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Re: Que me puede ocurrir por esto?

NotaPublicado: Mié, 06 Mar 2019, 14:47
por luchas7
Si es que....

Re: Que me puede ocurrir por esto?

NotaPublicado: Mié, 06 Mar 2019, 16:15
por SEBASTIÁN
Fundas Para Arma Corta

desenfunda.com
Consulta con tus padres o tutores del Centro de Menores donde estés. Ellos a su vez deberán consultar con un Abogado . El titular del teléfono o teléfonos desde donde se lanzaron las amenazas , que obligatoriamente es un mayor de edad, deberá responder . Siempre podrás alegar que eres un niño y no sabías lo que hacías.

Re: Que me puede ocurrir por esto?

NotaPublicado: Mié, 06 Mar 2019, 18:54
por CHAGALL

Re: Que me puede ocurrir por esto?

NotaPublicado: Jue, 07 Mar 2019, 21:46
por treintaydos
Chaleco Tactico Policia

militariapiel.es
Ulimos escribió:No iba drogado, y bajo efectos del alcohol me refiero a 2 cervezas y 1 chupito. A ver si dejamos de estar tan amargados

No olvides llevar un par de muestras.

Re: Que me puede ocurrir por esto?

NotaPublicado: Mar, 12 Mar 2019, 00:53
por M.A.
Temario Escala Básica

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joyfepolferes.es
Ulimos escribió:Hola, tengo 15 años y ayer eran carnavales y sali con unos amigos de fiesta, nos aburríamos y salimos un momento a un parque y empezamos a hacer bromas telefónicas, el caso es que un amigo me dio el número de un chico que le vendió un producto de wallapop, yo le llame y le empeze a decir que habia coqueteado con mi novia y cosas asi.

Pero aparte de eso luego que la broma no iba colando le empeze a amenazar de muerte en plan "Como te vea te voy a apuñalar, llevo navaja automática" "Valen armas de fuego?" "Vas a morir" y me dijo donde estas donde estas? que soy policía tengo 35 años, yo le respondi y le dije un sitio donde habia mucha gente, el caso es que fueron dos furgones de policía local y nos asustamos y nos fuimos de alli, luego le llamamos y le pedimos perdón pero nos empezo a decir que pidiesemos perdón en el juicio y más cosas, yo creo que la verdad es que nos denunciara y mi pregunta es, que me puede pasar? quiero decir que estaba también bajo efectos del alcohol.

Pongo a continuación el artículo 169 del código penal español vigente:
Artículo 169 del Código Penal:

El que amenazare a otro con causarle a él, a su familia o a otras personas con las que esté íntimamente vinculado un mal que constituya delitos de homicidio, lesiones, aborto, contra la libertad, torturas y contra la integridad moral, la libertad sexual, la intimidad, el honor, el patrimonio y el orden socioeconómico, será castigado:

1.º Con la pena de prisión de uno a cinco años, si se hubiere hecho la amenaza exigiendo una cantidad o imponiendo cualquier otra condición, aunque no sea ilícita, y el culpable hubiere conseguido su propósito. De no conseguirlo, se impondrá la pena de prisión de seis meses a tres años.

Las penas señaladas en el párrafo anterior se impondrán en su mitad superior si las amenazas se hicieren por escrito, por teléfono o por cualquier medio de comunicación o de reproducción, o en nombre de entidades o grupos reales o supuestos.

2.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años, cuando la amenaza no haya sido condicional.