pero al verme nuevo por la zona ( venia de entragar unos papeles para un curso) pues se han acercado y realizado las preguntas de rigor. Yo, como no estoy tan acostumbrado, he preferido ser franco y enseñar el pequeño porro que llevaba encima. Apuntaron mis datos en una libreta y usaron la radio. Pero no se me ha entregado ningún papel. Ni si quiera este que tu puedes firmar o no firmar. ¿Qué posibilidades reales tengo de que me llegue la multa? Los agentes han estado conversando conmigo amablemente y despues se han ido. Yo no tengo ninguna copia de la denuncia.

Perdón por las faltas estoy un poco nervioso y el teclado del pc no va como deberia.

Muchas gracias por su tiempo. Un saludo. :'( :)

Re: Multa por posesión de marihuana

NotaPublicado: Mar, 22 Sep 2015, 12:24
por chino94372
Municion Marcadora 9mm Fx

Force on force
uspsuministros.com
Le han comunicado que estaba denunciado?