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Re: Duda con Real Decreto 463/2020 por el coronavirus

NotaPublicado: Mié, 18 Mar 2020, 15:00
por Hogueras con sidra
Yo leí una noticia en la que mencionando a la GC decían que varios trabajadores podían ir juntos al trabajo en el mismo coche particular, pero no es fuente fiable.
En el artículo 7 viene un apartado que permite que una persona sea el chófer de otra que no pueda conducir por causa mayor. Para mi, carecer de permiso de conducir entra en este apartado. Pero es mi interpretación.

Re: Duda con Real Decreto 463/2020 por el coronavirus

NotaPublicado: Jue, 19 Mar 2020, 14:11
por pablomeramente
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Buenas tardes. Llamé a guardia civil y me dijeron que podía llevar a mi mujer en el coche para llevarla a trabajar y que también podía llevar a mi hija menor porque la la podía dejar sola en casa. Que eso está justificado
La policía local me dijo lo mismo. Eso fue el sábado 14y domingo 15.
El miércoles 18 sale una noticia en el diario El Español en que que dicen que Interior les contesta acerca de cómo y para que coger el coche. Dicen que solo se puede llevar a alguien que tenga dificultades de movilidad, sea minusválido o se le lleve al médico .Que no podemos ejercer de transportistas de nuestro cónyuge.
Hoy sale una modificación del BOE del sábado para aclararlo todo y se dice que solo de forma individual se puede coger el coche y los eximentes son los mismos de arriba.
También hoy sale a las 3;00 de la tarde en canal Sur de Andalucía un policía que dice que si tengo que llevar a mi mujer a trabajar a las 6;00 de la mañana porque no hay transporte público que se puede hacer porque está justificado. A ver en qué quedamos.

Re: Duda con Real Decreto 463/2020 por el coronavirus

NotaPublicado: Jue, 19 Mar 2020, 14:13
por pablomeramente
Se está creando una inseguridad jurídica que después será muy difícil de defender. Esperemos que esto se aclare cuánto antes. Saludos y gracias.

Re: Duda con Real Decreto 463/2020 por el coronavirus

NotaPublicado: Jue, 19 Mar 2020, 16:28
por MIG
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Al final la denuncia la pone un policía bajo su criterio, y si Ud lleva a su mujer por necesidad a trabajar y además evita saturar transporte público donde se juntan desconocidos a contagiarse, el policía no va a denunciarle, como ya le han explicado varios cuerpos policiales y ya le digo yo, que en estos días estamos poniendo en mi ciudad miles de denuncias y siempre he dejado continuar a personas como Ud.

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Re: Duda con Real Decreto 463/2020 por el coronavirus

NotaPublicado: Jue, 19 Mar 2020, 22:04
por pablomeramente
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Buenas noches. Es de agradecer que en estas circunstancias se esté realizando una interpretación extensiva, por así decirlo de la orden. Lo cual no quita que no se deba circular en esas circunstancias. De todas formas tomaré el ejemplo y llevaré a mi esposa al trabajo en estas circunstancias, dado que por todas las partes la guardia civil y policía lo consideran justificado.Muchas gracias y saludos.

Re: Duda con Real Decreto 463/2020 por el coronavirus

NotaPublicado: Vie, 20 Mar 2020, 13:49
por SEBASTIÁN
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Para tranquilidad de todos repetir que el Policía interpreta y aplica la Ley y solo denuncia , no sanciona. Esa denuncia va a pasar a la Subdelegación del Gobierno en cada Provincia donde otro funcionario , llamado instructor valorará los detalles , informará por escrito nuevamente al denunciado para su confirmación y alegaciones ( por eso también es importante tener el domicilio actualizado en el DNI ) y en el caso de que haya existido exceso de celo en el Policía , archivará o aminorará la multa.

Re: Duda con Real Decreto 463/2020 por el coronavirus

NotaPublicado: Mar, 24 Mar 2020, 22:18
por Hogueras con sidra
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A mi asistenta, no tiene carnet de conducir, la multaron el lunes al llevarla su marido a trabajar. Los policías no atendieron a nada, incluso dijeron que el certificado de trabajo firmado por mi era inventado, ni se molestaron en llamarme por tfno, que figuraba en el papel y contrastar la explicación. Ni fuerza mayor ni ir a trabajar, toca hacer alegaciones cuando llegue la sanción.
Hoy martes por la tarde oí en la radio al mismísimo ministro de sanidad decir que se había modificado el decreto y se permitía viajar en un turismo de 4 o 5 plazas a 2 personas, con la máxima separación posible. En una furgoneta de 9 plazas podrían ir 3 bien separados. Esta medida es para permitir que varios trabajadores compartan vehículo. No he buscado la norma por lo que no me atrevo a confirmarlo.