Página 1 de 1

Obligacion del ciudadano de denunciar segun lecrim

NotaPublicado: Mié, 11 Jun 2014, 17:35
por Usuario321
Hola,no se si este foro sea apropiado pero queria saber una cosa sobre unos articulos de la lecrim

Me refiero a los que se refieren a la obligacion del ciudadano a denunciar el conocimiento de cualquier delito,a pena de multa de 250 pesetas

Mi gran pregunta es,ha habido alguna aplicacion de este articulo en la practica?

No he encontrado mucha informacion en internet sobre este articulo siendo aplicado,y lo que he encontrado,incluyendo en este foro es que simplemente esto no se aplica en la practica o simplemente que no lo han visto

No se si haga falta poner enlace al tema donde he leido eso

Re: Obligacion del ciudadano de denunciar segun lecrim

NotaPublicado: Mié, 11 Jun 2014, 22:10
por KOROKOTA
Fundas Para Arma Corta

desenfunda.com
Usuario321 escribió:Hola,no se si este foro sea apropiado pero queria saber una cosa sobre unos articulos de la lecrim

Me refiero a los que se refieren a la obligacion del ciudadano a denunciar el conocimiento de cualquier delito,a pena de multa de 250 pesetas

Mi gran pregunta es,ha habido alguna aplicacion de este articulo en la practica?

No he encontrado mucha informacion en internet sobre este articulo siendo aplicado,y lo que he encontrado,incluyendo en este foro es que simplemente esto no se aplica en la practica o simplemente que no lo han visto

No se si haga falta poner enlace al tema donde he leido eso




JAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJAJA, pon el enlace porque si no nos vamos a reir un rato todos los del foro, 250 pesetas eh, un dineral.
Obligación del ciudadano?, en este pais los ciudadanos tienen derechos por lo que exigen continuamente su aplicación a la policia, pero obligaciones :lol: no es que tengan, es que no se les exige.

j**** con el tunel del tiempo

Re: Obligacion del ciudadano de denunciar segun lecrim

NotaPublicado: Mié, 11 Jun 2014, 23:00
por Usuario321
HECKLER & KOCH SFP9 - OR

Corredera Optical Ready
uspsuministros.com
foros/cuando-no-se-puede-denunciar-t82981.html

Este es el enlace al tema donde mencionan eso

Mi duda aparte de si de haya aplicado tambien tiene que ver si acaso es algo aplicable,y no he visto algo que indique que se haya aplicado o que sea posible la aplicacion

Tambien no se si esto incluiria cualquier tipo de delito o solo faltas o delitos muy menores si se toma en cuenta la "multa"

Espero esto no sea una pregunta no validad en esta seccion del foro,esperaba que quisas hubiera alguien que tuviera algun conocimiento o ejemplo practico

Re: Obligacion del ciudadano de denunciar segun lecrim

NotaPublicado: Jue, 12 Jun 2014, 09:14
por KOROKOTA
Cuchillos Serie Policia

Police-air force-swat
militariapiel.es
Usuario321 escribió:https://www.foropolicia.es/foros/cuando-no-se-puede-denunciar-t82981.html

Este es el enlace al tema donde mencionan eso

Mi duda aparte de si de haya aplicado tambien tiene que ver si acaso es algo aplicable,y no he visto algo que indique que se haya aplicado o que sea posible la aplicacion

Tambien no se si esto incluiria cualquier tipo de delito o solo faltas o delitos muy menores si se toma en cuenta la "multa"

Espero esto no sea una pregunta no validad en esta seccion del foro,esperaba que quisas hubiera alguien que tuviera algun conocimiento o ejemplo practico



En el enlace que pone se habla sobre en que situaciones no se debe coger denuncias a los ciudadanos, suponiendo que esten bajo los efectos del alcohol u otros efectos, como fármacos, drogas etc. Y este hilo lo ha abierto preguntando si cualquier ciudadano ante el conocimiento de un delito, tiene la obligacion de interponer denuncia; pues hay que usar la lógica, porque no es lo mismo si usted es testigo individual de la comision de un delito o son 500 personas. En el primer caso si que estaría obligado a interponer la denuncia pero en el segundo, se imagina a 500 personas en una comisaria para poner 500 denuncias sobre el mismo hecho, una locura para el que las tenga que redactar. De todas maneras lo que está claro es que la LEC esta anticuada al usar la peseta como moneda de multa.
En el titulo de la Denuncia de la LEC dice textualmente así:

Artículo 259.
El que presenciare la perpetración de cualquier delito público está obligado a ponerlo inmediatamente en conocimiento del Juez de instrucción, de paz, comarcal o municipal o funcionario fiscal más próximo al sitio en que se hallare, bajo la multa de 25 a 250 pesetas.
Artículo 260.
La obligación establecida en el artículo anterior no comprende a los impúberes ni a los que no gozaren del pleno uso de su razón.
Artículo 261.
Tampoco estarán obligados a denunciar:
1.º El cónyuge del delincuente.
2.º Los ascendientes y descendientes consanguíneos o afines del delincuente y sus colaterales consanguíneos o uterinos y afines hasta el segundo grado inclusive.
3.º Los hijos naturales respecto de la madre en todo caso, y respecto del padre cuando estuvieren reconocidos, así como la madre y el padre en iguales casos.
Artículo 262.
Los que por razón de sus cargos, profesiones u oficios tuvieren noticia de algún delito público, estarán obligados a denunciarlo inmediatamente al Ministerio fiscal, al Tribunal competente, al Juez de instrucción y, en su defecto, al municipal o al funcionario de policía más próximo al sitio si se tratare de un delito flagrante.
Los que no cumpliesen esta obligación incurrirán en la multa señalada en el artículo 259, que se impondrá disciplinariamente.
Si la omisión en dar parte fuere de un Profesor en Medicina, Cirugía o Farmacia y tuviese relación con el ejercicio de sus actividades profesionales, la multa no podrá ser inferior a 125 pesetas ni superior a 250.
Si el que hubiese incurrido en la omisión fuere empleado público, se pondrá además en conocimiento de su superior inmediato para los efectos a que hubiere lugar en el orden administrativo.
Lo dispuesto en este artículo se entiende cuando la omisión no produjere responsabilidad con arreglo a las Leyes.
Los que seguro que no estan obligados a denunciar ademas de los anteriores, son los abogados defensores de los causantes del delito o falta.
En cuanto a que si un ciudadno, "al no haber denunciado, es multado" no conozco ningun caso que sea ajeno al presunto delito, pero eso sí, el señor juez podría imputar a cualquier ciudadano si tuviera la constancia de que un delito no ha sido denunciado por causas ajenas a los articulos anteriormente citados de la LEC.
Espero que la duda esté resuelta

Un saludo

Re: Obligacion del ciudadano de denunciar segun lecrim

NotaPublicado: Jue, 12 Jun 2014, 19:33
por Usuario321
Curso Online ascenso a Oficial

joyfepolferes.es
Bueno eso resuelve un poco la duda

Aunque partiendo del ejemplo que uso,esas otras 500 personas podrian ser imputables al haber presenciado el hecho? Ya que como el articulo se refiere a cualquier ciudadano

Y acaso habria diferencia entre alguien que fue testigo y alguien que supo sobre el hecho, Por ejemplo que hubiera escuchado a alguien decir que cometio algo,o la misma persona que cometio el hecho lo diga?

Lo digo ya que como menciona "el conocimiento" pero el articulo menciona "la perpetracion" no se si sean la misma cosa

De todos modos como parece que no veo algun ejemplo practico sobre si este articulo se ha aplicado no se si haga falta seguir preguntando

Dejo que los moderadores decidan si cerrar el tema o no

Gracias por su tiempo

Re: Obligacion del ciudadano de denunciar segun lecrim

NotaPublicado: Sab, 14 Jun 2014, 21:47
por Usuario321
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Otra cosa que olvide añadir aunque no se si haga falta

Si alguien quebrantara este articulo estaria cometiendo otro delito aparte?

Gracias por su tiempo

Re: Obligacion del ciudadano de denunciar segun lecrim

NotaPublicado: Lun, 23 Jun 2014, 13:54
por Job314

foropolicia.es
Resuelto, tema cerrado.