Dejo aquí una copia del contrato para mayor claridad, cierto es que hay clausulas que lo autorizan a entrar pero mi duda es hasta que punto estas clausulas son legales.
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE HABITACIÓN EN PISO COMPARTIDO
En Málaga a 7 de Junio de 2014
REUNIDOS,
COMO PARTE ARRENDADORA: **************** mayor de edad, titular del DNI ******* y propietario de la vivienda compartida situada en Ia calle ***********, 29008 Málaga.
COMO PARTE ARRENDATARIA: ***************, mayor de edad, estudiante, con DNI *********************. El domicilio para notificaciones será ******************** 29008 Málaga.
LA PARTE ARRENDATARIA hace constar que no efectúa este contrato para establecer su vivienda de forma habitual y permanente, sino por necesidad de residir temporalmente en esta ciudad por MOTIVO DE ESTUDIOS y declara que tiene su domicilio particular en: **************** Ronda, 29400 Málaga.
AMBAS PARTES CONVIENEN en el arriendo de la habitación tercera, según se viene por el pasillo desde Ia puerta de entrada al piso. Se inicia el día **********, finalizando sin necesidad de preaviso el día ********.
El precio del arriendo es de 220€ mensuales sin incluir los gastos de los suministros de agua, luz, gas e internet y se abonará por transferencia bancaria al número de cuenta ********************, entre los días del 1 al 5 de cada mes. Los gastos de los citados suministros los abonará íntegramente el ARRENDATARIO, a la misma cuenta, cuando el ARRENDADOR se lo comunique mediante correo electrónico a su dirección de correo ************** mensaje a su teléfono **********, siendo abonados íntegramente y a partes iguales entre los ocupantes de las habitaciones, aunque no estén todas ocupadas.
La primera mensualidad de 220€ y el depósito de 220€ que como fianza debe abonar el ARRENDATARIO se abonarán en el mismo acto de firma de este contrato. Este mismo contrato, una vez firmado por ambas partes, sirve como justificante de pago de Ia primera mensualidad y de la fianza, sin que se emita recibo aparte.
Respecto a todos los pagos posteriores, el resguardo de la transferencia bancaria validado por la entidad financiera servirá como justificante de pago válido para ambas partes, por lo que el ARRENDADOR no deberá entregar al ARRENDATARIO un recibo como justificante de pago de cada mensualidad.
Se Pacta entre las partes que la fianza sólo se devolverá a la fecha del vencimiento del arrendamiento *******, una vez descontadas las cantidades que correspondan por suministros u otros conceptos que procedan.
Si el ARRENDATARIO incumple lo estipulado en este contrato, el ARRENDADOR podrá darlo por
finalizado antes de la fecha estipulada. En este caso deberá comunicarlo al ARRENDATARIO vía
correo electrónico a ****************** y/o mensaje al teléfono ****************, al menos con 30 días de antelación, sin que el ARRENDATARIO tenga derecho a la devolución de la fianza.
El objeto del arriendo es EXCLUSIVAMENTE la habitación que se ha indicado, sin derecho a
utilizar ningún otro dormitorio del piso. Se prohibe el subarriendo.
EL ARRENDATARIO puede hacer uso de la cocina, el salón, salita-terraza, el baño compartido y
el aseo compartido, cada espacio para su finalidad, y se compromete a respetar las normas de
buena convivencia y a mantener y compartir con los otros inquilinos de la vivienda, según turnos equitativos, la limpieza de las zonas comunes antes mencionadas: baño, aseo, salón, salita-terraza, cocina y pasillos del piso, además de su propia habitación. También a dejar las zonas comunes en perfectas condiciones de limpieza, una vez usadas, especialmente cocina, baño y aseo para que puedan ser usadas adecuadamente por las otras personas que comparten el piso.
Queda prohibida la pernocta en el piso por más de 3 noches de terceras personas, la contratación de ningún tipo de servicio, salvo internet, así como ia cesión PARCIAL o TOTAL de este contrato, sin previo permiso por escrito de la propiedad.
EL ARRENDATARIO está obligado a cumplir las normas de la Comunidad y del piso y a respetar
el descanso de los vecinos y resto de personas que conviven en el piso, especialmente desde
las 22:00 hasta las 08:00.
EL ARRENDATARIO ha visitado con anterioridad el piso y declara que está en buen estado, obligándose a conservar todo con la mayor diligencia y a abonar los desperfectos que no sean debidos a un uso normal y correcto.
Al finalizar el contrato, se comprobará que haya habido una correcta conservación del piso y
mobiliario. En caso contrario habrá que satisfacer Ia cantidad necesaria para restituir los daños ocasionados a tal efecto, pudiendo disponer del importe de la fianza como parte del pago de los desperfectos y gastos impagados, y reservándose el ARRENDADOR el derecho a reclamar la diferencia, si el saldo de la fianza fuera insuficiente.
Siendo objeto de arriendo exclusivamente Ia habitación expresada, Ia propiedad conserva su derecho a entrar y salir del piso, por Io que el ARRENDATARIO se obliga a no cambiar la cerradura de la puerta. Por la pérdida de llaves abonará su importe al ARRENDADOR.
Queda terminantemente PROHIBIDA cualquier obra o alteración en el piso, sin previo permiso
por escrito de la propiedad, así como la entrada de animales o bicicletas en el piso.
El ARRENDADOR no se hace responsable de pérdidas o hurtos en las habitaciones, ni de los
posibles daños que pudieran surgir en los dispositivos eléctricos ajenos enchufados en la red
eléctrica del piso.
El ARRENDATARIO autoriza al ARRENDADOR y a su familia, a compartir con él el salón y la
terraza acristalada, exclusivamente en la tarde del Lunes Santo para ver la procesión de El
Cautivo, así como el ARRENDADOR se compromete a dejar en perfecto estado de revista
dichas dos dependencias.
En todo caso, las partes están sometidas, por precepto legal, a Ia jurisdicción y competencia de
los Juzgados de la Ciudad de Málaga.
Las disposiciones de los artículos 1542 a 1582 del Código Civil, serán de aplicación en todo lo
no previsto expresamente en este contratar
Y en prueba de conformidad con todo cuanto antecede, firman ambas partes los 3 folios de
este contrato, en el lugar y fecha indicados.