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Re: Baja temporal vehículo

NotaPublicado: Mié, 12 Jul 2017, 18:29
por rafi

foropolicia.es
Respecto a lo que planteas y resumiendo:

El vehículo tractor (por ejemplo un todo terreno) tiene que tener seguro, itv, estar dado de alta, etc. lo normal
El vehículo que remolca (el remolque) si es de menos de 750 kg de mma, solo ficha técnica (no pasa itv)
" " " " " si es de más de 750 kg de mma, permiso circulacion, tarjeta itv y seguro (como un coche)

lo que vaya encima del remolque... mientras no sea un muerto, puedes llevar lo que quieras. un coche de desguace, una barca, una moto,un kart o un coche dado de baja, modificado, etc. lo que te de la gana y no tiene que estar ni asegurado, ni con itv, ni nada. Precisamente por eso lo llevas "SOBRE" un remolque, porque no es apto para circular, y al ir encima, no va circulando.

Esa denuncia, si es como lo cuentas no tiene sentido, seguro 100%

Si no, como llevan las grúas del seguro (mapfre, pelayo, etc) un coche de un desguace a otro?

Tranquilo, fijate a ver si la denuncia pone que va sobre un remolque y no tendrás pegas. Si tienes dudas, escribeme privado

Re: Baja temporal vehículo

NotaPublicado: Mié, 12 Jul 2017, 19:23
por SEBASTIÁN
Cartera Mossos D`esquadra

Realizada en piel
enpieldeubrique.com
Totalmente de acuerdo . Ya lo decían los romanos "sumum ius , summa iniuria" ( no hay mayor injusticia que la aplicación estricta de la Ley ) Las Leyes se deben de interpretar y aplicar con la cabeza y el sentido común . El vehículo de competición no está circulando , su motor no está en marcha ni siquiera toca el asfalto y tampoco está "incorporado a la circulación " por ejemplo; estacionado .

Re: Baja temporal vehículo

NotaPublicado: Vie, 02 Mar 2018, 11:01
por davids7
Sí lo de dar de baja temporal el vehículo es una opción, pero sí coincido con los demás compañeros del foro que en un caso como el tuyo debería prevalecer la lógica y el sentido común antes que la interpretación de la ley. En un remolque puedes llevar lo que quieras mientras se cumpla con la M.M.A, y si el coche en ese momento lo estás transportando como un "mero objeto" sin darle el uso de un vehículo, pues no sé cuál es el problema.

Re: Baja temporal vehículo

NotaPublicado: Vie, 02 Mar 2018, 18:10
por SEBASTIÁN
La lógica y el sentido común siempre se han usado en la aplicación de la Ley por los Sres. Agentes de la Autoridad ( y no en su sustitución ) . No lo digo yo solo, sino que el artículo 3 del Código Civil me lo refrenda ( Artículo 3

1. Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas.

2. La equidad habrá de ponderarse en la aplicación de las normas, si bien las resoluciones de los Tribunales sólo podrán descansar de manera exclusiva en ella cuando la ley expresamente lo permita. )


Si embargo si interpretamos la Ley estrictamente todo vehículo a motor dado de alta en España ( aunque esté en el más profundo sótano privado ) tiene que estar dotado obligatoriamente de un seguro de responsabilidad civil .

Re: Baja temporal vehículo

NotaPublicado: Mié, 07 Mar 2018, 11:39
por E9
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Buenos días a todos.

Lee este enlace, creo que te pueden solucionar el problema.

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