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Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Vie, 05 Ene 2018, 06:55
por Ana05
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Hace algunos meses me contacto un abogado a través de un anuncio que yo había puesto en internet buscando abogado especialista en asuntos de google e Internet. . Se mostró muy prestable y colaborador, me dijo que tenía muy claro cómo resolver el problema, que tenía contactos en google, nic.es y la agencia española de protección de datos y que ya había resuelto problemas similares en ocasiones anteriores. Me envió un presupuesto por email de 1350€ con IVA incluido (aunque nunca me fue facilitada cualquier factura) en el cual se comprometía a resolver el asunto y si no lo hacía por supuesto me devolvería el dinero. También me envió una cuenta a nombre de una mujer diciendo que es también abogada y socia de su despacho. Ni este abogado tiene despacho ni esa mujer es abogada pues me he informado de ello a posterior. El único contacto que tengo es su móvil, el cual por supuesto no me contesta! Le pague la mitad del presupuesto el dia 6 de Octubre y desde entonces cada día me dice que esta en el tema y nada. Le solicite que me justificara el trabajo hecho hasta el momento con pruebas como emails o documentos y se recusó. Me dijo que si el trabajo no estuviera hecho el lunes 27 de Noviembre me devolvería el dinero y no me lo ha devuelto.
Lo único que hace es enviar mensajes por el móvil, mensaje tras mensaje con justificaciones y excusas. En el penúltimo mensaje me dice que me devolvió el dinero el 1 de Diciembre y que el domingo día 10 de Diciembre me enviaría el comprobante y ni el dinero me ha sido devuelto ni el comprobante me ha sido enviado. Su ultimo mensaje fue hace algunos días en el que me desea feliz navidad (TENDRÁ MORRO?!) y una vez mas me vuelve a decir que el día 2 de Enero me devolverá el dinero y NADA. Desde entonces ha desaparecido por completo, ni me contesta llamadas, ni emails, ni mensajes. Ya he presentado queja al colegio de abogados pero aun no he obtenido respuesta. Que puedo hacer ?

Re: Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Vie, 05 Ene 2018, 10:17
por kawasiko
Boligrafo Kubotan

28?
materialpolicial.com
Buenas,

Me temo que ha sido víctima de una estafa.

Interponga la correspondiente denuncia aportando todas las pruebas que posea tanto del hecho en sí, como de los datos si los tiene de el/los presuntos estafadores.

Re: Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Vie, 05 Ene 2018, 16:24
por Astro29

intervencionpolicial.com
Contacte también con el colegio de abogados, puede que realmente no se trate de un letrado.

Re: Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Vie, 05 Ene 2018, 18:30
por Ana05
Academia Acceso CNP

sector115.es
Hola

Si que es abogado, tuve el cuidado de verificarlo en el colegio de abogados de Madrid. Por eso me parece alucinante! Y es mejor que lo denuncie en la policia nacional, guardia civil o en el juzgado ?

Gracias.

Re: Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Vie, 05 Ene 2018, 20:27
por Astro29
La denuncia puede presentarla donde quiera, aunque es mejor que lo haga en las dependencias que le correspondan a su demarcación.

Aún sabiendo que es abogado yo pondría en conocimiento la denuncia al colegio.

Re: Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Vie, 05 Ene 2018, 20:33
por Angelfe
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Astro29 escribió:La denuncia puede presentarla donde quiera, aunque es mejor que lo haga en las dependencias que le correspondan a su demarcación.
Aún sabiendo que es abogado yo pondría en conocimiento la denuncia al colegio.


Estoy contigo, la Denuncia ante el colegio de abogados tiene que hacerla sin dudarlo, también creo que debería presentar la denuncia formal (policia/guardia civil) al colegio de abogados, mas que nada para que vean que esto no es una "queja de consumidor" ;) .

Saludos

Re: Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Vie, 05 Ene 2018, 23:11
por Ana05
Si si, yo presente la queja al colegio de abogados, al ICAM que es al cual pertenece el. Pero aun no me han contestado. Además investigando por Internet he descubierto que debe 40.000€ a la seguridad social y también descubrí el teléfono de un ex empleado suyo de una empresa que el tenía y el empleado me dijo que el no le había pagado. También he descubierto en un grupo de Facebook de trabajo en la provincia en donde el vive hay una persona que le hace publicidad como abogado laboral y en el grupo de amigos de esa persona está la persona a la cual hice el ingreso, reconoci el nombre. O sea que se metió en ese grupo haciendose buena publicidad para estafar.

Re: Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Lun, 08 Ene 2018, 07:04
por LARRO
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Quejas deontológicas por la actividad profesional de los colegiados y sociedades profesionales

Los abogados están obligados a respetar los principios éticos y deontológicos de la profesión y responden disciplinariamente por su incumplimiento.

El Colegio de Abogados de Madrid tiene como fin esencial la ordenación del ejercicio de la profesión y la protección de los intereses de los clientes de los abogados y de las sociedades profesionales. Para ello tiene reconocida la potestad de control deontológico y la de aplicación del régimen disciplinario.

La actuación profesional de los abogados se rige por el Estatuto General de la Abogacía Española (R.D. 658/2001), y por los Códigos Deontológicos de la Abogacía Española y Código de la Abogacía de la Unión Europea. El Estatuto General de la Abogacía Española regula, singularmente, la responsabilidad disciplinaria en sus artículos 80 a 93.

Las sociedades profesionales se rigen por la Ley 2/2007, modificada por la Ley 25/2009, que establece que la sociedad profesional y los profesionales que actúan en su seno ejercerán la abogacía de conformidad con el régimen deontológico y disciplinario propio de la profesión.

El Colegio de Abogados de Madrid es competente para conocer de las actuaciones profesionales que se lleven a cabo en su ámbito territorial, que comprende todo el territorio de la Comunidad de Madrid, salvo el que por Ley corresponde al de Alcalá de Henares.

Si usted considera que alguna actuación de un abogado ha infringido las normas deontológicas, puede presentar una queja que será debidamente tramitada y resuelta. Las quejas se pueden presentar:
##Personalmente en el Registro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, sito en C/ Serrano 11, planta baja, 28001 Madrid. Pinchar aquí para descargar formulario tipo de queja.
##Por correo postal, dirigido al Dpto. de Deontología Profesional del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, C/ Serrano 11, 28001 Madrid. Pinchar aquí para descargar formulario tipo de queja.


El órgano competente para el ejercicio de tales potestades es la Junta de Gobierno, y se ejerce de acuerdo con la Ley de 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad Autónoma de Madrid (Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid 245/2000 de 16 de noviembre).

Los acuerdos de la Junta de Gobierno podrán ser recurridos, en su caso, por los denunciantes, en alzada ante el Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid. El recurso se podrá presentar bien en dicho Consejo, bien en este Colegio, mediante escrito motivado en el plazo de un mes desde la recepción del Acuerdo de la Junta de Gobierno, conforme a lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Madrid, en concordancia con los arts. 114 y 115 de la Ley de 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución del Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid pone fin a la vía administrativa.

Contra las resoluciones del Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid puede interponerse, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Responsabilidad civil

Los abogados responden por los daños causados por dolo o negligencia a sus clientes.

Los abogados y las sociedades profesionales se obligan con sus clientes a realizar los encargos con la debida diligencia y de acuerdo con las normas de la profesión y con sus obligaciones contractuales.

Cuando por dolo o negligencia, dañen los intereses cuya defensa les hubiere sido confiada se les podrá exigir responsabilidad ante los órganos jurisdiccionales del orden civil.

Los colegiados del Colegio de Abogados de Madrid tienen un seguro de responsabilidad civil contratada por el Colegio que cubre hasta 18.000 euros las posibles reclamaciones derivadas del ejercicio de la profesión. Además, el abogado debe tener cubierta, con medios propios o con seguro, su responsabilidad profesional, en cuantía adecuada a los riesgos que asuma con su actuación.

Las sociedades profesionales deben también tener concertado un seguro que cubra la responsabilidad en la que éstas puedan incurrir en el ejercicio de la actividad o actividades que constituyen el objeto social.

El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, tiene suscrita una póliza de responsabilidad civil básica que da cobertura a los daños patrimoniales por los errores negligentes que sus Letrados ejercientes puedan cometer. La póliza no cubre los daños morales.

La cuantía cubierta es de un máximo de 18.000 euros con una franquicia de 1.000 euros para los siniestros actuales.

Los abogados en ejercicio, de manera voluntaria, y las sociedades profesionales, de manera obligatoria, pueden contar con una ampliación de cobertura por encima de los 18.000 euros.

Esta información no es pública y no consta en los archivos del ICAM, por lo que no podemos facilitarla.

Aquellos que consideren que han sufrido un perjuicio patrimonial por la actuación de un abogado, pueden presentar una declaración de siniestro y remitirla a:

AON Affinity
Asesoría Colegios Profesionales
C/ Rosario Pino, 14 y 16 - 9ª Planta
28020 Madrid
e-mail: madasesoria@aon.es

http://web.icam.es/page/5/Atenci%C3%B3n_al_Ciudadano

Le recomiendo siga los pasos indicados

Re: Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Lun, 08 Ene 2018, 21:09
por Ana05
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LARRO escribió:Quejas deontológicas por la actividad profesional de los colegiados y sociedades profesionales

Los abogados están obligados a respetar los principios éticos y deontológicos de la profesión y responden disciplinariamente por su incumplimiento.

El Colegio de Abogados de Madrid tiene como fin esencial la ordenación del ejercicio de la profesión y la protección de los intereses de los clientes de los abogados y de las sociedades profesionales. Para ello tiene reconocida la potestad de control deontológico y la de aplicación del régimen disciplinario.

La actuación profesional de los abogados se rige por el Estatuto General de la Abogacía Española (R.D. 658/2001), y por los Códigos Deontológicos de la Abogacía Española y Código de la Abogacía de la Unión Europea. El Estatuto General de la Abogacía Española regula, singularmente, la responsabilidad disciplinaria en sus artículos 80 a 93.

Las sociedades profesionales se rigen por la Ley 2/2007, modificada por la Ley 25/2009, que establece que la sociedad profesional y los profesionales que actúan en su seno ejercerán la abogacía de conformidad con el régimen deontológico y disciplinario propio de la profesión.

El Colegio de Abogados de Madrid es competente para conocer de las actuaciones profesionales que se lleven a cabo en su ámbito territorial, que comprende todo el territorio de la Comunidad de Madrid, salvo el que por Ley corresponde al de Alcalá de Henares.

Si usted considera que alguna actuación de un abogado ha infringido las normas deontológicas, puede presentar una queja que será debidamente tramitada y resuelta. Las quejas se pueden presentar:
##Personalmente en el Registro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, sito en C/ Serrano 11, planta baja, 28001 Madrid. Pinchar aquí para descargar formulario tipo de queja.
##Por correo postal, dirigido al Dpto. de Deontología Profesional del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, C/ Serrano 11, 28001 Madrid. Pinchar aquí para descargar formulario tipo de queja.


El órgano competente para el ejercicio de tales potestades es la Junta de Gobierno, y se ejerce de acuerdo con la Ley de 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad Autónoma de Madrid (Decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid 245/2000 de 16 de noviembre).

Los acuerdos de la Junta de Gobierno podrán ser recurridos, en su caso, por los denunciantes, en alzada ante el Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid. El recurso se podrá presentar bien en dicho Consejo, bien en este Colegio, mediante escrito motivado en el plazo de un mes desde la recepción del Acuerdo de la Junta de Gobierno, conforme a lo establecido en el artículo 21.1 de la Ley de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Madrid, en concordancia con los arts. 114 y 115 de la Ley de 30/92 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La resolución del Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid pone fin a la vía administrativa.

Contra las resoluciones del Consejo de Colegios de Abogados de la Comunidad de Madrid puede interponerse, en su caso, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Responsabilidad civil

Los abogados responden por los daños causados por dolo o negligencia a sus clientes.

Los abogados y las sociedades profesionales se obligan con sus clientes a realizar los encargos con la debida diligencia y de acuerdo con las normas de la profesión y con sus obligaciones contractuales.

Cuando por dolo o negligencia, dañen los intereses cuya defensa les hubiere sido confiada se les podrá exigir responsabilidad ante los órganos jurisdiccionales del orden civil.

Los colegiados del Colegio de Abogados de Madrid tienen un seguro de responsabilidad civil contratada por el Colegio que cubre hasta 18.000 euros las posibles reclamaciones derivadas del ejercicio de la profesión. Además, el abogado debe tener cubierta, con medios propios o con seguro, su responsabilidad profesional, en cuantía adecuada a los riesgos que asuma con su actuación.

Las sociedades profesionales deben también tener concertado un seguro que cubra la responsabilidad en la que éstas puedan incurrir en el ejercicio de la actividad o actividades que constituyen el objeto social.

El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, tiene suscrita una póliza de responsabilidad civil básica que da cobertura a los daños patrimoniales por los errores negligentes que sus Letrados ejercientes puedan cometer. La póliza no cubre los daños morales.

La cuantía cubierta es de un máximo de 18.000 euros con una franquicia de 1.000 euros para los siniestros actuales.

Los abogados en ejercicio, de manera voluntaria, y las sociedades profesionales, de manera obligatoria, pueden contar con una ampliación de cobertura por encima de los 18.000 euros.

Esta información no es pública y no consta en los archivos del ICAM, por lo que no podemos facilitarla.

Aquellos que consideren que han sufrido un perjuicio patrimonial por la actuación de un abogado, pueden presentar una declaración de siniestro y remitirla a:

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Asesoría Colegios Profesionales
C/ Rosario Pino, 14 y 16 - 9ª Planta
28020 Madrid
e-mail: madasesoria@aon.es

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Le recomiendo siga los pasos indicados


Hola muchas gracias por toda la información y por las contestas. En los foros de abogados no me contesta nadie!
Ya presente la queja al colegio de abogados ICAM, fue hace unas 3 semanas y aun no he obtenido respuesta. Y eso que envié un email. Después de seguir llamándole todo el día el abogado me envía un nuevo mensaje al móvil en el que dice que el ingreso había sido hecho el día 4 y que el lunes lo vería reflejado en mi cuenta y NADA. Hoy me metí en el grupo de Facebook en donde se auto publicita y los advertí de la situación y 20 minutos mas tarde me vuelve a enviar un mensaje en el que me dice que lo llame mañana a las 5 de la tarde !!! Algo se trae el en ese grupo de búsqueda de trabajo porque enseguida me contacto y me echaron del dichoso grupo. Parece como si intentara ganar tiempo,pero...para que???

Re: Mi abogado me ha estafado .

NotaPublicado: Mar, 09 Ene 2018, 08:04
por LARRO
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Ana05 escribió:
LARRO escribió:Si usted considera que alguna actuación de un abogado ha infringido las normas deontológicas, puede presentar una queja que será debidamente tramitada y resuelta. Las quejas se pueden presentar:
##Personalmente en el Registro del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, sito en C/ Serrano 11, planta baja, 28001 Madrid. Pinchar aquí para descargar formulario tipo de queja.
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la queja fue por email???
no es el procedimiento que indican