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Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Vie, 07 Abr 2017, 16:27
por Fran_Laguna
Buenas tardes.
Cerca de mi domicilio hay placas para dos plazas de minusválidos. Suelen estar vacías todo el día ya que sólo un coche ocupa una de las plazas.
El motivo de la consulta es el siguiente. El coche con identificación por la mañana sale de su plaza ocupando un hueco justo delante. Y por la tarde vuelve a su plaza de minusválido. El objeto es la reserva del sitio para aparentemente un familiar. Cuando está aparcado en su plaza de minusválido tiene identificación y cuando lo aparca justo delante no. Personalmente me parece un abuso. Me gustaría saber si este comportamiento es correcto y si no si es sancionable. Gracias

Re: Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Vie, 07 Abr 2017, 23:26
por SEBASTIÁN
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nola2hurtu.eus
Eso se llama "abuso de derecho " . Tan sencillo como presentar un escrito en el Ayuntamiento respectivo detallando el asunto . Por otro lado la última reforma de la legislación sobre estos temas requiere que el vehículo que usa una de estas plazas reservadas esté siendo usado por la persona con discapacidad , como conductor o como pasajero.

Re: Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Sab, 08 Abr 2017, 07:56
por KOROKOTA
No lo veo, entiendo que si aparca enfrente y sin tarjeta es porque el vehículo lo utiliza un familiar no minusválido, y cuando ocupa la plaza de minusválido con tarjeta es porque lo utiliza un minusválido real. Entiendo que se está utilizando la tarjeta correctamente (lo cual no es muy habitual) por lo que no veo el abuso, otra cosa es que la plaza la ocupase un familiar sin minusvalía y con la tarjeta de derecho, y eso sí que sería un abuso por parte de los que utilizasen el coche. Un saludo

Re: Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Sab, 08 Abr 2017, 09:44
por Astro29
Navajas De Rescate desde 10?!

desenfunda.com
Eso tiene nombre, se llama picaresca y abunda en España

Re: Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Dom, 09 Abr 2017, 23:48
por Gendarme
HECKLER & KOCH SFP9

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uspsuministros.com
KOROKOTA escribió:No lo veo, entiendo que si aparca enfrente y sin tarjeta es porque el vehículo lo utiliza un familiar no minusválido, y cuando ocupa la plaza de minusválido con tarjeta es porque lo utiliza un minusválido real. Entiendo que se está utilizando la tarjeta correctamente (lo cual no es muy habitual) por lo que no veo el abuso, otra cosa es que la plaza la ocupase un familiar sin minusvalía y con la tarjeta de derecho, y eso sí que sería un abuso por parte de los que utilizasen el coche. Un saludo


Así lo entiendo yo.

Re: Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Lun, 10 Abr 2017, 10:33
por M.A.
Navaja Tactica Rui

militariapiel.es
KOROKOTA escribió:No lo veo, entiendo que si aparca enfrente y sin tarjeta es porque el vehículo lo utiliza un familiar no minusválido, y cuando ocupa la plaza de minusválido con tarjeta es porque lo utiliza un minusválido real. Entiendo que se está utilizando la tarjeta correctamente (lo cual no es muy habitual) por lo que no veo el abuso, otra cosa es que la plaza la ocupase un familiar sin minusvalía y con la tarjeta de derecho, y eso sí que sería un abuso por parte de los que utilizasen el coche. Un saludo

Una cosa es que aparque enfrente y sin tarjeta cuando el vehículo lo utilice un familiar no minusválido y en la plaza reservada cuando lo usa el minusválido; pero lo que parece según lo narrado es que el minusválido aparca por las mañanas (cuando hay muchos sitios libres) fuera de la plaza reservada para luego quitar el coche cuando llega su familiar por la tarde (y no hay sitios para aparcar) y así guardarle un sitio.

Habría que saber cuál de las dos cosas está ocurriendo realmente, porque son muy diferentes.

Re: Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Lun, 10 Abr 2017, 13:43
por Balaur
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joyfepolferes.es
Desconozco los pormenores de la normativa que regula las plazas reservadas a personas con minusvalía, y advierto que sólo soy un ciudadano y no un policía, pero considero que para que pudiera haber un reproche a la actuación de su vecino antes de nada tendría que estar obligado a aparcar en dicha plaza y no en otra.

Adjunto normativa: Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad
Artículo 8 Obligaciones de los titulares

1. El titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado a:

a) La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el artículo 6.
b) Colocar la tarjeta de estacionamiento en el salpicadero del vehículo o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original, de forma que resulte claramente visible y legible desde el exterior.
c) Identificarse cuando así se lo requiera un agente de la autoridad, acreditando su identidad con el Documento Nacional de Identidad, Número de Identificación Fiscal, tarjeta de residencia o cualquier otro documento oficial identificativo, sin el cual no podrá hacer uso de la tarjeta de estacionamiento. Los menores de 14 años podrán acreditar su identidad mediante la exhibición del documento de reconocimiento de grado de discapacidad.
d) Colaborar con los agentes de la autoridad para evitar, en el mayor grado posible, los problemas de tráfico que pudieran ocasionar al ejercitar los derechos que les confiere la utilización de la tarjeta de estacionamiento.
e) Devolver la tarjeta de estacionamiento caducada en el momento de la renovación o al término de su vigencia.
2. El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su retirada temporal, sin perjuicio de las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.

Asimismo, la utilización fraudulenta de la tarjeta de estacionamiento, tanto por personas físicas como por personas jurídicas, dará lugar a su cancelación, sin perjuicio de las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico
.

No se desprende de los apartados anteriores la obligación de su vecino discapacitado de aparcar en dicha plaza. El artículo hace referencia, en su apartado final, a la utilización fraudulenta de la tarjeta de estacionamiento, aunque me atrevería a decir que éste tampoco es un supuesto de uso fraudulento. Por lo tanto, aunque se trate de la posibilidad de que su vecino discapacitado aparque por la mañana en una plaza libre y por la tarde en una plaza reservada a personas con minusvalía reconocida, no encuentro una razón de reproche jurídico.

Mi vecino, por ejemplo, tiene una plaza de aparcamiento particular, dentro del garaje del edificio. Ocurre que en verano, cuando las plazas libres de la calle escasean, prefiere ocupar una de ellas para su mujer y cuando ésta vuelve del trabajo retira su coche hacia su plaza privada. Poseer una plaza de aparcamiento privado no le obliga a estacionar en ella, y entiendo que poseer una tarjeta de aparcamiento para discapacitados le permite a su vecino estacionar en dichas plazas acondicionadas pero no le fuerza a ello. El único reproche admisible en ambos casos es de tipo moral. Un saludo.

Re: Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Lun, 10 Abr 2017, 14:24
por M.A.
CNP Modelo Squad

gafaspolicia.com
Balaur escribió:Desconozco los pormenores de la normativa que regula las plazas reservadas a personas con minusvalía, y advierto que sólo soy un ciudadano y no un policía, pero considero que para que pudiera haber un reproche a la actuación de su vecino antes de nada tendría que estar obligado a aparcar en dicha plaza y no en otra.

Adjunto normativa: Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre, por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad
Artículo 8 Obligaciones de los titulares

1. El titular de la tarjeta de estacionamiento está obligado a:

a) La correcta utilización de la misma, conforme a las condiciones de uso previstas en el artículo 6.
b) Colocar la tarjeta de estacionamiento en el salpicadero del vehículo o adherirla al parabrisas delantero por el interior, siempre con el documento original, de forma que resulte claramente visible y legible desde el exterior.
c) Identificarse cuando así se lo requiera un agente de la autoridad, acreditando su identidad con el Documento Nacional de Identidad, Número de Identificación Fiscal, tarjeta de residencia o cualquier otro documento oficial identificativo, sin el cual no podrá hacer uso de la tarjeta de estacionamiento. Los menores de 14 años podrán acreditar su identidad mediante la exhibición del documento de reconocimiento de grado de discapacidad.
d) Colaborar con los agentes de la autoridad para evitar, en el mayor grado posible, los problemas de tráfico que pudieran ocasionar al ejercitar los derechos que les confiere la utilización de la tarjeta de estacionamiento.
e) Devolver la tarjeta de estacionamiento caducada en el momento de la renovación o al término de su vigencia.
2. El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la cancelación de la tarjeta de estacionamiento o a su retirada temporal, sin perjuicio de las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico.

Asimismo, la utilización fraudulenta de la tarjeta de estacionamiento, tanto por personas físicas como por personas jurídicas, dará lugar a su cancelación, sin perjuicio de las sanciones previstas por el ordenamiento jurídico
.

No se desprende de los apartados anteriores la obligación de su vecino discapacitado de aparcar en dicha plaza. El artículo hace referencia, en su apartado final, a la utilización fraudulenta de la tarjeta de estacionamiento, aunque me atrevería a decir que éste tampoco es un supuesto de uso fraudulento. Por lo tanto, aunque se trate de la posibilidad de que su vecino discapacitado aparque por la mañana en una plaza libre y por la tarde en una plaza reservada a personas con minusvalía reconocida, no encuentro una razón de reproche jurídico.

Mi vecino, por ejemplo, tiene una plaza de aparcamiento particular, dentro del garaje del edificio. Ocurre que en verano, cuando las plazas libres de la calle escasean, prefiere ocupar una de ellas para su mujer y cuando ésta vuelve del trabajo retira su coche hacia su plaza privada. Poseer una plaza de aparcamiento privado no le obliga a estacionar en ella, y entiendo que poseer una tarjeta de aparcamiento para discapacitados le permite a su vecino estacionar en dichas plazas acondicionadas pero no le fuerza a ello. El único reproche admisible en ambos casos es de tipo moral. Un saludo.

Efectivamente en mi opinión el reproche es moral, creo que lo correcto es que si a una persona con movilidad reducida le ponen en la puerta de su casa una plaza reservada para que no tenga que andar mucho cuando aparca, tal vez no se merezca dicha plaza si está ágil como para bajar de casa dos veces todos los días a mover el coche desde la plaza no reservada a la reservada y viceversa. Y si no es la persona minusválida la que baja todos los días a mover el coche sí que estaría incumpliendo la normativa puesto que no lo hace para trasladar al minusválido.

Re: Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Lun, 10 Abr 2017, 15:45
por SEBASTIÁN

foropolicia.es
Repito : cada vez que se "mueve" el coche , el discapacitado tiene que ir dentro , como conductor o como pasajero. Lo que no se puede hacer es poner o quitar la tarjeta cuando interesa.Carta al Ayuntamiento.

Re: Uso plaza minusvalido

NotaPublicado: Mar, 11 Abr 2017, 13:59
por KOROKOTA
Cartera porta placa CNP

fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
M.A. escribió:
KOROKOTA escribió:No lo veo, entiendo que si aparca enfrente y sin tarjeta es porque el vehículo lo utiliza un familiar no minusválido, y cuando ocupa la plaza de minusválido con tarjeta es porque lo utiliza un minusválido real. Entiendo que se está utilizando la tarjeta correctamente (lo cual no es muy habitual) por lo que no veo el abuso, otra cosa es que la plaza la ocupase un familiar sin minusvalía y con la tarjeta de derecho, y eso sí que sería un abuso por parte de los que utilizasen el coche. Un saludo

Una cosa es que aparque enfrente y sin tarjeta cuando el vehículo lo utilice un familiar no minusválido y en la plaza reservada cuando lo usa el minusválido; pero lo que parece según lo narrado es que el minusválido aparca por las mañanas (cuando hay muchos sitios libres) fuera de la plaza reservada para luego quitar el coche cuando llega su familiar por la tarde (y no hay sitios para aparcar) y así guardarle un sitio.

Habría que saber cuál de las dos cosas está ocurriendo realmente, porque son muy diferentes.



Si es como dices, Astro29 lo ha clavado, picaresca pura y dura y no se puede hacer nada, porque los minusválidos pueden aparcar donde quieran aunque tengan plazas reservadas para ellos. Un saludo