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Autodefensa

NotaPublicado: Mar, 16 Feb 2016, 17:05
por Dartex
Temario Escala Básica

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joyfepolferes.es
Buenas, llevo varios días con una duda rondándome. Soy un civil con ciertas preocupaciones por la seguridad y las opciones de autodefensa que tengo disponibles dentro de la legislación.

Acostumbro a llevar un cuchillo encima, siempre dentro de márgenes legales, menores a 11Cm y con hoja sólo por un lado, nada de puñales ni automáticos. En caso de encontrarme atacado en la calle, La legislación avalaría que me defendiese con él? O lo único que me traería serían problemas?


Quitando eso, cual es la opinión general que tenéis vosotros, policías, de la inexistencia del derecho a Autodefensa con Armas en la propia casa de una persona? Consideráis positivo para vuestro trabajo/Sociedad en la que vivimos que no exista la posibilidad para civiles de usar en arma de fuego en caso de invasión a un hogar? O deberíamos parecernos al menos un poco más a otros países de la unión Europea?

Re: Autodefensa

NotaPublicado: Mar, 16 Feb 2016, 21:41
por SEBASTIÁN
Edición 175 Aniversario Gc

45
gafaspolicia.com
Olvídate del cuchillo si no eres cocinero . Lo mejor es aerosol y estudiar técnicas de autoprotección ( busca en internet pero una de muchas es no embriagarse en la calle ni frecuentar ciertos lugares )
En tu casa si te puedes defender con armas siempre que exista un "equilibrio" .

Re: Autodefensa

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 10:20
por Unforal

foropolicia.es
Bien dicho, olvídate de portar un cuchillo o cualquier otra arma, haz caso del compañero SEBASTIAN.

De hecho, lo normal es que acabes denunciado por portar un cuchillo en vía pública, dependiendo de las dimensiones del mismo, tipo de cuchillo, donde y cuando lo lleves.

Reglamento de armas:
-Portar armas de fuego o de cualesquiera otra clase en establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, salvo en los lugares habilitados para su uso, con multas de 300,51 a 450,76 euros, incautación de las armas y, en su caso, retirada de las licencias o permisos correspondientes.

L.O 4/2015
-Portar armas prohibidas o portar o usar armas de modo negligente y temerario o fuera de los lugares habilitados para ello.

Lo mejor es que hagas caso y te olvides de llevar encima ningún cuchillo.

Re: Autodefensa

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 11:45
por Dartex
Cartera Guardia Civil

Fabricada en piel de vacuno
enpieldeubrique.com
Pensaba que me había leído bien el reglamento y se permitía en España llevar un cuchillo reglamentario en España, una navaja, en mi caso, por la vía pública siempre que no lo utilizase ni hiciese el "subnormal" con él, que no es el caso, porque siempre va oculto en el pantalón.

Pero por lo que veo no, Muchas gracias por la información.

De cualquier manera, sé por ejemplo que en caso de tener un arma de fuego en mi casa, por ejemplo para tiro olímpico, esta no podría ser utilizada como método de defensa en caso de una agresión.

¿Vosotros como personas os parece positivo esto? Evidentemente sé que debéis y acatáis los reglamentos igual que todos los civiles (Aunque unos tengamos que cumplirlos y vosotros estéis por si nos los saltamos), pero de forma personal, ¿Veis correctas estas leyes? Únicamente Curiosidad.

Re: Autodefensa

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 16:34
por SEBASTIÁN
Objetivamente los cuchillos no están prohibidos en la calle , al igual que los sables ,las espadas , hachas, hoces, tijeras, bisturíes, las lanzas , etc . Pero cualquier Policía que te detecte uno u otra arma o herramienta similar seguramente te los quitará. Lo que está prohibido son las navajas ( instrumentos cortantes plegables ) de más de 11 cm . debido a que son fácilmente ocultables. Los bates de baseball tampoco están prohibidos pero si yo le detecto uno a alquien en el portabultos y no se dedica a este deporte se lo quito.

En cuanto a armas de fuego está el llamado "estado de necesidad" . Si te disparan con un arma de fuego estaría legitimado que tu respondieras con un arma para tiro olímpico. Pero claro , eso lo tienes que justificar muy bien delante de un Juez.

Re: Autodefensa

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 17:15
por Dartex
Muchas gracias Sebastián por la información, ambas puntualizaciones me dejan las cosas más claras. Tanto que puedo llevar una navaja inferior a 11cm (Habitualmente llevo la típica victorinox ) sin problema y sabiendo que no incumplo ninguna norma, aunque corra el riesgo de que me la quiten :( (Si sigo infringiendo algo con lo de llevar la navaja, por favor decídmelo y corrijo) ((Fallo mío al llamarlo cuchillo))

Interesante también lo que comentas de la protección con armas de fuego, aunque como bien señalas siempre cuando ya te han disparado, una última duda, no podría ser a modo disuasorio(No sé si es la palabra correcta) , Por ejemplo, en caso de un asalto a la vivienda, avisar a voces que estás armado y que si alguien intenta entrar a la habitación dispararías, tendría algún pie en un juicio como defensa legítima? Únicamente quiero saber para saber si sería adecuado actuar así en caso de necesidad, que por suerte es muy poco común en este país.

Gracias de antemano.

Re: Autodefensa

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 17:32
por chino94372
Curso Acceso Guardia Civil

Inicio curso: septiembre 2019
de-pol.es
El porte de toda arma reglamentada en el reglamento de armas fuera del lugar destinado para su uso es ilegal y denunciable según el propio reglamento, la navaja es un arma reglamentada, por lo tanto es denunciable.
Lo de alguien entra en tu casa es de pura lógica, si tu vida o la de tu familia corre peligro cierto te podrás defender con los medios que dispongas a tu alcance, si tienes una escopeta pues perfecto, ahora, según la.legislación que tenemos, por que una persona simplemente entre a robar a tu casa no puedes agredirla de ninguna manera.

Re: Autodefensa

NotaPublicado: Mié, 17 Feb 2016, 20:00
por kawasiko
Fundas De Pernera

Para servicios en moto
materialpolicial.com
Artículo 146

1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5.ª, 6.ª y 7.ª. Queda al prudente criterio de las autoridades y sus agentes apreciar si el portador de las armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según la ocasión, momento o circunstancia, en especial si se trata de armas amparadas en licencias B, por razones de seguridad.

2. Deberá en general estimarse ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción de este Reglamento.

Re: Autodefensa

NotaPublicado: Jue, 18 Feb 2016, 18:19
por Hogueras con sidra

intervencionpolicial.com
Existe un caso en el que un ciudadano mató a un asaltante de su casa con el arma de tiro olímpico y fue declarado inocente por aplicársele defensa propia. Era un conocido industrial valenciano de una firma de ropa interior masculina.
También es cierto que creo que estaban amenazando con un arma de fuego a su hijo, por lo que la proporcionalidad y oportunidad quedaron demostradas.

Si entran a robar en su casa y usted usa su escopeta de caza o arma de tiro olímpico y mata o hiere al asaltante, así sin otra razón, le van a detener y casi seguro condenar por homicidio o lesiones.
Si entran en su casa a robar y con hechos claros y probados ponen en riesgo su vida o la de terceros, usted podrá defenderse y no dejarse matar o herir o no dejar matar o herir a terceros, con los medios de defensa a su alcance. Incluso con aquellos con los que no tenga licencia para uso o tenencia, pues eso sería otro delito y también podría estar justificado legalmente.

La legislación sobre la defensa propia está definida en la ley, pero no se puede generalizar, pues todo caso es particular.
Y no, en España no es legal la "teoria del castillo" como en algunos estados de USA, en los que se considera legal matar a toda persona que pisa el jardín de nuestra casa.

Por cierto, deje la navaja victorinox para sus paseos por el campo y no para transitar por la ciudad y menos si la quiere usar como arma defensiva, pues está infringiendo la ley, como le han dicho dos veces y parece no haber captado.

Respecto a nuestra opinión de la limitación de la defensa propia, pues como profesionales nos limitamos a a aplicar la ley.
Yo no soy partidario de matar a toda persona desconocida que ponga un pie en mi casa, aunque al huir se lleve algo mio que ha robado. Pero no me voy a dejar robar facilmente y menos me pondré de rodillas para que me ejecute o quedaré inmovil si amenazan con matar a alguien de mi casa, aunque sea mi perro. Pero está claro que cada caso es particular y la ley puede amparar la legítima defensa.

Recuerdo también otra sentencia, por la muerte de un ladrón que huía, siendo abatido por la espalda por un miembro de la familia Tous. Fue condenado, pero no recuerdo la condena exacta.

Sobre lo de avisar al ladrón que estamos armados, pues puede funcionar y que huya con o sin botín o que ponga más empeño en matarnos por temer por su vida y a recibir un tiro por la espalda o por otras razones.
Cuando uno detecta un ladrón lo mejor es no alertarlo y llamarlo a la Policía. Mientras llegan los policías lo mejor es buscar refugio para nosotros y los nuestros y no jugarse la vida con uno o varios desconocidos, salvo que consideremos que les vamos a vencer y que es imposible que nos hagan daño.
Pero tal vez me considere un cobarde que prefiere perder su coche y no plantar cara al ladrón y a poner en peligro su vida y la de su familia.

Re: Autodefensa

NotaPublicado: Vie, 19 Feb 2016, 10:02
por juma
Academia Acceso Cnp

sector115.es
SEBASTIÁN escribió:Objetivamente los cuchillos no están prohibidos en la calle , al igual que los sables ,las espadas , hachas, hoces, tijeras, bisturíes, las lanzas , etc . Pero cualquier Policía que te detecte uno u otra arma o herramienta similar seguramente te los quitará. Lo que está prohibido son las navajas ( instrumentos cortantes plegables ) de más de 11 cm . debido a que son fácilmente ocultables. Los bates de baseball tampoco están prohibidos pero si yo le detecto uno a alquien en el portabultos y no se dedica a este deporte se lo quito.

En cuanto a armas de fuego está el llamado "estado de necesidad" . Si te disparan con un arma de fuego estaría legitimado que tu respondieras con un arma para tiro olímpico. Pero claro , eso lo tienes que justificar muy bien delante de un Juez.


Esto no es cierto del todo compañero. Estamos acostumbrados a sancionar únicamente por las armas prohibidas y se nos olvida que podemos hacerlo también con cualquier arma u objeto peligroso aunque no sea prohibido. El ejemplo que pone el ciudadano es sancionable aunque sea un cuchillo de cocina, ya que manifiesta que lo lleva oculto con la única intención de servir de defensa, hecho totalmente prohibido por el reglamento de armas y por lo tanto sancionable.