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Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Mié, 23 Mar 2016, 11:56
por Duelsinth
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Desinquieto68 escribió:buscaré lo que son churras y merinas.


Sabia y humilde decisión, que yo aplaudo, por supuesto. Lo primero es lo primero, y luego ya puede venir todo lo demás.

Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Mié, 23 Mar 2016, 12:38
por Eloisa
Elige Modelo

13 euros la unidad
militariapiel.es
Hola,

pongo el significado,
Refranero multilingüe > Buscador > Ficha Paremia

:ok:

Tipo: Locución proverbial

Idioma: Español

Enunciado: No hay que mezclar churras con merinas

Ideas clave: Incoherencia

Significado: Recomienda no colocar en el mismo plano temas o personas de naturaleza muy distinta.

Marcador de uso: De uso actual

Comentario al marcador de uso: Se usa también como locución: Mezclar churras con merinas.

Observaciones: El referente elegido en el refranero procede del mundo ovino, en el que la lana de las ovejas merinas es más apreciada que la de las churras, porque la lana de estas últimas es más basta. El desconocimiento del referente puede llevar a alterar la forma: Mezclar churros con merinos.

Saludos,

Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Mié, 23 Mar 2016, 14:56
por Desinquieto68
Temario Escala Básica

90 euros. Hacemos envíos a toda España.
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Duelsinth escribió:
Desinquieto68 escribió:buscaré lo que son churras y merinas.


Sabia y humilde decisión, que yo aplaudo, por supuesto. Lo primero es lo primero, y luego ya puede venir todo lo demás.


Humilde me considero y creo que así piensan de mí mis amistades.

Gracias Eloisa por la aportación de churras y merinas pero no veo ni churras ni merinas ni la mezcla de ellas en mi comentario al usuario que preguntaba, comentario que suscribo nuevamente.

Desde luego yo no estoy aquí para discutir con nadie, si Duelsinth cree que estoy equivocado que lo rebata jurídicamente o que haga su aportación al usuario que preguntaba.

Un saludo

Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Mié, 23 Mar 2016, 20:12
por iñigo
Gc Edicion 175 Aniversario

gafaspolicia.com
Desinquieto68 escribió:
Duelsinth escribió:
Desinquieto68 escribió:buscaré lo que son churras y merinas.


Sabia y humilde decisión, que yo aplaudo, por supuesto. Lo primero es lo primero, y luego ya puede venir todo lo demás.


Humilde me considero y creo que así piensan de mí mis amistades.

Gracias Eloisa por la aportación de churras y merinas pero no veo ni churras ni merinas ni la mezcla de ellas en mi comentario al usuario que preguntaba, comentario que suscribo nuevamente.

Desde luego yo no estoy aquí para discutir con nadie, si Duelsinth cree que estoy equivocado que lo rebata jurídicamente o que haga su aportación al usuario que preguntaba.

Un saludo


Lo cierto es que esto es un tema complicado. Lo normal en estos casos es que algún familiar directo de la persona sea la que "mueva el tema" lo que no quiere decir que si no existen esos familiares sea otra persona la que ponga en conocimiento de las autoridades y estas actúen.
El tema de las incapacidades es complicado, todo lo referido al ámbito civil es realmente complicado y los pasos largos y tediosos.

Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Mié, 23 Mar 2016, 20:28
por Desinquieto68

foropolicia.es
iñigo escribió:
Lo cierto es que esto es un tema complicado. Lo normal en estos casos es que algún familiar directo de la persona sea la que "mueva el tema" lo que no quiere decir que si no existen esos familiares sea otra persona la que ponga en conocimiento de las autoridades y estas actúen.
El tema de las incapacidades es complicado, todo lo referido al ámbito civil es realmente complicado y los pasos largos y tediosos.


Exacto. Sobre todo porque la voluntad de la persona impera sobre todo lo demás por mucho que los que le rodeen piensan o crean que es otra vida la que debe llevar.
Y en conocimiento de las autoridades claro que lo puede hacer el amigo, bien sea por denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad públicos o directamente ante el ministerio fiscal, que este último si tiene legitimación para interponer demanda o querella si hiciera falta en defensa de esta persona,pero hay que escribir bastante y darle datos convincentes con una buena investigación. Pero una vez que denuncie ya no le van a dar más datos de cómo vaya el asunto.

Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Jue, 24 Mar 2016, 15:11
por Charlie_CNP
Cartera Porta Placa Ertzaintza

Fabricado en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Señor Desinquieto68, no sé si usted es profesional de las FFCCS pero usted mete la pata cuando dice que un amigo no está "legitimado" a denunciar una detención ilegal, que podría concordar con el supuesto. Eso es lo que le ha dicho el compañero Duelsinth y usted se ha salido por la tangente.

Enviado desde el móvil.

Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Jue, 24 Mar 2016, 20:46
por Duelsinth
El forero Desinquieto68, entiendo que con toda la buena intención del mundo, ha mezclado en su mensaje churras y merinas. Sí, churras y merinas. Por momentos parece que se está refiriendo a la posibilidad de promover un proceso civil de incapacitación con el correspondiente sometimiento de la afectada a tutela o curatela (aunque en ningún momento emplea estos términos), y de ahí que parezca que habla de una legitimación restringida a ciertos familiares de la interesada. Pero también podría estar refiriéndose a la posibilidad de solicitar un habeas corpus, procedimiento cuya interposición también se encuentra restringida a, entre otros, ciertos familiares de la interesada. En lugar de referirse a soluciones legales concretas, habla muy genéricamente de, por ejemplo, "acción judicial encaminada a demostrar que la chica en verdad no se encuentra en ese lugar por su propia voluntad o su voluntad no ha sido libre", o de "acción judicial para intentar sacar a la chica de ese lugar", o de "acciones judiciales en favor de esta chica". Con estas expresiones nadie puede saber a qué se está refiriendo (acciones civiles, penales...). Pero es que luego (después de negar a la amiga legitimación para interponer no se sabe todavía muy bien qué acciones), y mezclándolo con todo lo anterior, dice que si la amiga consigue demostrar no se sabe muy bien qué, entonces sí que "puede interponer denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad públicos y se encargarán de realizar la investigación y de ponerla en conocimiento del juzgado correspondiente. También puede dirigirse a la fiscalía e interponer la denuncia allí." Y al final termina diciendo, en contradicción con lo anterior, que "debería ser un familiar directo el que interpusiera la denuncia por lo que se hace importante que mantenga el contacto con su familia". No se sabe si este "debería" es un "debería" en el sentido de "así sería mucho mejor", o en el sentido de "tiene que ser así porque es la única forma". La faena la remata cuando dice que, una vez recopilados no se sabe muy bien qué datos, "puede intentar contactar con alguna unidad de la policia o guardia civil que este especializada en sectas." 8|

Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Jue, 24 Mar 2016, 21:13
por Desinquieto68
Charlie_CNP escribió:Señor Desinquieto68, no sé si usted es profesional de las FFCCS pero usted mete la pata cuando dice que un amigo no está "legitimado" a denunciar una detención ilegal, que podría concordar con el supuesto. Eso es lo que le ha dicho el compañero Duelsinth y usted se ha salido por la tangente.

Enviado desde el móvil.


Señor Charlie_CNP si usted revisa mi comentario vera claramente que digo que el amigo no podrá interponer acciones judiciales porque no está legitimado para ello y en cambio sí que podrá poner denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad públicos o ante la fiscalía directamente (punto 4). Más claro el agua.

No me he salido por ninguna tangente pero el señor Duelsinth se ha limitado a hacer unas preguntas y luego a acabar con una frase que no viene al caso.

Edito: detención ilegal no creo que haya, aunque podría haberla pero se habrán asegurado de tener firmado su consentimiento. El caso como otros parecidos se centra en demostrar que la voluntad que expresa no es libre, cosa bastante difícil en cualquier juzgado.

Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Jue, 24 Mar 2016, 21:22
por Desinquieto68
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
Duelsinth escribió:El forero Desinquieto68, entiendo que con toda la buena intención del mundo, ha mezclado en su mensaje churras y merinas. Sí, churras y merinas. Por momentos parece que se está refiriendo a la posibilidad de promover un proceso civil de incapacitación con el correspondiente sometimiento de la afectada a tutela o curatela (aunque en ningún momento emplea estos términos), y de ahí que parezca que habla de una legitimación restringida a ciertos familiares de la interesada. Pero también podría estar refiriéndose a la posibilidad de solicitar un habeas corpus, procedimiento cuya interposición también se encuentra restringida a, entre otros, ciertos familiares de la interesada. En lugar de referirse a soluciones legales concretas, habla muy genéricamente de, por ejemplo, "acción judicial encaminada a demostrar que la chica en verdad no se encuentra en ese lugar por su propia voluntad o su voluntad no ha sido libre", o de "acción judicial para intentar sacar a la chica de ese lugar", o de "acciones judiciales en favor de esta chica". Con estas expresiones nadie puede saber a qué se está refiriendo (acciones civiles, penales...). Pero es que luego (después de negar a la amiga legitimación para interponer no se sabe todavía muy bien qué acciones), y mezclándolo con todo lo anterior, dice que si la amiga consigue demostrar no se sabe muy bien qué, entonces sí que "puede interponer denuncia ante las fuerzas y cuerpos de seguridad públicos y se encargarán de realizar la investigación y de ponerla en conocimiento del juzgado correspondiente. También puede dirigirse a la fiscalía e interponer la denuncia allí." Y al final termina diciendo, en contradicción con lo anterior, que "debería ser un familiar directo el que interpusiera la denuncia por lo que se hace importante que mantenga el contacto con su familia". No se sabe si este "debería" es un "debería" en el sentido de "así sería mucho mejor", o en el sentido de "tiene que ser así porque es la única forma". La faena la remata cuando dice que, una vez recopilados no se sabe muy bien qué datos, "puede intentar contactar con alguna unidad de la policia o guardia civil que este especializada en sectas." 8|


Lamento no ser más explícito, pero sin más datos no se puede decir mucho más ni se puede aconsejar una acción determinada. Espero que al amigo le sirva de algo.
Y lamento no saber explicarme mejor, a veces doy por supuesto que todo el mundo entiende la diferencia entre ejercer acciones judiciales e interponer denuncia que son cosas totalmente diferentes.

Habeas corpus duelsinth??

Un saludo

Re: Prohibicion de comunicar con una amiga

NotaPublicado: Mié, 17 Jul 2019, 18:25
por Tatu
Guante Corte-trauma

Excelente oferta solo **25?**
materialpolicial.com
FINAL FELIZ.Bueno,la amiga de la que les hable hace tiempo,ya ha regresado a su casa.No quiere ni oir hablar del tema sobre la secta en la que ha estado.Va a empezar otra vez a ver a medicos ya psicologos.Solamente agradecer a todas las personas que me han apoyado con este caso.Un saludo y un abrazo a tod@s.